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Caso práctico: Forma de regularizar en IRPF el exceso cobrado anticipadamente de la deducción por persona con discapacidad a cargo
Si un contribuyente cobra anticipadamente la deducción en IRPF por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo y percibe un importe superior al de la deducción a la que tiene derecho, ¿cómo debe regularizar esa situación ante la AEAT? ¿Lo hará del mismo modo un contribuyente obligado a presentar declaración que otro que no lo esté? Descúbralo a través de este caso práctico.
La AP de Bizkaia condena a un funcionario por acceder a datos tributarios y usarlos en beneficio de su asesoría
Un funcionario ha sido condenado por acceder y usar datos tributarios reservados para beneficiar a su asesoría. Se imputan los delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario y actividad prohibida a funcionario.
Actualización de Directiva en la UE regulando el permiso único de trabajo y residencia para nacionales de terceros países
El DOUE de 30-04-2024, publica la Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.



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Cambio de criterio en la DGT sobre la rectificación de autoliquidaciones de ejercicios anteriores para aplicar deducciones

Con el comienzo de la campaña del Impuesto sobre Sociedades la DGT ha adelantado dos consultas relativas a la aplicación de las deducciones por creación de empleo para personas con discapacidad y por la inversión en investigación, desarrollo e innovación.

Fuente CEF.

Las dos consultas cuentan con un nexo común, pues en ambas se plantea la modificación de la autoliquidación de un ejercicio previo para tener acceso a la deducción. Este planteamiento debe confrontarse con doctrina reiterada del TEAC que considera improcedente la rectificación de ejercicios no prescritos para incluir una deducción por doble imposición internacional generada en un ejercicio prescrito que no fue consignada por el obligado tributario en la autoliquidación de dicho ejercicio prescrito.

En la Consulta Vinculante V1510/2022, de 24 de junio, una entidad tiene contratado a un trabajador a quién se le reconoce un grado de discapacidad del 33%. La resolución pone fin al procedimiento en 2019, si bien, retroae sus efectos a 2018. Esta circunstancia hace plantearse a la entidad si cabe rectificar la declaración ya presentada por el IS de 2018 para aplicar la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.

En este caso, al no encontrarse prescrito el derecho para solicitar la rectificación del ejercicio en que se generó el derecho a aplicar la deducción, la entidad podrá proceder a rectificar la autoliquidación presentada, suponiendo un cambio de criterio en la doctrina de la DGT.

Por otro lado, en la Consulta V1511/2022, también de 24 de junio, un grupo de entidades dedicado a la explotación de establecimientos turísticos afirma haber llevado a cabo un proyecto de innovación tecnológica de sistema ERP de gestión de recursos para las habitaciones, las fianzas, limpieza y la gestión documental, apto para la generación de la deducción por inversión en I+D+i desde el ejercicio 2010 al 2018.

Tras diversos procesos de reestructuración la entidad sucesora de los derechos tributarios advierte la posibilidad de aplicar la deducción por I+D+i y se plantea la rectificación de las declaraciones por el IS de los ejercicios anteriores, si bien, en la medida en que la deducción no fue objeto de declaración en los periodos en que fue generada, y tratándose de ejercicios ya prescritos, no se podrá instar la rectificación de las autoliquidaciones.









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