lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Ley 2/2026: Claves de la reforma de las mutualidades y la nueva pasarela al RETA
La Ley 2/2026 eleva prestaciones y cuotas, refuerza el control y permite transferir al RETA derechos acumulados en mutualidades alternativas.
Nuevo plazo de seis días para comunicar bajas y variaciones a la TGSS (BNR 10/2026)
Tras la publicación del RD 643/2026, que amplía a seis días naturales el plazo para comunicar bajas y variaciones, el BNR 10/2026 de la TGSS informa sobre los aspectos clave del nuevo plazo.
La DGT aclara que el IBI pagado durante años por un inmueble heredado no es deducible para calcular la ganancia en IRPF por venta
La DGT aclara que el IBI pagado durante la titularidad de un inmueble heredado no reduce la ganancia patrimonial por su venta.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Caso práctico: ¿Cuál es la duración de los contratos de formación tras la reforma laboral 2022?

  • Fecha última revisión: 18/02/2022
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO

¿Cuál es la duración de los contratos de formación tras la reforma laboral, esto es, desde el 30/03/2022?

RESPUESTA

En el caso de las nuevas modalidades (vigentes desde el 30/03/2022), el contrato de formación en alternancia un mínimo de tres meses y un máximo de dos años y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional entre seis meses ni superior a un año.

En el caso de los nuevos contratos vigentes desde el 30 de marzo de 2022, el contrato en formación en alternancia para personas que no tengan titulación y quieran compatibilizar sus estudios con el trabajo remunerado tendrá un mínimo de tres meses y un máximo de dos años, y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional, entre seis meses y un año.

Los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje vigentes antes del 31 de diciembre de 2021 resultan aplicables hasta su duración máxima en los términos en los que se concertaron. Es decir, los contratos en prácticas entre seis meses y dos años; y los contratos para la formación y el aprendizaje entre uno y tres años (salvo especificaciones del convenio
colectivo aplicable) (ex art. 11 del ET). (D.T. 1.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre «Régimen transitorio aplicable a los contratos formativos vigentes»).

 









lasasesorias.com
Copyright © 2026

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)