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Publicado el extracto de la convocatoria para la promoción de actividades de trabajo autónomo, economía social y responsabilidad social

La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas ha aprobado una subvención de para el año 2023 destinada a la promoción de actividades de trabajo autónomo, economía social y responsabilidad social de las empresas. Esta subvención se divide en dos tipos: actividades y funcionamiento. Los beneficiarios tienen veinte días hábiles desde la publicación de este Extracto para presentar sus solicitudes.

  •  Fecha: 03/05/2023
 Publicado el extracto de la convocatoria para la promoción de actividades de trabajo autónomo, economía social y responsabilidad social


La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas ha aprobado una subvención de 11.239.500 euros (cuantía total presupuestada de la subvención) destinada a la promoción de actividades de trabajo autónomo, economía social y responsabilidad social de las empresas. Esta subvención es para el año 2023 y sus bases se encuentra regulada por la Orden ESS/739/2017.

La convocatoria para la concesión de estas subvenciones está destinada a entes y asociaciones de diferentes ámbitos, entre ellos asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal e intersectorial, entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y otros entes representativos de la economía social.

Estas ayudas se dividen en dos tipos de subvenciones: de actividades y de funcionamiento. Las subvenciones para actividades tienen un importe máximo de 150.000 euros para aquellas señaladas en los artículos 3.1.a), b) y c) de la Orden ESS/739/2017, así como de 50.000 euros para las actividades señaladas en los artículos 3.1.d), e) y f).

En cuanto a la subvención para gastos de funcionamiento, esta se distribuye entre las entidades beneficiarias en función de la puntuación obtenida por aplicación de los criterios objetivos de otorgamiento de estas subvenciones recogidos en el artículo 5.3 de dicha orden. No obstante, se garantiza una cantidad mínima de 10.000  para asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, 30.000 e para asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, y 15.000 euros para aquellas entidades que solo justifiquen gastos de las letras c) a j) del artículo 4.2 de la Orden ESS/739/2017.

El plazo para presentar solicitudes estará abierto durante veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Tal y como explica el Extracto de la Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, esta subvención se compone de dos partes diferenciadas: una destinada a actividades de formación, difusión y fomento del trabajo autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, con una cuantía de 6.221.040 euros; y otra para el desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía Social 2021-2027, con un importe de 3.000.000 euros. Además, el presupuesto asignado para el año 2023 incluye 2.418.460 euros destinados a financiar los gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias. 

Por otra parte, los beneficiarios pueden presentar sus solicitudes durante veinte días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado. 









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