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Actualidad


El Tribunal Supremo anula una suspensión de empleo y sueldo por dejar su fecha de cumplimiento a la voluntad unilateral de la empresa
El TS anula sanción de suspensión de empleo y sueldo por dejar su cumplimiento a decisión unilateral de la empresa, exigiendo fecha objetiva y seguridad jurídica.
El TS fija doctrina sobre el cálculo de rentas exentas en subsidio por desempleo tras despido colectivo pactado
El alto tribunal determina que solo la indemnización legal mínima queda exenta del cómputo de rentas, computando los importes superiores negociados colectivamente.
El Supremo reconoce el derecho de trabajadores de ETT a mejoras voluntarias en incapacidad temporal de las empresas usuarias
Los trabajadores contratados por ETT y puestos a disposición de empresas usuarias podrán reclamar las mismas mejoras voluntarias reconocidas en los convenios colectivos en caso de incapacidad temporal, siempre y cuando realicen iguales funciones en iguales condiciones.



Actualidad Jurídica



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Los autónomos con asalariados tienen hasta el 30 de junio para completar su documentación con la nueva cotización

Los autónomos directivos y con asalariados -los autónomos societarios- tienen hasta el 30 de junio para completar toda la documentación que necesita la Seguridad Social, dentro del nuevo sistema de cotización por ingresos que tiene este colectivo.

26 de marzo Expansión

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que incluye varias medidas para clarificar diversos procedimientos de gestión en la Seguridad Social, "que supondrán una seguridad jurídica mayor para los ciudadanos"

La Seguridad Social ha ampliado desde el 30 de marzo hasta el 30 de junio el plazo que tienen los autónomos propietarios y directivos con asalariados -los autónomos societarios- para informar a la administración de, entre otros, los siguientes datos: Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte los autónomos; el desempeño del cargo de consejero o administrador o que dé prestación de otros servicios para la sociedad; el porcentaje de la participación en el capital social o el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad o equivalente de los familiares con los que conviva el trabajador autónomo.

Los autónomos societarios también tendrán que informar a la Seguridad Social del número de identificación fiscal del cliente, o de los clientes, de los que dependa económicamente, como fuentes de ingresos. Y también el colegio profesional en el que estén los autónomos en esta situación. Con ello, la administración amplía el control sobre estos empresarios con trabajadores y sobre los profesionales.

Además, en el mismo real decreto se clarifican las condiciones del fraccionamiento en el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y hasta un máximo de 5 años para devolverlas a la Seguridad Social.

También se amplía la obligatoriedad de la domiciliación bancaria en el pago de las cuotas a los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el periodo de inactividad, y para los trabajadores con convenios especiales con la Seguridad Social. "Esto permitirá una mayor seguridad jurídica para estos trabajadores".









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