lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Reconocimiento de incapacidad permanente total a florista con alergia profesional
El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de una florista por alergia a las alstroemeria.
TS: Nulidad de supresión de plus comedor en teletrabajo
El TS declara nula la eliminación del plus de subvención comedor para teletrabajadores, exigiendo el cumplimiento del art. 41 ET.
Enviar por correo electrónico la fotocopia de un cheque no equivale a poner a disposición la indemnización por despido
Enviar por correo electrónico la fotocopia de un cheque no equivale a poner a disposición la indemnización por despido.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Se elevará progresivamente la exención de tributar por los premios

  • Fecha: 18/05/2018

La Comisión de Presupuestos del Congreso de los Diputados incorporará una enmienda parcial en las cuentas para elevar el importe exento de tributación de los premios y loterías. La medida consiste en elevar el importe exento de tributación: 

  • hasta 10.000€ en 2018 

  • hasta 20.000€ en 2019

  • hasta 40.000€ en 2020

Los premios cuyo importe íntegro sea superior a sólo tributarán respecto de la parte del mismo que exceda de dicho importe.

La base de la retención del gravamen especial estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta. ? El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será del 20%. 

Actualmente, el mínimo exento de tributar por lo premios es de 2.500€ 

La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, somete a tributación, a través de un gravamen especial, entre otros, los premios pagados correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

La referida norma establece que los perceptores de estos premios, cualquiera que sea su naturaleza, en el momento del cobro, soportarán una retención o ingreso a cuenta que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la SELAE.


Ejemplos

Un premio de 100.000 €, actualmente tributaría al 20% sobre 97.500 € ( 100.000 - 2.500), por lo que se practicaría una retención de 19.500€ y se percibiría 80.500€


Con la aprobación de los PGE 2018, la situación sería la siguiente: 

  • se percibirían 82.000€ en 2018 (tras publicación PGE)

  • se percibirían 84.000€ en 2019

  • se percibirían 88.000€ en 2020

Asimismo, se prevé que se aprobará la aplicación del tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido a los servicios de dependencia sufragados al menos en un 33% con ayudas públicas (el límite anterior actualmente se encuentre en el 75%).









lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)