24 de junio 2026 Expansión
La relación
entre las empresas y la Administración tributaria se ha estructurado a menudo
bajo un modelo de confrontación. El procedimiento habitual consistía en
esperar a la liquidación de una inspección, impugnarla sistemáticamente y
encomendarse a un largo proceso judicial que podía demorarse casi una década.
Sin embargo, en un entorno empresarial marcado por la volatilidad económica y
una regulación en constante transformación, esta estrategia reactiva resulta
cada vez más insostenible.
Hoy, las
corporaciones están sustituyendo la tradicional actitud defensiva por una
gestión proactiva de la litigiosidad tributaria. Este cambio de paradigma
no solo busca reducir la factura fiscal legítimamente, sino aportar certidumbre
a los balances, proteger la reputación corporativa y descongestionar unos
tribunales saturados.
El primer
pilar de esta estrategia es la anticipación. Las empresas ya no esperan a
que la Agencia Tributaria llame a su puerta. Actúan antes de tomar decisiones
corporativas complejas. En este ámbito, las consultas vinculantes ante la
Dirección General de Tributos (DGT) se han convertido en un instrumento fundamental.
Por ello, es fundamental que Tributos conteste a tiempo. Contrastar el criterio
administrativo antes de acometer fusiones, adquisiciones o reestructuraciones
ofrece un blindaje jurídico de enorme valor. Asimismo, herramientas como el
programa Informa de la Agencia Tributaria (AEAT) permiten resolver dudas
recurrentes de forma ágil y sistematizada.
Esta labor
preventiva se complementa con una monitorización rigurosa de la jurisprudencia.
Los departamentos fiscales y sus asesores externos siguen al milímetro los
pronunciamientos del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) y del
Tribunal Supremo. Estar al tanto de los cambios de criterio permite a las
compañías rectificar posiciones dudosas a tiempo, adaptando sus declaraciones y
evitando litigios abocados al fracaso.
Colaborar con
la AEAT
El segundo eje
del cambio radica en la evolución hacia una relación de confianza mutua,
conocida en el ámbito internacional como relación cooperativa. La Agencia
Tributaria ha desarrollado en los últimos años diversos asistentes virtuales y
herramientas de pre-declaración con el objetivo de fomentar el cumplimiento
voluntario. El uso de estos recursos digitales reduce de forma drástica los
errores materiales de interpretación y las discrepancias de carácter puramente
técnico en las autoliquidaciones.
Cuando surge
una discrepancia en fase de inspección, la vía del conflicto total ya no es
la única opción de las compañías. Los expertos fiscales abogan cada vez más por
explorar compromisos en fase de inspección, destacando el uso de las llamadas
actas con acuerdo. Aunque su aplicación está acotada por ley a supuestos donde
existan conceptos jurídicos indeterminados o necesidad de valoraciones
complejas, permiten cerrar expedientes de mutuo acuerdo, aplicando reducciones
significativas en las sanciones a cambio de renunciar a la vía judicial
posterior. Se gana velocidad, se reduce el coste financiero de los avales y se
aporta tranquilidad al negocio.
Finalmente,
cuando el conflicto resulta inevitable, la gestión proactiva exige replantear
la forma en que se litiga. Tradicionalmente, la vía administrativa previa
(recursos de reposición o reclamaciones económico-administrativas) se trataba
como un mero trámite burocrático, una parada técnica obligatoria antes de
acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.
La tendencia
actual apuesta por dotar de un rigor técnico a estos recursos. Una
argumentación sólida desde el primer momento incrementa sustancialmente las
posibilidades de que la propia Administración revoque sus actos sin necesidad
de escalar el conflicto a los tribunales.