Los asesores
fiscales, contables y abogados deberán informar de los mecanismos de
planificación fiscal potencialmente agresivos
La nueva obligación de
información de mecanismos de planificación fiscal deberá realizarse a partir
del 1 de julio de 2020 y los Estados miembros impondrán sanciones a los
intermediarios que no cumplan las medidas de transparencia
Elusión del impuesto sobre sociedades: se logra un
acuerdo sobre intermediarios fiscales.
Proyecto
de Directiva sobre intermediarios fiscales de marzo de 2018
El 13 de
marzo de 2018, el Consejo ha logrado un acuerdo sobre una propuesta destinada a
impulsar la transparencia para hacer frente a la planificación fiscal
agresiva de dimensión transfronteriza.
El proyecto
de Directiva es la más reciente de una serie de medidas concebidas para evitar
la elusión del impuesto de sociedades.
Obligará a
los intermediarios como los asesores fiscales, contables y abogados que
diseñan o promueven mecanismos de planificación fiscal a informar de los mecanismos
que se consideren potencialmente agresivos.
Se exigirá a
los Estados miembros que intercambien automáticamente la información que
reciben a través de una base de datos centralizada. Esto posibilitará
que se detecten antes los nuevos riesgos de elusión fiscal y que se tomen
medidas para bloquear los mecanismos perniciosos.
Los Estados
miembros estarán obligados a imponer sanciones a los intermediarios que
no cumplan las medidas de transparencia.
«El aumento
de la transparencia resulta fundamental para nuestra estrategia de lucha contra
la elusión y la evasión fiscales», ha
declarado Vladislav Goranov, ministro de Hacienda de Bulgaria, que en la
actualidad ejerce la Presidencia del Consejo. «Si las autoridades reciben
información sobre mecanismos de planificación fiscal agresiva antes de su
ejecución, podrán colmar las lagunas antes de que se pierdan ingresos».
A los
Estados miembros les resulta cada vez más difícil proteger sus bases imponibles
de la erosión, ya que las estructuras de planificación fiscal transfronteriza
han adquirido una mayor complejidad. El proyecto de Directiva está destinado a
evitar la planificación fiscal agresiva posibilitando un mejor control de las
actividades de los intermediarios fiscales.
El proyecto
de Directiva establece «señas distintivas» para identificar los tipos de
mecanismos que deberán comunicarse a las autoridades fiscales. La obligación de
informar de un mecanismo no significa que este sea pernicioso, tan solo que
puede ser de interés para que las autoridades fiscales lo analicen con más
detenimiento. Aunque muchos mecanismos tienen finalidades totalmente legítimas,
el objetivo de la Directiva es detectar aquellos que no las tengan.
La propuesta
refleja a grandes rasgos la acción 12 del plan de acción de la OCDE de
2013 para prevenir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios.
Siguientes
etapas
Se ha
llegado a un acuerdo en una sesión del Consejo de Asuntos Económicos y
Financieros, por lo que el Consejo adoptará la Directiva sin más debate una vez
que el texto haya sido ultimado en todas las lenguas oficiales.
Los Estados
miembros disponen de plazo hasta el 31 de diciembre de 2019 para incorporarla a
su ordenamiento jurídico nacional.
Los nuevos
requisitos de comunicación se aplicarán a partir del 1 de julio de 2020.
Los Estados miembros estarán obligados a intercambiar información cada tres
meses, en el plazo de un mes a contar desde el final del trimestre en que esta
se haya presentado. Por tanto, el primer intercambio automático de información
se completará a más tardar el 31 de octubre de 2020.
La Directiva
requiere unanimidad en el Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo. El
Parlamento aprobó su dictamen el 1 de marzo de 2018. (Base jurídica: artículos
113 y 115 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).
Fuente: Consejo de la Unión
Europea
Fechas: 13-3-2018