lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Caso práctico: Negociación obligatoria en la adaptación de jornada laboral
La empresa debe abrir obligatoriamente un periodo de negociación ante una solicitud de adaptación de jornada, no pudiendo rechazarla directamente.
El TS fija criterio sobre la correspondencia entre bases de cotización en la jubilación parcial y el contrato de relevo
El TS reitera su criterio sobre el modo en que debe establecerse la correspondencia entre las bases de cotización del trabajador que accede a la jubilación parcial y el relevista contratado a tal efecto.
Claves del proyecto del Real Decreto sobre el nuevo registro de jornada laboral
El futuro Real Decreto sobre registro horario refuerza el registro digital de jornada, exige requisitos técnicos, acceso, conservación de datos y adapta la regulación a nuevas realidades laborales. De forma previa a la publicación de la norma en el BOE analizamos los principales aspectos del proyecto.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Caso práctico: ¿Cuál es la duración de los contratos de formación tras la reforma laboral 2022?

  • Fecha última revisión: 18/02/2022
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO

¿Cuál es la duración de los contratos de formación tras la reforma laboral, esto es, desde el 30/03/2022?

RESPUESTA

En el caso de las nuevas modalidades (vigentes desde el 30/03/2022), el contrato de formación en alternancia un mínimo de tres meses y un máximo de dos años y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional entre seis meses ni superior a un año.

En el caso de los nuevos contratos vigentes desde el 30 de marzo de 2022, el contrato en formación en alternancia para personas que no tengan titulación y quieran compatibilizar sus estudios con el trabajo remunerado tendrá un mínimo de tres meses y un máximo de dos años, y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional, entre seis meses y un año.

Los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje vigentes antes del 31 de diciembre de 2021 resultan aplicables hasta su duración máxima en los términos en los que se concertaron. Es decir, los contratos en prácticas entre seis meses y dos años; y los contratos para la formación y el aprendizaje entre uno y tres años (salvo especificaciones del convenio
colectivo aplicable) (ex art. 11 del ET). (D.T. 1.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre «Régimen transitorio aplicable a los contratos formativos vigentes»).

 









lasasesorias.com
Copyright © 2025

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)