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Inaplicabilidad de la presunción de inocencia en el orden social
En el ámbito laboral, la presunción de inocencia no se aplica como en el penal; la nulidad del despido no depende de la absolución penal, según la STSJPV 2311/2025.
Así será en 2026 el complemento de ayuda para la infancia de hasta 115 euros mensuales por hijo
El complemento de ayuda para la infancia (CAPI) refuerza en 2026 la cobertura del IMV con distintas cuantías según la edad del menor: 115 euros al mes para menores de 0 a 3 años; 80,5 euros entre 3 y 6 años; y 57,5 euros entre 6 y 18 años.
El TS matiza el límite indemnizatorio por discriminación en el complemento de maternidad
El Tribunal Supremo limita la indemnización por discriminación asociada al complemento por aportación demográfica (ahora brecha de género) al importe solicitado en demanda, aunque la doctrina general establezca uno superior.



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La Seguridad Social aclara cómo solicitar las dos semanas extra por nacimiento y cuidado desde 2026

Según eBNR n.º 11/2025, 26 de noviembre de 2025, a partir del 1 de enero de 2026, las dos semanas adicionales de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, introducidas por el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, podrán disfrutarse de manera flexible hasta que el menor cumpla ocho años. Estas semanas adicionales están destinadas exclusivamente a los nacimientos, adopciones, guardas con fines de adopción o acogimientos producidos a partir del 2 de agosto de 2024.

El disfrute de estas semanas podrá realizarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, según la voluntad del trabajador. Para solicitar su disfrute, será necesario comunicarlo con una antelación mínima de 15 días respecto al inicio del periodo deseado, y la empresa deberá enviar el correspondiente certificado de empresa al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La solicitud podrá realizarse por medios electrónicos, preferentemente a través del portal "Tu Seguridad Social", ya sea por el propio interesado o por un representante.

Configuración actual del derecho a la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor

Se amplía la suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor hasta un total de 19 semanas para cada progenitor (32 semanas para familias monoparentales). Con efectos del 31/07/2025 el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, ha modificado los apartados 4 y 5 del art. 48 del ET y configura el derecho a la prestación por NYCM:

  • Seis semanas obligatorias tras el nacimiento o resolución judicial de adopción, a jornada completa.
  • Once semanas, de disfrute flexible en periodos semanales (acumulables o interrumpidos), hasta los doce meses del menor.
  • Dos semanas adicionales para el cuidado parental, de disfrute flexible en periodos semanales (acumulables o interrumpidos), hasta que el menor cumpla ocho años. Solo de aplicación a los nacimientos producidos a partir del 2 de agosto de 2024 y efectivos a partir del 1 de enero de 2026.(Este ha sido el aspecto concretado por el BNR n.º 11/2025, 26 de noviembre de 2025).

El art. 178 de la LGSS establece como requisito para ser beneficiario de la prestación por nacimiento y cuidado del menor la necesidad de estar en alta o situación asimilada al alta al inicio de cada periodo de descanso.

 

 









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