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Los ayuntamientos podrán crear tasas de circulación en zonas de bajas emisiones

Cobrar una tasa a los conductores que quieran circular por una zona de baja emisión en un municipio. Esta será una de las novedades que introduzca en un futuro próximo la nueva Ley de Movilidad Urbana, cuyo anteproyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 13 de diciembre y que en 2023 afrontará su tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados y el Senado.

7 de enero Expansión

Salvo que durante dicho procedimiento el proyecto sea modificado para eliminar este elemento, la nueva ley establecerá la base legal sobre la que los ayuntamientos de todo el país puedan crear tasas de circulación con las que exigir el pago a aquellos conductores que quieran circular con sus vehículos por zonas de bajas emisiones.

Según destacó el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el objetivo con este apartado de la futura ley es "reforzar el papel de las zonas de bajas emisiones que se regulan en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética" de manera que "abre la puerta a que los ayuntamientos puedan establecer una tasa por la circulación de vehículos en las zonas de bajas emisiones", ya que "para crear esta tasa es necesaria una habilitación con rango de ley, lo que permite garantizar que las condiciones básicas sean homogéneas en todo el territorio, aunque cada municipio podrá decidir si implementa la tasa o no".

Para ello, el anteproyecto de ley modifica la Ley de Haciendas Locales para generar esta habilitación legal que permita, tal y como recoge el propio texto, "que los municipios que así lo deseen puedan introducir una tasa por la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas de libre circulación estipuladas en las zonas de bajas emisiones".

En concreto, la nueva norma añadirá una letra 'v' al apartado 3 del artículo 20 de dicha ley, que recoge los casos en los que "las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local". La nueva letra añadirá "en las zonas de bajas emisiones, la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas que se hayan establecido para circular por las mismas".

Con motivo de la obligatoriedad de que los municipios de más de 50.000 habitantes, los insulares y los de más de 20.000 habitantes que superen ciertos niveles límite de contaminación establecieran antes de 2023 zonas de bajas emisiones, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico elaboró, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), unas directrices para la creación de estas zonas, entre las que se encuentran la creación de una tasa o peaje, cuya cuantía pueda variar en función de las condiciones del vehículo, así como la posibilidad de plantear una tasa o impuesto anual "de elevada cuantía" para permitir estacionar en la calle, entre otras medidas.









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