lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Caso práctico: Modificación sustancial de las condiciones de trabajo durante suspensión de contrato
La suspensión por maternidad y excedencia no interrumpe el plazo para impugnar una MSCT notificada por correo, sin vulnerar el derecho a la desconexión digital.
El INSST publica: «Trabajo y salud psicosocial en pymes. Año 2025»
El objetivo de este texto es proveer a las pequeñas y medianas empresas de una herramienta de conocimiento y sensibilización sobre la disciplina preventiva de la psicosociología aplicada desde un enfoque que tiene un alto interés actual: la salud psicosocial. Partiendo de este concepto, explora sus relaciones con las cuestiones conexas; su vínculo con el trabajo, los factores de riesgo, efectos sobre la salud, obligaciones del empresario/a, recursos disponibles, etc.
Boletín Noticias Red 8/2025 con aclaraciones sobre la sustitución de personas trabajadoras en colegios concertados
El BNR 8/2025 de la Seguridad Social refuerza la transparencia y trazabilidad en la gestión de sustituciones en los colegios concertados, aclara los procedimientos para la obtención de bonificaciones y moderniza la comunicación de actos esenciales como las altas y bajas laborales.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Boletín Noticias Red 8/2025 con aclaraciones sobre la sustitución de personas trabajadoras en colegios concertados

El BNR 8/2025 de la Seguridad Social refuerza la transparencia y trazabilidad en la gestión de sustituciones en los colegios concertados, aclara los procedimientos para la obtención de bonificaciones y moderniza la comunicación de actos esenciales como las altas y bajas laborales.

Colegios concertados

Según el Boletín Noticias Red (BNR) n.º 8/2025, de 6 de junio de 2025, a partir de ahora, las altas de trabajadores con TIPO CONTRATO x10 y que incluyan el campo de «Causa de sustitución» no se admitirán en el sistema RED, cuando la persona sustituida figure dada de alta en otro Código de Cuenta de Cotización (CCC) distinto al del alta solicitada. Esta restricción se aplica únicamente cuando uno de los CCC tenga el valor 5003 (empresario responsable de ingreso de cuotas) y el otro el 2603 o 1303 (identificativo de la Administración responsable de centros concertados).

La medida afecta a los centros sujetos a conciertos educativos, con el objetivo de evitar duplicidades y garantizar la correcta identificación de las responsabilidades en el ingreso de cuotas y el vínculo de los trabajadores con la Administración o el empresario privado.

En estos supuestos, la TGSS aclara que deberá solicitarse a través del Sistema RED el alta de la persona trabajadora con contrato de sustitución, informando los siguientes datos:

  • TIPO DE CONTRATO: x10
  • CONDICIÓN DESEMPLEO: 1*
  • CAUSA DE SUSTITUCIÓN: sin contenido
  • NSS SUSTITUIDO: se deberá informar del NSS de la persona trabajadora que se va a sustituir.

* Si la bonificación de cuotas resultase de aplicación respecto de personas en las que concurran las condiciones para la exclusión del requisito de inscripción en los servicios públicos de empleo, en el supuesto de que el SEPE informe a la TGSS que la persona trabajadora no se encuentra inscrita en los servicios públicos de empleo -valor 9 en el campo CONDICIÓN DESEMPLEADO SEPE-, se podrá corregir el alta anotando el valor W en el campo CONDICION DESEMPLEO y el resto de campos con los valores inicialmente comunicados. Dicha corrección del alta se admitirá directamente o exigirá la previa actuación indicada en el BNR 11/2023

Asimismo, se deberá comunicar a través del mismo medio:

  • Cualquiera cambio en la jornada del trabajador sustituido o en su porcentaje de suspensión por la prestación, para la actualización del importe de la bonificación.
  • Cambio en el porcentaje de jornada de manera del trabajador sustituto cuando pase a ser superior o inferior al 50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora comparable, por los efectos que tiene en la aplicación de la bonificación sobre la persona trabajadora sustituida y sobre la propia persona trabajadora sustituta.
  • La finalización de la prestación o situación que da derecho a la bonificación, a fin de poner fin a su aplicación.

Procedimiento de bonificación y trámites obligatorios

Respecto a la aplicación de las bonificaciones en las cuotas —centrales en la política de fomento del empleo en colegios concertados—, la solicitud deberá efectuarse posteriormente por la plataforma CASIA, a través del trámite específico: “Afiliación/altas y bajas/Var. datos trabajadores cuenta ajena/Sustitución Incent. Colegios Concertados”. En esta solicitud, será necesario detallar la medida y causa de sustitución que motiva la petición. Si se invoca la bonificación de los artículos 17.1.a) o b), deberá señalarse expresamente si también se solicita la prevista en el artículo 18 para el trabajador sustituido.

Asimismo, la Seguridad Social recuerda la obligación de comunicar cualquier variación relevante, tales como cambios en la jornada del sustituido, en el porcentaje de suspensión o en la jornada del sustituto (especialmente si supera o baja del 50% de la jornada a tiempo completo), y el final de la situación que da derecho a la bonificación. Estas actualizaciones son cruciales para el debido cálculo de los incentivos y el control de la medida.

Se subraya la responsabilidad declarativa de los sujetos obligados, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 36.2 (párrafo segundo) y 37 del RDL 1/2023, y las posibles actuaciones de control por parte del Servicio Público de Empleo Estatal e Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Notificación automática de altas y bajas: nuevo sistema a partir de junio (Resolución de 9 de abril de 2025)

Otra de las principales novedades recogidas en el BNR 8/2025 es la implantación, durante el mes de junio, de un sistema de notificación automática semanal de las resoluciones sobre altas y bajas de trabajadores por cuenta ajena y asimilados dentro del Régimen General (excepto empleados de hogar y trabajadores agrarios no activos), así como del Régimen Especial de la Minería del Carbón, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de la TGSS de 9 de abril de 2025.

Estas notificaciones incluyen:

  • Relación de altas y bajas consolidadas para un CCC durante una semana, cuando son admitidas por la TGSS tras la solicitud a través de RED.
  • Altas y bajas consolidadas por propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), con clave de situación 15 y 60 respectivamente, el mismo periodo de referencia semanal.

Paralelamente, se notificará a los trabajadores implicados. La TGSS anuncia la próxima habilitación de una funcionalidad para obtener duplicados de estas resoluciones semanales. De momento, podrán solicitarse duplicados mediante CASIA bajo el trámite “DUPLICADO RESOLUCIÓN ALTA/BAJA SEMANAL”.

Actualización de SILTRA y mejoras en funcionalidades

El 9 de junio de 2025 estará disponible la nueva versión SILTRA 3.8.1, que incluye mejoras y correcciones significativas, como la resolución de problemas de lentitud observados en instalaciones en red para el procesado de remesas de afiliación y otras funcionalidades detectadas en la versión 3.8.0. Los usuarios con versiones 3.6.0 o superiores tendrán la actualización automática; los que mantengan versiones anteriores deberán actualizar manual o secuencialmente.

También se incorporan dos nuevos informes: uno sobre situación de alta y otro sobre situación de baja, que facilitarán la obtención de documentación actualizada en cada caso. Estos informes estarán próximamente disponibles para su duplicado desde la opción “Duplicados de documentos TA”.

Fuente: BNR n.º 8/2025, de 6 de junio de 2025.









lasasesorias.com
Copyright © 2025

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)