La Dirección General de Tributos reconoce que las
compraventas y herencias de inmuebles realizadas en esos días tienen que
presentar la declaración del impuesto, pero no pagarlo
Gestha 9
de febrero 2022
El Ministerio de Hacienda confirma oficialmente
que las transmisiones de inmuebles realizadas entre el 26 de
octubre, cuando
el Tribunal Constitucional tumbó la anterior plusvalía municipal, y el 9
de noviembre, último día de “vacío legal” hasta que entró en vigor la nueva
normativa, quedan exentas de tributar por ese impuesto. En concreto,
Hacienda ha reconocido que la suspensión por parte del Tribunal Constitucional
del impuesto de la plusvalía municipal en octubre del pasado año dejó un “vacío
normativo” hasta la aprobación del nuevo sistema, un periodo en el
que no sería obligatorio pagar el impuesto. En una consulta
resuelta por la Dirección General de Tributos, adelantada este miércoles por
“Expansión”, Hacienda aclara que las compraventas y herencias de inmuebles
realizadas en esos días tienen que presentar la declaración del
impuesto, pero no pagarlo.
El decreto-ley que reforma el Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como
plusvalía municipal, entró en vigor el 10 de noviembre después de su
publicación en el BOE quince días después de que el Tribunal Constitucional
tumbase la anterior normativa. En una sentencia del 26 de octubre de 2021, el
Constitucional anuló varios aspectos relativos al cálculo del impuesto, al
considerar que no tenía en cuenta la realidad del mercado inmobiliario ni la
capacidad económica del contribuyente, aunque puntualizó que no se podía
reclamar el pago con efecto retroactivo, salvo en caso de que hubiera una
reclamación en curso
El decreto que vino a sustituir la normativa
anulada, sin embargo, no puede aplicarse con carácter retroactivo,
lo que impide a los ayuntamientos cobrar por las operaciones que se han
realizado entre el pasado 26 de octubre, día de su suspensión por el TC, y el 9
de noviembre. Según estimaron los Técnicos de Hacienda (Gestha), cada mes de
impasse supone una pérdida de unos 170 millones en las arcas
municipales según la recaudación prevista para 2021, por lo que los
quince días de vacío normativo en los que estuvo sin aplicarse les habrían
costado a los consistorios unos 85 millones.
Aunque los expertos del sector lo daban por hecho,
ahora, en respuesta a una consulta formulada por un contribuyente, Hacienda
confirma que en esos días se produjo un “vacío normativo” sobre la forma de
determinar la base imponible “que impide la liquidación, comprobación,
recaudación y revisión de este tributo local y, por lo tanto, su exigibilidad”.
Así, las transmisiones de inmuebles realizadas entre el 26 de octubre y el 9 de
noviembre de 2021 están obligadas a presentar la declaración del impuesto de la
plusvalía, ya que existe el hecho imponible, pero el contribuyente “no está
obligado al pago del impuesto” porque se encontraban suspendidos el método de
cálculo y, por lo tanto, su liquidación y exigibilidad.
El impuesto de plusvalías es, tras el Impuesto de
Bienes Inmuebles (IBI), la segunda mayor vía de recaudación de los
ayuntamientos, con unos ingresos estimados de 2.075 millones de euros
para este año. En el caso de los consistorios de la Comunidad de
Madrid supone 688 millones de euros, mientras que en las de Cataluña asciende a
455 millones y en Andalucía, 333 millones.