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Caso práctico: Forma de regularizar en IRPF el exceso cobrado anticipadamente de la deducción por persona con discapacidad a cargo
Si un contribuyente cobra anticipadamente la deducción en IRPF por cónyuge no separado legalmente con discapacidad a cargo y percibe un importe superior al de la deducción a la que tiene derecho, ¿cómo debe regularizar esa situación ante la AEAT? ¿Lo hará del mismo modo un contribuyente obligado a presentar declaración que otro que no lo esté? Descúbralo a través de este caso práctico.
La AP de Bizkaia condena a un funcionario por acceder a datos tributarios y usarlos en beneficio de su asesoría
Un funcionario ha sido condenado por acceder y usar datos tributarios reservados para beneficiar a su asesoría. Se imputan los delitos de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario y actividad prohibida a funcionario.
Actualización de Directiva en la UE regulando el permiso único de trabajo y residencia para nacionales de terceros países
El DOUE de 30-04-2024, publica la Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.



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Caso práctico: IRPF. Venta de inmueble, fecha de adquisición

  • Fecha última revisión: 28/02/2023
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO

Se compra  un solar edificable el 13/5/1977. El ayuntamiento certifica la construcción de una vivienda según licencia de obras de fecha 15/8/1977, pero el certificado lleva fecha del año 2004. Tenemos planos del arquitecto del año 1977. En el año 2004 se constituye escritura de obra nueva de la vivienda. En el año 2021 se ha vendido la vivienda. Qué fecha debe ponerse como fecha de adquisición. ¿Sería correcto poner la fecha real de la construcción?

RESPUESTA

No, la fecha que debe tener en cuenta es la de escritura pública de obra nueva, ya que es cuando se certifica la obra.

La declaración de obra nueva es un acto jurídico unilateral que tiene por objeto la constancia documental ante Notario de la existencia de una obra nueva, a efectos de su acceso al registro de la propiedad. Con la declaración de obra se deja constancia de que la edificación está físicamente terminada y de que se ha adquirido el derecho a lo edificado.

Ver: Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0506-20 de 02 de marzo de 2020.









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