lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Reconocimiento de incapacidad permanente total a florista con alergia profesional
El TSJPV confirma la incapacidad permanente total de una florista por alergia a las alstroemeria.
TS: Nulidad de supresión de plus comedor en teletrabajo
El TS declara nula la eliminación del plus de subvención comedor para teletrabajadores, exigiendo el cumplimiento del art. 41 ET.
Enviar por correo electrónico la fotocopia de un cheque no equivale a poner a disposición la indemnización por despido
Enviar por correo electrónico la fotocopia de un cheque no equivale a poner a disposición la indemnización por despido.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Ya puede accederse a los datos fiscales de la campaña Renta 2021

  •  Fecha: 17/03/2022
oficina mujer ordenador muy ocupada


El título de la noticia no deja lugar a dudas: desde 16 de marzo, pueden ya consultarse los datos fiscales que obran en poder de la AEAT para el período impositivo 2021.

Estos datos fiscales son los que compondrán el borrador de la autoliquidación que podremos presentar a partir del 6 de abril.

Es relevante que se consulten y analicen los datos que obran en poder de la Administración porque esta no es infalible y no es la primera vez, ni será la última, que por prisas o descuido se confirma un borrador con datos erróneos y llega después la sorpresa en forma de sanciones.

Hay que recordar, tal y como realiza la AEAT en el propio formulario de presentación de los datos fiscales, que «la información contenida —en el borrador— tiene efectos únicamente informativos y, de ningún modo, la Administración se encuentra vinculada a ellos en el transcurso de eventuales actuaciones de comprobación o investigación que puedan llevarse a cabo».

Por tanto, recomendamos acceder a ellos lo antes posible, analizarlos y comprobar que toda la información contenida es la correcta, ver la información que falta —importante esta cuestión— e incluso podemos hacer una simulación a través de Renta Web Open. El simulador todavía no se encuentra actualizado a 2021 pero las novedades en la Campaña de la Renta 2021 son escasas y puede darnos una buena aproximación del resultado de este año.

¿Cómo acceder a los datos fiscales?

La consecuente pregunta lógica es cómo acceder a estos datos fiscales. La respuesta es que existen tres vías y vamos a ponerlas de menor a mayor complejidad:

1. Obtención de referencia a través de SMS

Esta es sin duda la vía más simple. Sólo necesitaremos un dispositivo móvil que pueda recibir SMS, los antiguos mensajes de texto, y la declaración del año anterior o, en caso de no haber presentado declaración o que el resultado de esta fuese igual a cero, los últimos cinco dígitos de una cuenta bancaria donde figuremos como titulares.

Accediendo al apartado de Campaña Renta 2021 a través de la web de la AEAT, seleccionamos la opción de obtención de referencia y la página, de manera sumamente intuitiva, nos guía para la obtención de la referencia.

2. App de la Agencia Tributaria

Si bien la consulta a través de la App de la Agencia Tributaria podría ser la vía más fácil, requiere de un registro previo en la misma para el cual es necesario disponer de Cl@ve PIN. Por lo que nos remitimos al apartado siguiente.

3. Cl@ve PIN

Esta es la otra vía de la que disponemos para acceder a nuestros datos fiscales.

Es bastante más compleja que la anterior. El sistema Cl@ve tiene muchos detractores porque son necesarios varios pasos para proceder al registro y, además, existen diferentes modalidades de autenticación —PIN, Permanente y Firma—, no obstante, una vez obtenido facilita el acceso a diversas administraciones donde, para el trámite a realizar, no se requiera un nivel alto de seguridad.

El registro en este sistema de autenticación debe realizarse a través de esta página web y existen tres vías:

  • A través de internet sin certificado electrónico. Si no dispones de certificado electrónico, puedes registrarte por Internet, solicitando la carta de invitación, que será enviada por correo postal a tu domicilio fiscal, y completando el registro con el código Seguro de Verificación (CSV) que consta en la carta.
  • A través de internet con certificado electrónico. Esta es la vía más simple pero requiere tener instalado el certificado en el dispositivo desde donde van a realizarse las gestiones.
  • Presencialmente en una Oficina de Registro. Para el Registro presencial en Cl@ve será imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de registrar.  En este sentido, el Registro presencial en Cl@ve se puede realizar también en la Red de oficinas de Información y Atención al Ciudadano de las Delegaciones de Gobierno, así como en la Red de oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal. La relación de Oficinas de Registro se puede encontrar en el Portal de Acceso General. En el buscador marca la opción Cl@ve. No olvides marcar esa opción porque si no se muestran todas las oficinas de registro, también las que no son de Cl@ve.








lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)