Los técnicos del Ministerio de Hacienda
recomiendan prestar atención a la subida de gravamen a rentas altas y las
medidas de apoyo asociadas a la pandemia.
JUANDE PORTILLO 24 MAR. 2022
El próximo 6 de abril dará comienzo la Campaña de
la Renta correspondiente al ejercicio 2021, un año marcado por la pandemia de
Covid-19, pero también por fenómenos como el temporal Filomena o la erupción
del volcán de La Palma que también tienen relevancia a la hora de elaborar las
más de 20 millones de declaraciones de IRPF que gestionará la Agencia
Tributaria.
El ejercicio supuso además la entrada en vigor de
importantes cambios legislativos, como la introducción de un nuevo tramo de
gravamen para las rentas más altas o la limitación de aportaciones deducibles a
planes de pensiones privados. A fin de que el contribuyente afronte la Campaña
conociendo las principales novedades ha tener en cuenta, la asociación de
Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha elaborado un decálogo de
recomendaciones para la declaración del IRPF al que ha tenido acceso EXPANSIÓN.
Estas son las principales:
Nuevo tramo
La principal novedad en la tributación de las
rentas la introdujeron los Presupuestos Generales del Estado de 2021, que incluían una modificación de la escala
general de gravamen de la base liquidable del IRPF para introducir un nuevo
tramo a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 24,50% a
escala estatal. Sumando el tipo autonómico, el resultado es que el marginal
máximo aplicable sobre el IRPF asciende ya a una horquilla que va desde el 45%
en Madrid al 54% en la Comunidad Valenciana.
En paralelo, los Presupuestos modificaron la
escala de gravamen de la base liquidable del ahorro creando, tanto en la escala
estatal como en la autonómica, un nuevo tramo a partir de 200.000 euros con un
tipo de gravamen aplicable del 13%, por lo que el tipo máximo llega a alcanzar
el 26%.
ERTE
Los Técnicos de Hacienda aconsejan a todos los
contribuyentes revisar bien el borrador de declaración que el Fisco facilita y
no precipitarse a confirmarlo hasta revisar que la información es correcta, y
se recogen debidamente importes relevantes como los alquileres, ayudas
públicas, deducciones y reducciones fiscales. Más allá de la recomendación
general, aconsejan prestar especial atención a los afectados por algún
expediente de regulación temporal del empleo (ERTE), porque podrían estar
obligados a hacer la declaración -probablemente con resultado a su favor- pese
a tener ingresos bajos. Aunque la obligación de declarar opera generalmente
para quien gane a partir de 22.000 euros anuales, el umbral se rebaja a 14.000
euros si se ha tenido más de un pagador (que aporte al menos 1.400 euros), como
ocurre cuando se cobra del SEPE. Gestha recuerda que este año no se ha aprobado
un régimen de fraccionamiento como en 2020, y reclaman replicarlo.
Filomena y el volcán
Otra novedad de la campaña es que quedan exentas
las ayudas excepcionales por fallecimiento o incapacidad absoluta permanente
relacionados con la borrasca Filomena, en enero de 2021, así como las ayudas
por daños personales causados por las erupciones volcánicas en la isla de La
Palma. También quedan exentas las ayudas públicas para reparar la destrucción
de elementos patrimoniales por incendio, inundación, hundimiento, erupción
volcánica u otras causas naturales.
Rehabilitación
No deberán integrarse en el IRPF de 2021 las
ayudas y subvenciones concedidas para actuaciones de rehabilitación energética
en edificios. Además, desde el 6 de octubre, hay deducciones por obras de
mejora de la eficiencia energética de viviendas habituales o alquiladas que van
del 20% (sobre 5.000 euros por reducir demanda de calefacción y refrigeración
antes del final de 2022), al 40% (sobre 7.500 si se reduce la dependencia de
energías no renovables antes de 2023) o el 60% (sobre 5.000 euros anuales hasta
final de 2023).
Alquileres
También operan mejoras sobre la tributación
de alquileres, como reducir de seis a tres meses el plazo para considerar
dudosas (y deducibles) las cantidades que adeuda un inquilino; o la posibilidad
de deducir las rebajas de renta selladas por pequeños propietarios para
profesionales.
Medidas Covid
En el marco de la pandemia, también se rebaja de
seis a tres meses el plazo para deducirse deudas en el caso de empresas que
facturen menos de 10 millones, y se permite renunciar a la tributación por
estimación objetiva del sistema de módulos en 2021, pudiendo retomarse en 2022
sin esperar tres años. A su vez, la reducción para actividades agrícolas,
ganaderas y forestales se eleva del 5% al 20%, y se mantiene en el 20% la de
actividades económicas desarrolladas en Lorca (Murcia).
Plan de pensiones
Otro cambio es la rebaja de 8.000 a 2.000 euros
del límite a la reducción de bases imponibles por aportaciones a planes de
pensiones individuales, incrementándose a 8.000 euros para planes colectivos.
Cuando el partícipe, mutualista o titular sea cónyuge del contribuyente, el
límite baja de 2.500 a 1.000 euros.
Ingreso Mínimo Vital
Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital
(IMV), las rentas mínimas de inserción y demás ayudas para colectivos en riesgo
de exclusión social están obligados a presentar la declaración, pero su renta
estará exenta hasta los 11.862,9 euros anuales.
Donativos
Los Presupuestos elevan en cinco puntos los
límites de la deducción por donativos (80% hasta 150 euros, 30% resto y 40% si
son habituales).
Recargos
Los recargos por la presentación de declaración
fuera de plazo sin requerimiento previo quedaron suavizados el pasado julio,
con una cuantía del 1% (más otro 1% por mes de retraso extra), sin intereses de
demora el primer año, tras el cual se aplicará un 15%.
Hacienda exime de informar en el 720 de
criptomonedas en extranjero
El próximo jueves 31 de marzo concluye el plazo
para presentar ante la Agencia Tributaria el modelo informativo 720
correspondiente al ejercicio 2021 de declaración de bienes en el extranjero,
cuyo régimen sancionador fue tumbado recientemente por el Tribunal de Justicia
de la Unión Europea y posteriormente suavizado por el Gobierno en una reforma
que equipara el plazo de prescripción de irregularidades y sus sanciones a los
del régimen general. En la recta final de la campaña, la Agencia Tributaria ha
incluido un aviso informativo en la declaración que aclara que "en el
modelo 720 no se informa de monedas virtuales", matizando que "la
declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es
exigible respecto al ejercicio 2021". Como adelantó EXPANSIÓN, la reforma
del modelo informativo introducida por el PSOE vía enmiendas en una norma que
tramitaba el Senado incorporó la obligación de declarar "las monedas virtuales
situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales
se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se
ostente poder de disposición", si bien su efecto rige desde el ejercicio
2022 de cara a la declaración del próximo año. Mientras la justicia va tumbando
las multas impuestas y el Fisco baraja crear una declaración específica de
criptomonedas, Hacienda exige declarar ya las ganancias o pérdidas
patrimoniales obtenidas con su compraventa en la declaración de la Renta y ha
creado una casilla específica para informar de su saldo en la de Patrimonio.
IRPF, Patrimonio y Sucesiones: cuánto se paga en
cada autonomía
Hachazo fiscal encubierto de 4.100 millones en el
IRPF por la inflación
Fuente:
GESTHA