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Caso práctico: Forma de regularizar en IRPF el exceso cobrado anticipadamente de la deducción por persona con discapacidad a cargo
Si un contribuyente cobra anticipadamente la deducción en IRPF por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo y percibe un importe superior al de la deducción a la que tiene derecho, ¿cómo debe regularizar esa situación ante la AEAT? ¿Lo hará del mismo modo un contribuyente obligado a presentar declaración que otro que no lo esté? Descúbralo a través de este caso práctico.
La AP de Bizkaia condena a un funcionario por acceder a datos tributarios y usarlos en beneficio de su asesoría
Un funcionario ha sido condenado por acceder y usar datos tributarios reservados para beneficiar a su asesoría. Se imputan los delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario y actividad prohibida a funcionario.
Actualización de Directiva en la UE regulando el permiso único de trabajo y residencia para nacionales de terceros países
El DOUE de 30-04-2024, publica la Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.



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¿Se aplica la sentencia sobre la Plusvalía a liquidaciones anteriores?

Tributos responde a la consulta de una contribuyente que pidió anular la liquidación dos días después de la sentencia del Constitucional que anuló el impuesto.

5 de mayo Expansión

La Dirección General de Tributos (DGT) ha señalado que la sentencia del 26 de octubre de 2021 por la que el Constitucional anuló el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como impuesto de plusvalía municipal, no es aplicable a las liquidaciones o autoliquidaciones no recurridas ya antes de la emisión de dicha sentencia.

Tributos responde así a la consulta formulada por una contribuyente que recibió la liquidación definitiva del impuesto el 28 de septiembre de 2021 y que el 11 de octubre solicitó el fraccionamiento de la deuda. La consultante solicitó la anulación de la liquidación el 28 de octubre, dos días después de la sentencia del Constitucional, siendo la reclamación denegada por silencio administrativo.

La DGT señala que "no cabe la revisión de la autoliquidación o liquidación del IIVTNU" ya que "la obligación tributaria se considera como situación consolidada, al no haberse instado, bien la rectificación de la autoliquidación, bien la impugnación de la liquidación, con anterioridad a la fecha en que se dictó la citada sentencia".









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