Se publica en
el BOE del 30/04/2025 la Orden
HAC/408/2025, de 28 de abril, por la que se modifican para el período
impositivo 2024 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de
estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para
las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias
excepcionales. Entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el BOE, esto es, el 1 de mayo de 2025.
En principio, en
el anexo I de la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, de módulos para
2024, se aprobaron los signos, índices o módulos aplicables a las actividades
agrícolas, ganaderas y forestales que determinen el rendimiento neto de su
actividad económica con arreglo a dicho método. Sin embargo, el artículo
37.4.1.º del RIRPF permite que, cuando el desarrollo de actividades
económicas a las que sea de aplicación el método de estimación objetiva se vea
alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que
afecten a un sector o zona determinada, se pueda autorizar, con carácter
excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos.
En ese sentido,
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido informe por el
que se pone de manifiesto que durante 2024 se han producido
circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y
ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en dicho artículo
37.4.1.º del RIRPF .
Así las cosas, a
través del artículo único de la orden ahora publicada se aprueba la
reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2024 por las
actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales,
que se localizan en determinadas zonas geográficas. Dichas reducciones se
engloban en un anexo, en el que se agrupan las reducciones por
comunidades autónomas, provincias, ámbitos territoriales y actividades.