lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


¿Cómo tributa en IRPF la cesión gratuita de una vivienda a un familiar?
En este caso práctico analizamos el tratamiento en el IRPF de la cesión gratuita de una segunda vivienda a un familiar de acuerdo con el criterio de la Dirección General de Tributos.
Nuevas obligaciones laborales de accesibilidad cognitiva en 2027 (RD 707/2026)
La accesibilidad cognitiva entra en la gestión laboral de las empresas (RD 707/2026, de 2 de septiembre): Obligaciones empresariales de accesibilidad cognitiva desde 2027 en selección, formación, fichaje, comunicación y adaptación laboral.
El SEPE publica el modelo oficial para informar sobre las condiciones laborales (RD 723/2026)
El SEPE facilita el modelo oficial para cumplir las nuevas obligaciones informativas asociadas a los contratos de trabajo tras el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Caso práctico: ¿Cuál es la duración de los contratos de formación tras la reforma laboral 2022?

  • Fecha última revisión: 18/02/2022
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO

¿Cuál es la duración de los contratos de formación tras la reforma laboral, esto es, desde el 30/03/2022?

RESPUESTA

En el caso de las nuevas modalidades (vigentes desde el 30/03/2022), el contrato de formación en alternancia un mínimo de tres meses y un máximo de dos años y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional entre seis meses ni superior a un año.

En el caso de los nuevos contratos vigentes desde el 30 de marzo de 2022, el contrato en formación en alternancia para personas que no tengan titulación y quieran compatibilizar sus estudios con el trabajo remunerado tendrá un mínimo de tres meses y un máximo de dos años, y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional, entre seis meses y un año.

Los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje vigentes antes del 31 de diciembre de 2021 resultan aplicables hasta su duración máxima en los términos en los que se concertaron. Es decir, los contratos en prácticas entre seis meses y dos años; y los contratos para la formación y el aprendizaje entre uno y tres años (salvo especificaciones del convenio
colectivo aplicable) (ex art. 11 del ET). (D.T. 1.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre «Régimen transitorio aplicable a los contratos formativos vigentes»).

 









lasasesorias.com
Copyright © 2026

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)