8 de Julio Expansión
La Audiencia
Nacional ha dictaminado que las retribuciones satisfechas a las entidades
administradoras, así como los gastos por servicios de apoyo a la gestión,
son fiscalmente deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que exista
una previsión en los estatutos de la empresa y se acredite su realidad,
contabilización y correlación con los ingresos.
El fallo
judicial desmonta el criterio de la Administración Tributaria, que había
rechazado la deducción de estos importes. Hacienda argumentaba que las labores
de alta dirección se encuadraban dentro de las funciones inherentes al cargo de
administrador, aplicando de forma estricta la denominada "teoría del
vínculo" para calificar estos desembolsos como no deducibles.
Sin embargo,
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, alineándose
con la doctrina del Tribunal Supremo, determina que la "teoría del
vínculo" no impide la deducción de estos gastos. Según la resolución, el
incumplimiento de ciertos aspectos formales de la legislación mercantil no debe
traducirse de manera automática en una penalización fiscal que impida la
deducibilidad. El tribunal recuerda que el objetivo de dicha normativa
comercial es la protección de los socios, una finalidad que en este supuesto no
se vio comprometida al estar informados de las retribuciones. Al constar la
posibilidad de retribución en los estatutos, y estar los gastos debidamente
acreditados y contabilizados, el tribunal considera que la operación cuenta con
la certeza necesaria y no puede ser calificada como una liberalidad.
Respecto a
los servicios de apoyo a la gestión, el tribunal también da la razón a la
empresa recurrente. La Audiencia Nacional constata que la realidad de estas
prestaciones quedó acreditada mediante un contrato de consultoría y dirección
estratégica, junto a un informe de precios de transferencia. La sentencia
subraya que las tareas desarrolladas —centradas en la definición de la
estrategia empresarial, el marketing y la atención al cliente— son
cualitativamente distintas de las funciones estrictamente propias de un
administrador.
Con esta
resolución, la Audiencia Nacional estima el recurso de la compañía, revoca
la regularización practicada por Hacienda y refuerza la seguridad jurídica de
las empresas en la planificación y deducción de sus gastos de dirección y
gestión corporativa.