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Gestha. El Gobierno intenta esquivar la doble imposición y sube la fiscalidad bancaria

La norma fija que las tasas se aplicarán sobre la facturación y las comisiones para evitar que entre en el terreno de los beneficios empresariales, sobre el que ya se impone el impuesto sobre Sociedades.

29 de Julio Fuente Gestha

El PSOE y Unidas Podemos han puesto el escudo antes de recibir el contraataque judicial de la banca y de las empresas energéticas. La proposición de ley que han presentado en el Congreso de los Diputados crea dos tasas, que no impuestos, que se aplicarán sobre la facturación en el caso de las energéticas y sobre la diferencia entre las comisiones e intereses que cobran y pagan los bancos. De esta forma, el Ejecutivo busca evitar la doble imposición y renuncia a tasar los beneficios, algo que ya hace el impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, varios expertos creen que el argumentario de la norma no es suficiente. La figura elegida es la de una prestación patrimonial de naturaleza no tributaria de carácter temporal, que se aplicará en 2023 y 2024, y con la que el Ejecutivo espera recaudar 7.000 millones de euros.

El texto descarta que se produzca un "efecto acumulativo" que sea "desproporcionado" al tomar como referencia las magnitudes comentadas anteriormente, que en el caso de la banca también repercuten en el beneficio, como son los ingresos y comisiones. No obstante, ambas formaciones argumentan que "incluso si consideramos su actual tipo efectivo sobre la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, un 23,02% en el caso de los grupos del sector, un gravamen adicional sobre parte de su margen comercial, en este caso del 4,8% les continúa situando por debajo del tipo nominal del 30%". Este porcentaje, recoge la norma en tramitación, continúa "por debajo del tipo de dicho impuesto en varios países europeos".

Así, el Gobierno argumenta que aunque la presión fiscal se vea reforzada con estos tributos, sigue estando por debajo de la media europea en cuanto a tributación de Sociedades. Sin embargo, se da la circunstancia de que al gravar la facturación y las comisiones, y no los beneficios, una empresa en pérdidas se vería obligada a pagar esta imposición, puesto que no se contempla esta excepción en la proposición de ley que todavía puede cambiar durante su trámite parlamentario. Este aspecto será clave para las empresas que ya preparan su batalla jurídica contra los impuestos, aunque fuentes gubernamentales consideran que es complicado que las empresas afectadas y objeto de este gravamen incurran en pérdidas.

Eduardo Gracia, vicepresidente y miembro del consejo asesor institucional de la Asociación española de asesores fiscales (Aedaf), advierte que "hay doble imposición" porque los nuevos gravámenes se aplican sobre "dos componentes clave que ya grava el impuesto sobre Sociedades", en referencia al caso de la banca. De hecho, el texto recoge que las comisiones y los tipos representan el 78% de los ingresos del sector. Además, considera que "se anticipa que estas empresas van a tener muchos beneficios en los próximos años", pero de no ser así, "las empresas no pueden compensar, vía Sociedades otros ejercicios en pérdidas, porque estas tasas no son deducibles". Sobre la presión fiscal, cree que es un argumento "demagógico", porque "banca y las petroleras ya pagan un 30% en Sociedades". "Se reducen beneficios y rendimientos de los inversores", añade.

Desde el departamento de derecho tributario de Fuster Fabra Abogados creen que "no se puede permitir es que se produzca una acumulación de gravámenes en una misma actividad ni en mismos elementos tributarios, que puede llegar a extremos confiscatorios". Por ello, consideran que "estos nuevos tributos podrían incumplir la exigencia de capacidad económica tributaria" que impide que "el legislador establezca tributos cuya materia u objeto imponible no constituya una manifestación de riqueza real o potencial, esto es, no le autoriza a gravar riquezas meramente virtuales o ficticias y, en consecuencia, inexpresivas de capacidad económica". En resumen, opinan que "el margen de maniobra del Gobierno para defender estos gravámenes es escaso y la posibilidad de incurrir en doble imposición tributaria es elevado".

En esta línea, los técnicos de Hacienda (Gestha) urgen a ambos grupos parlamentarios a lograr la aprobación de la norma antes de final de año. Esta es la voluntad del Ejecutivo, que espera no introducir demasiados cambios al texto presentado este jueves. Si no lo lograsen, las empresas podrían acogerse a la retroactividad en los tribunales, algo que complicaría la aplicación de estos gravámenes ya que se trata de un argumento que ya tumbó el canon hidráulico. Gestha también señala que si se ha optado por una prestación patrimonial también es para "simplificar el debate parlamentario y reducir el riesgo en los tribunales".

Otro de los motivos por los que los dos partidos que conforman el Gobierno han optado por aplicar estas figuras a ventas y comisiones que "permite que la aportación por los grandes grupos económicos que los integran se realice de forma aproximada a su cuota de mercado en cada sector", según recoge la Proposición. Además, el texto legal recoge los beneficios acumulados por las grandes entidades bancarias en 2021 (20.000 millones de euros), así como las expectativas de Morgan Stanley, previas al anuncio de la subida de tipos por parte del Banco Central Europeo (BCE), de 26.000 millones para los grandes grupos del sector en 2023.

Requisitos del impuesto

Los requisitos son distintos para las empresas energéticas y para la banca. En el primer sector se incluyen las empresas gasísticas, eléctricas y petroleras. También aquellas compañías en las que la energía suponga más del 50% de su negocio. La proposición fija en 1.000 millones de euros la facturación de 2019 a partir de la cual estarán obligadas a pagar el impuesto. Ambos partidos consideran que tanto 2020 como 2021 han sido años con mayor volatilidad y por ello ven más representativo el año inmediatamente anterior a la crisis del coronavirus. Se da por hecho que el gravamen se repercutirá sobre grupos fiscales, es decir, que se tendrá que calcular sobre la cifra consolidada de las distintas filiales en España. Se tomará como referencia el registro de operadores principales que publica la CNMC.

Para los bancos, el umbral que se fija a partir del cual tendrán que contribuir con este impuesto es de 800 millones de euros. Para las entidades financieras no se toma como referencia la cifra de negocios, sino la diferencia entre intereses y comisiones cobradas a los clientes y pagadas por las propios bancos. En la elaboración del texto, se ha tenido en cuenta que estos conceptos representan el 80% de los ingresos. En este caso, no se incluyen otro tipo de empresas que puedan realizar servicios financieros y se repercutirá únicamente a los grandes bancos.









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