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Inaplicabilidad de la presunción de inocencia en el orden social
En el ámbito laboral, la presunción de inocencia no se aplica como en el penal; la nulidad del despido no depende de la absolución penal, según la STSJPV 2311/2025.
Así será en 2026 el complemento de ayuda para la infancia de hasta 115 euros mensuales por hijo
El complemento de ayuda para la infancia (CAPI) refuerza en 2026 la cobertura del IMV con distintas cuantías según la edad del menor: 115 euros al mes para menores de 0 a 3 años; 80,5 euros entre 3 y 6 años; y 57,5 euros entre 6 y 18 años.
El TS matiza el límite indemnizatorio por discriminación en el complemento de maternidad
El Tribunal Supremo limita la indemnización por discriminación asociada al complemento por aportación demográfica (ahora brecha de género) al importe solicitado en demanda, aunque la doctrina general establezca uno superior.



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Así será en 2026 el complemento de ayuda para la infancia de hasta 115 euros mensuales por hijo

El complemento de ayuda para la infancia es una prestación económica regulada en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, que establece el ingreso mínimo vital (LIMV). El complemento consiste en una cuantía mensual por cada miembro menor de edad de la unidad de convivencia, calculada en función de la edad cumplida el 1 de enero del ejercicio correspondiente

Regulación: artículo 11.6 y D.A. 10.ª de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

Personas beneficiarias: aquellas unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros cuando cumplan los requisitos de ingresos computables en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud.

También será titular del complemento de ayuda para la infancia la persona que a la fecha de entrada en vigor de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre fuere beneficiaria de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento.

Umbrales de renta para percibir el complemento: se establecen los umbrales de renta y patrimonio neto (art. 20 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre) del 300 % de los límites del anexo I («Escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia para el ejercicio 2020») y del 150% de los límites del anexo II («Escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia»), respectivamente, cumpliendo con el test de activos del anexo III (6 veces la renta garantizada, con una escala de incrementos igual a la del anexo II, según el tipo de unidad de convivencia). 

Umbrales de renta 2026 para poder ser beneficiario del CAPI

 

Rango de ingresos mensuales del hogar (€ /mes) para recibir IMV y CAPI 

Rango de ingresos mensuales del hogar (€ /mes) para recibir IMV por CAPI (Solo CAPI) 

Tipo de unidad de convivencia

Desde…

…hasta

Desde…

…hasta

Un adulto y un menor

0

856

857

2.569

Un adulto y dos menores

0

1.054

1.055

3.162

Un adulto y tres menores

0

1.252

1.253

3.755

Un adulto y cuatro o más menores

0

1.449

1.450

4.348

Dos adultos y un menor

0

1.054

1.055

3.162

Dos adultos y dos menores

0

1.252

1.253

3.755

Dos adultos y tres o más menores

0

1.449

1.450

4.348

Tres adultos y un menor

0

1.252

1.253

3.755

Tres adultos y dos o más menores

0

1.449

1.450

4.348

Cuatro adultos y un menor

0

1.449

1.450

4.348

Otros

0

1.449

1.450

4.348

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


Umbrales de patrimonio 2026 para poder ser beneficiario del CAPI

Tipo de unidad de convivencia 

Desde… 

…hasta 

Un adulto y un menor 

0

49.806 

Un adulto y dos menores 

64.037

Un adulto y tres menores 

78.267 

Un adulto y cuatro o más menores 

92.498

Dos adultos y un menor 

64.037

Dos adultos y dos menores 

78.267

Dos adultos y tres o más menores 

92.498

Tres adultos y un menor

78.267 

Tres adultos y dos o más menores 

92.498

Cuatro adultos y un menor 

92.498

Otros 

92.498

*Patrimonio neto sin incluir la vivienda habitual; test de activos hasta el doble del límite de patrimonio.  

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

 

A TENER EN CUENTA. Pueden tener derecho al Complemento de Ayuda para la Infancia las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, que cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital, excepto los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos que son diferentes. Es decir, el CAPI puede percibirse de manera independiente al IMV, ya que cuenta con umbrales de renta más amplios. Así, además de proteger a familias en situación de pobreza severa, alcanza a hogares con rentas bajas o moderadas. 

Cuantía del complemento en 2026: la cuantía del complemento de ayuda para la infancia, será una cantidad mensual por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia, en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:

  • Menores de 0 a 3 años: 115 euros.
  • Mayores entre 3 y 6 años:  80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

Para recibir este complemento del Ingreso Mínimo Vital los hogares tendrán que cumplir dos requisitos:

  • No superar el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar.
  • No superar el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar.

Solicitud

Es necesario realizar una solicitud del Ingreso Mínimo Vital mediante le modelo oficial establecido al efecto.

A TENER EN CUENTA. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuenta con un simulador oficial para conocer si se cumplen los requisitos y la cuantía del CAPI.

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

 









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