Las empresas deberán asegurar al trabajador la duración exacta de la
jornada, y compensarles por una distribución irregular de la misma. Tendrán que
aumentar la información laboral a los empleados.
22
de septiembre Fuente Expansión
El Gobierno prepara una reforma profunda del Estatuto de los Trabajadores para
mejorar notablemente la protección de las personas que están con un contrato a
tiempo parcial, que puede ser indefinido o temporal. La reforma también
reforzará los derechos de los trabajadores en lo que se refiere a la
conciliación de la vida laboral y familiar.
Todo ello se traducirá en un anteproyecto de ley
que el Ejecutivo negociará con la patronal y los sindicatos. La norma, a la que
ha tenido acceso EXPANSIÓN, trasladará a la legislación española sendas
directivas de la Unión Europea sobre unas relaciones laborales
"transparentes y previsibles", para el trabajador. Se refiere,
fundamentalmente, a la reforma del trabajo a tiempo parcial.
La segunda directiva que asumirá España se refiere
a la conciliación de la vida familiar y laboral de los progenitores y de los
cuidadores [de personas con
dependencia y enfermas].
Precisamente, la norma del Ministerio de
Trabajo y de Economía Social coincide con la decisión de la Comisión
Europea de abrir un expediente a España y a otros dieciocho países por no haber
trasladado ya estas dos directivas a la legislación nacional. Las directivas,
aprobadas por el Parlamento de Estrasburgo y el Consejo Europeo, son de 2019.
En todo caso, la batería de medidas es tan
importante que obliga a una profunda reforma del Estatuto de los Trabajadores.
Sería el segundo cambio de relevancia que hace el Gobierno en la norma en esta
legislatura, tras la reforma laboral. Hay que recordar que uno de los objetivos
de la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, es
elaborar el Estatuto de los Trabajadores del Siglo XXI.
Por lo tanto, los cambios más importantes que el Gobierno debe discutir con los agentes
sociales son los siguientes:
El Ejecutivo prohibirá expresamente que una
empresa "obstaculice o
impida" al trabajador pluriempleado que trabaje para otras compañías en el
resto de la jornada. O también que la compañía pueda rebajar sus derechos por
su condición de pluriempleado. "Se trata de una cautela importante [dice
la norma] en la medida en la que el cambio y la imprevisibilidad de las pautas
de trabajo no sólo impiden al empleado tener un control de su tiempo, sino que,
además le impide percibir una retribución digna cuando, de forma involuntaria
tiene un trabajo a tiempo parcial".
Por esta razón, el Gobierno quiere que la empresa
indemnice al trabajador "con la retribución correspondiente", cuando
en la suspensión o anulación, de la actividad programada la compañía incumpla
el preaviso de quince días al empleado. Es decir, que la empresa deberá
compensar al trabajador si le avisa en el último momento de que no cuenta con
él porque ha decidido que no va a hacer la tarea para la que fue contratado.
También es importante señalar que la reforma del
tiempo parcial recogerá el
derecho del trabajador a ser compensado como él proponga con iempo libre por
una distribución irregular de la jornada laboral. Es decir, siempre que no
hubiese acuerdo al respecto entre las empresa y los trabajadores o en el
convenio colectivo.
Es una garantía de compensación con tiempo libre
para el trabajador, ante la posibilidad de que la empresa supere el límite del
10% en la extensión de la jornada laboral. La empresa puede hacer una
distribución irregular de la jornada laboral, siempre que concurran las
siguientes causas: económicas, técnicas, organizativas y de producción.
Por todas estas razones, la reforma del tiempo parcial exigirá a la
empresa que concrete en el registro de la jornada la horas de comienzo y
finalización del trabajo. Salvo una distribución irregular del mismo, de última
hora, por las causas apuntadas más arriba.
Trabajo explica que la directiva comunitaria exige
que, en el caso de que pueda ser imprevisible el incremento de la actividad por
parte de la empresa, "se establezca al menos un parámetro de referencia de
las horas y días en las que se llevará a cabo la actividad laboral".
Todos los trabajadores, y también los que tienen un contrato a tiempo
parcial, tienen el derecho a conocer "las condiciones previsibles" de
su actividad. Por lo tanto, no sólo su salario, sino también los turnos, la
jornada y, en consecuencia, todo lo concerniente a su tiempo de trabajo.
Incluso, en la modificación de este tipo de relación laboral, Trabajo quiere
que conste "el carácter voluntario del incremento o disminución de las
horas de trabajo en el contrato a tiempo parcial".
Es importante también reseñar que las empresas
estarán obligadas a aumentar la información laboral de los trabajadores de las
plataformas digitales, para
mejorar la previsión de su actividad. La norma recoge "la obligación de
entregar información adicional [a los empleados] en los supuestos de
utilización de sistemas automatizados de toma de decisiones, de seguimiento o
vigilancia". Se trata de garantizar al empleado la seguridad laboral de
sus condiciones, "con sistemas que inciden directamente en su actividad
laboral".