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Los padres jubilados deben cobrar el complemento por hijo en la pensión desde 2016

El Tribunal de Justicia de la UE reconoce que los padres se ven afectados por la paternidad en su vida laboral. EFE

Los padres jubilados con hijos tienen derecho a cobrar en la pensión, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2016, el complemento de paternidad. Es decir, los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres respecto al complemento de maternidad.

Así lo decidió ayer la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una declaración previa a la sentencia que publicará en los próximos días. El fallo puede ser otra fuente importante de gasto para la Seguridad Social. Ahora esta penión supone un gasto de 700 millones de euros.

El Gobierno del PP aprobó en 2016 compensar a las trabajadoras con hijos cuando se jubilasen con un complemento adicional en la pensión. Esta prima consistía en incrementar la pensión en un 5% por tener dos hijos; un 10%, por tener tres, y a partir de 4 hijos, un 15% adicional en la pensión.

La medida fue recurrida en por un empleado del Ministerio de Hacienda en su pugna con la Seguridad Social, por ampliar ese derecho a los hombres que estén en la mismas condición que las mujeres. El caso llegó ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que dio la razón al recurrente, en su sentencia del 12 de diciembre de 2019. El Derecho de la Unión se opone a la discriminación del hombre en esta cuestión porque su vida laboral también puede verse afectada por la paternidad. No, desde el punto de vista físico, como es natural, pero sí en cuanto a su responsabilidad en la ayuda y atención a la madre y al niño.

Precisamente, aprovechando la sentencia, el Gobierno socialista reformó el año pasado el complemento de la pensión por maternidad/ paternidad. En lugar de un incremento adicional en la renta de la jubilación a partir de los dos hijos, optó por ampliar el universo de beneficiarios a quienes tuvieran un hijo, y por una cuantía fija anual de 378 euros por descendiente. Es decir, de 27 euros al mes por hijo. La Seguridad Social extendió la medida a los padres, con efectos retroactivos, desde la fecha de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 12 de diciembre de 2019.

Sin embargo, el Supremo le dijo ayer a la Seguridad Social que debía ampliar el abono del complemento de paternidad a todos aquellos trabajadores que reuniesen las condiciones exigidas, a partir del 1 de enero de 2016, que entró en vigor en su primera regulación.

Fuente Expansión









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