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Actualidad


Publicada la orden de la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026
El BOE del 30 de diciembre de 2025 hace pública la Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026. La nueva regulación será aplicable desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026.
El TS reitera doctrina sobre la imposibilidad de fijar una indemnización adicional en casos de despido improcedente
El TS consolidada su doctrina en torno a la indemnización por despido improcedente. Queda descartada, salvo reforma legislativa, cualquier vía judicial para obtener cantidades superiores a la tasada, por daño adicional, invocando tratados internacionales; sólo en despidos nulos por vulneración de derechos fundamentales cabe acudir a reparaciones superiores.
El Tribunal Supremo respalda la legalidad de las diferencias salariales por consolidación profesional
El TS avala el desigual trato retributivo justificado en un sistema de consolidación de niveles que aúna formación, experiencia y evaluación en cada uno de ellos con un plazo máximo de permanencia.



Actualidad Jurídica



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Los autónomos con asalariados tienen hasta el 30 de junio para completar su documentación con la nueva cotización

Los autónomos directivos y con asalariados -los autónomos societarios- tienen hasta el 30 de junio para completar toda la documentación que necesita la Seguridad Social, dentro del nuevo sistema de cotización por ingresos que tiene este colectivo.

26 de marzo Expansión

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que incluye varias medidas para clarificar diversos procedimientos de gestión en la Seguridad Social, "que supondrán una seguridad jurídica mayor para los ciudadanos"

La Seguridad Social ha ampliado desde el 30 de marzo hasta el 30 de junio el plazo que tienen los autónomos propietarios y directivos con asalariados -los autónomos societarios- para informar a la administración de, entre otros, los siguientes datos: Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte los autónomos; el desempeño del cargo de consejero o administrador o que dé prestación de otros servicios para la sociedad; el porcentaje de la participación en el capital social o el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o equivalente de los familiares con los que conviva el trabajador autónomo.

Los autónomos societarios también tendrán que informar a la Seguridad Social del número de identificación fiscal del cliente, o de los clientes, de los que dependa económicamente, como fuentes de ingresos. Y también el colegio profesional en el que estén los autónomos en esta situación. Con ello, la administración amplía el control sobre estos empresarios con trabajadores y sobre los profesionales.

Además, en el mismo real decreto se clarifican las condiciones del fraccionamiento en el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y hasta un máximo de 5 años para devolverlas a la Seguridad Social.

También se amplía la obligatoriedad de la domiciliación bancaria en el pago de las cuotas a los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el periodo de inactividad, y para los trabajadores con convenios especiales con la Seguridad Social. "Esto permitirá una mayor seguridad jurídica para estos trabajadores".









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