lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Caso práctico: Negociación obligatoria en la adaptación de jornada laboral
La empresa debe abrir obligatoriamente un periodo de negociación ante una solicitud de adaptación de jornada, no pudiendo rechazarla directamente.
El TS fija criterio sobre la correspondencia entre bases de cotización en la jubilación parcial y el contrato de relevo
El TS reitera su criterio sobre el modo en que debe establecerse la correspondencia entre las bases de cotización del trabajador que accede a la jubilación parcial y el relevista contratado a tal efecto.
Claves del proyecto del Real Decreto sobre el nuevo registro de jornada laboral
El futuro Real Decreto sobre registro horario refuerza el registro digital de jornada, exige requisitos técnicos, acceso, conservación de datos y adapta la regulación a nuevas realidades laborales. De forma previa a la publicación de la norma en el BOE analizamos los principales aspectos del proyecto.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Caso práctico: cómputo del periodo de incapacidad temporal (IT) a efectos de jornada máxima

  • Fecha última revisión: 02/02/2022
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO

¿El periodo de incapacidad temporal computa a efectos de superación de la jornada anual efectiva establecida?

RESPUESTA

De forma genérica (ante el vacío legal al respecto) el periodo de incapacidad temporal no se tiene en cuenta a efectos del cómputo de la jornada anual efectiva de trabajador.

El art. 34 del Estatuto de los Trabajadores preceptúa que la duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo, que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo, y que en ningún caso se podrán realizar más de nueve horas ordinarias de trabajo efectivo. La determinación de la jornada a efectos de su cómputo en caso de IT corresponde, por tanto, a los convenios colectivos o contratos de trabajo.

Partiendo de que no existe jurisprudencia unificada donde se concrete la procedencia o improcedencia de computar como tiempo de trabajo efectivo un periodo de IT a efectos de superación de la jornada anual o su compensación como horas extra o con descanso, a nuestro entender, salvo que por convenio colectivo se especifique el cómputo mediante trabajo efectivo o que los periodos de IT computan a efectos de superación de la jornada máxima o su compensación, de forma genérica entendemos (ante el vacío legal al respecto) que la situación de incapacidad temporal no resulta incardinable en el cómputo de la jornada anual efectiva de trabajador.

Tratando un supuesto como el planteado: STSJ de Murcia n. º 972/2004, de 27 de septiembre de 2004, la sala entiende que las horas de vacaciones y la incapacidad temporal «tienen carácter neutro para el cómputo» del promedio de jornada.

Tratando este aspecto para el caso de permisos retribuidos: STSJ de Castilla y León n.º 319/2006, de 30 de marzo de 2006, ECLI:ES:TSJCL:2006:1725









lasasesorias.com
Copyright © 2025

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)