La Audiencia
Nacional ha emitido una sentencia que refuerza la capacidad de la Agencia
Tributaria para actuar contra los asesores fiscales. En su reciente fallo
del 4 de febrero de 2026, el tribunal establece que estos profesionales pueden
ser declarados responsables solidarios de las deudas de sus clientes si
colaboran activamente en la creación de tramas para eludir impuestos, incluso
si han sido absueltos previamente en la vía penal.
El caso
analizado se centra en una asesora fiscal que participó en el diseño de un
domicilio fiscal ficticio en las Islas Canarias para una entidad cliente. El
objetivo era simular que la actividad económica se realizaba en el archipiélago
para evitar el pago del IVA en la Península durante el ejercicio 2011. La Sala
considera probado que la profesional no solo conocía la ilegalidad, sino que
intervino directamente en la contabilidad y en los trámites formales para dar
apariencia de legalidad al fraude.
Independencia
de la vía penal
Uno de los
puntos más relevantes de la sentencia es que la absolución de la asesora en un
juicio penal por presunto delito contra la Hacienda Pública no impide la
derivación de responsabilidad en la vía administrativa. El tribunal aclara que,
mientras el proceso penal exige pruebas irrebatibles para una condena de
cárcel, la responsabilidad tributaria se basa en la "colaboración
activa" en la infracción. Si la absolución penal se debió a falta de
pruebas y no a la inexistencia de los hechos, Hacienda tiene vía libre para
reclamar la deuda.
Además,
el fallo tumba una estrategia común en el sector: el uso de sociedades
instrumentales. La Audiencia Nacional dictamina que prestar servicios de
asesoramiento a través de una persona jurídica no exime de responsabilidad
personal al profesional cuando se demuestra su participación directa en la
estructura evasora.
Esta
sentencia supone un aviso contundente para el sector: el conocimiento de la
"discordancia entre la realidad económica y la declarada" conlleva
riesgos patrimoniales directos para el asesor.