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Caso práctico: Forma de regularizar en IRPF el exceso cobrado anticipadamente de la deducción por persona con discapacidad a cargo
Si un contribuyente cobra anticipadamente la deducción en IRPF por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo y percibe un importe superior al de la deducción a la que tiene derecho, ¿cómo debe regularizar esa situación ante la AEAT? ¿Lo hará del mismo modo un contribuyente obligado a presentar declaración que otro que no lo esté? Descúbralo a través de este caso práctico.
La AP de Bizkaia condena a un funcionario por acceder a datos tributarios y usarlos en beneficio de su asesoría
Un funcionario ha sido condenado por acceder y usar datos tributarios reservados para beneficiar a su asesoría. Se imputan los delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario y actividad prohibida a funcionario.
Actualización de Directiva en la UE regulando el permiso único de trabajo y residencia para nacionales de terceros países
El DOUE de 30-04-2024, publica la Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.



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La renta percibida por sentencia judicial se imputa al año en que sea firme

El Tribunal Económico-Administrativo Central ha resuelto que las rentas percibidas como consecuencia de una sentencia judicial se imputarán al ejercicio en el que ésta adquiera firmeza, aunque el recurso no versara sobre el derecho a cobrarlas.

27 de enero Expansión

Se trata del caso de un contribuyente que fue jubilado forzosamente en 2015 y recurrió la decisión hasta que obtuvo una sentencia judicial favorable en 2018, por la que recibió las rentas que había dejado de percibir durante esos años.

El contribuyente imputó estas rentas en su IRPF, mediante declaraciones rectificativas, a cada uno de los ejercicios entre 2015 y 2018 en los que las rentas habían sido exigibles inicialmente.

Sin embargo, el TEAC confirma el criterio de la Inspección y concluye que las rentas se debieron imputar íntegramente en 2018, por aplicación de la regla de imputación temporal prevista en la ley del IRPF, por la que las rentas que estén pendientes de sentencia se deben imputar cuando ésta es firme.









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