Así lo indica Tributos en una consulta vinculante.
26
de abril Expansión
La Dirección General de Tributos (DGT)
indica que la prórroga en la presentación del Impuesto sobre Sucesiones
y Donaciones conlleva la aplicación de intereses de demora.
Tributos responde así a una consulta vinculante
formulada por un contribuyente que,
ante la complejidad del testamento de su padre, recientemente fallecido, se
plantea solicitar una prórroga del plazo de presentación del impuesto.
Por ello, preguntó si se deben abonar intereses de demora por el plazo prorrogado o
si, por el contrario, no se puede producir el devengo de intereses por los días
transcurridos hasta la declaración dentro del plazo prorrogado.
Ante esta cuestión, la DGT aclara que la prórroga en la presentación
del tributo implica un aplazamiento del pago, por lo que responde que el
establecimiento de los intereses de demora en caso de prórroga "está
plenamente establecido en la ley" y, por tanto, sí se devengan intereses
por los días transcurridos desde la finalización del plazo de 6 meses para
presentar la declaración del impuesto hasta la presentación de la declaración
dentro del plazo prorrogado.