En el BOE del
29/05/2026 se publica la Orden HAC/529/2026, de 7 de mayo, por la que se
aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del
Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos
permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el
extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos
iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, se dictan
instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se
establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación
electrónica.
La orden entrará
en vigor el 1 de julio de 2026 y será aplicable a los modelos de
declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y
a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero
con presencia en territorio español, con períodos impositivos iniciados
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Modelos que
se aprueban
La orden aprueba
los modelos de declaración del IS y del IRNR (establecimientos permanentes y
entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con
presencia en territorio español) y sus documentos de ingreso o devolución, para
los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2025, consistentes en:
- Declaraciones. El modelo 200,
de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos
permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en
el extranjero con presencia en territorio español, aplicable con carácter
general a los contribuyentes obligados a presentar y suscribir la
declaración por dichos impuestos (anexo I). Y el modelo 220,
declaración del IS-Régimen de consolidación fiscal correspondiente a los
grupos fiscales, incluidos los de cooperativas, que tributen por ese
régimen fiscal especial (anexo II).
- Documentos de ingreso o devolución. Se
aprueban el modelo 200 como documento de ingreso o
devolución del IS, el modelo 206 como documento de
ingreso o devolución del IRNR correspondiente a establecimientos
permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en
el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 220 como
documento de ingreso o devolución del IS-Régimen de consolidación fiscal.
También se
aprueban los formularios previstos para suministrar información:
formulario de información adicional de ajustes y deducciones (anexo III),
formulario de bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social (anexo IV),
formulario relacionado con la reserva para inversiones en Canarias (anexo V) y
formulario relacionado con la reserva para inversiones en las Illes Balears
(anexo VI). Estos formularios, alojados en la sede electrónica de la
AEAT, no tienen variación.
Principales
novedades
En la Campaña de
Sociedades 2025 se introducen en el modelo 200 las siguientes
modificaciones:
- Adaptación de la actividad principal a la
CNAE-2025. Se modifica la clasificación de la actividad principal
de la entidad para adaptarla a la nueva Clasificación Nacional de
Actividades Económicas 2025.
- Cambios en el apartado de grupo mercantil. Para
mejorar la adecuación del modelo a la redacción del artículo 6 de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se modifica el
literal de las claves 00081 y 00082 para incluir como
tipo de entidad a una filial o sociedad matriz última de un grupo nacional
de gran magnitud. En consonancia, ha sido redactado el apartado «Grupo
mercantil» de la página 1 bis del modelo.
- Mensajes de aviso o advertencia. Se
introducen para verificar la entrada de declaraciones con tipo de
ejercicio 3 que reflejan un período impositivo cuya duración es inferior a
los 12 meses.
- Mejoras técnicas en las autoliquidaciones
rectificativas. Se introducen mejoras destinadas a optimizar la
operativa de las autoliquidaciones rectificativas.
- Información sobre AIEs y UTEs. Se
incorporan mejoras en las validaciones aplicables a la cumplimentación de
la información correspondiente a las agrupaciones de interés económico y a
las uniones temporales de empresas, especialmente en relación con el
cuadro de «Partícipes en AIEs y UTEs», con el fin de
garantizar su adecuación a lo previsto normativamente, una mayor
consistencia y calidad en los datos suministrados.
- Presentación en formato procesable. Como
novedad para la presentación de la declaración del IS de los contribuyentes
sujetos a normativa foral, se va a admitir la presentación en formato
procesable que utilice un lenguaje de marcado extensible (fichero XML) que
será presentado en la sede electrónica de la AEAT para su posterior
conversión. Este sistema de intercambio de información automatizado
permitirá una mejor trazabilidad de los datos, reducirá posibles errores
de transcripción y mantendrá, en los casos en que ese formato no esté
disponible, la posibilidad de presentar en los formatos aceptados por los
correspondientes programas de ayuda.
Modificación
de la Orden HAC/1198/2025
La disposición
final primera modifica la Orden HAC/1198/2025, de 21 de octubre, por la que se
aprueba el modelo 240 «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la
declaración informativa del Impuesto Complementario», el modelo 241
«Declaración informativa del Impuesto Complementario» y el modelo 242
«Autoliquidación del Impuesto Complementario» y se establecen las condiciones y
el procedimiento para su presentación.
Con ello, se
modifica el plazo de domiciliación del modelo 242 al que se refiere el
apartado segundo de la disposición transitoria segunda de la Orden antes
mencionada, estableciendo que será del 1 al 22 de julio de 2026 (antes era
hasta el 21 de julio).