lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Caso práctico: Forma de regularizar en IRPF el exceso cobrado anticipadamente de la deducción por persona con discapacidad a cargo
Si un contribuyente cobra anticipadamente la deducción en IRPF por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo y percibe un importe superior al de la deducción a la que tiene derecho, ¿cómo debe regularizar esa situación ante la AEAT? ¿Lo hará del mismo modo un contribuyente obligado a presentar declaración que otro que no lo esté? Descúbralo a través de este caso práctico.
La AP de Bizkaia condena a un funcionario por acceder a datos tributarios y usarlos en beneficio de su asesoría
Un funcionario ha sido condenado por acceder y usar datos tributarios reservados para beneficiar a su asesoría. Se imputan los delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario y actividad prohibida a funcionario.
Actualización de Directiva en la UE regulando el permiso único de trabajo y residencia para nacionales de terceros países
El DOUE de 30-04-2024, publica la Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Modificación de las especificaciones técnicas para declarar los nuevos recargos de equivalencia del IVA

  • Fecha: 13/01/2023
formularios hacienda

 

Con los nuevos tipos de IVA se han implementado paralelamente nuevos tipos de recargo de equivalencia. Hacienda ha procedido a modificar las especificaciones técnicas de los modelos 303 y 322 y aclarar como deben cumplimentarse dichos modelos.

De igual forma, tal y como informábamos estos días, con efectos desde el 1 de enero de 2023, la disposición adicional decimosexta del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, ha modificado el tipo del recargo de equivalencia fijado en los artículos 1 y 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, que pasa del 0,625 % al 0,62 %, por ello la AEAT señala que, en el caso de que se haya emitido una factura con recargo del 0,625 %, independientemente de la factura rectificativa que proceda (emitida por sustitución o por diferencias), se podrá remitir un único registro de facturación con el tipo de recargo del 0,62 %

Así, el nuevo recargo de equivalencia del 0,62 %, aplicable cuando el tipo impositivo del IVA sea del 5 %, junto con el recargo de equivalencia del 0 %, para las autoliquidaciones correspondientes a 2023, se implementarán técnicamente del siguiente modo:

Modelo 303

Se incluirán en las casillas 16 y 18 del modelo 303 las bases imponibles y cuotas correspondientes a las operaciones gravadas con el tipo de recargo de equivalencia del 0,62 %.

Se incluirán en las casillas 16 y 18 del modelo 303 las bases imponibles y cuotas correspondientes a las operaciones gravadas con el tipo de recargo de equivalencia del 0 %.

En el caso de que en una misma autoliquidación deban incluirse simultáneamente operaciones a los tipos de recargo de equivalencia del 0 %, 0,5 % y 0,62 %:

  • Se incluirán en la casilla 16 y 18 del modelo 303 la suma de las bases imponibles y la suma de las cuotas correspondientes a todos los tipos.
  • Se incluirá en la casilla 17 del modelo 303 se indicará el tipo al que corresponda una mayor cuota.

Modelo 322

En las casillas reservadas a «Recargo de equivalencia» se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 0 %, 0,5 %, 0,62 %, 1,4 %, 5,2 % y 1,75 %, el tipo aplicable y las cuotas resultantes.

En caso de ser imprescindible el uso de casillas para declarar simultáneamente por más de cuatro tipos de recargo, las operaciones a los tipos del 0%, 0,5% y del 0,62% se consignarán en una única casilla de Base imponible y de Cuota, respectivamente, y en la casilla destinada al Tipo se hará constar aquel al que corresponda la mayor cuota.
Suministro inmediato de información.

Además, con el objeto de permitir informar las facturas que documenten operaciones gravadas con los nuevos tipos de recargo de equivalencia se modificarán las validaciones de los libros registro de facturas emitidas y recibidas llevados a través de la Sede electrónica (SII), admitiendo los tipos de recargo del 0 % y 0,62 % siempre que la fecha de la operación sea 1 de enero o posterior (con los límites temporales previstos para cada uno de los tipos de recargo).

Según anuncia la AEAT, en los próximos días se publicará en el apartado "Información Técnica" del portal "SII - Suministro Inmediato de Información del IVA", una nueva versión del documento de validaciones "Documento de validaciones y errores". Y las validaciones estarán implementadas el día 16 de enero.









lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)