El fallo de
la Justicia europea establece que el criterio para considerar una exención
fiscal nacional como prohibida es la "selectividad".
30
de abril Expansión
El Tribunal de
Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó ayer una sentencia crucial (asunto
C-453/23, Prezydent Miasta Mielca) que precisa cuándo una exención fiscal
nacional puede ser considerada una ayuda de Estado prohibida por el Derecho de
la Unión. La clave de esta calificación reside en un criterio fundamental: la
selectividad.
El Tribunal
europeo subraya que, para que una medida fiscal constituya una ayuda de Estado,
debe conferir una ventaja a determinadas empresas o producciones de forma
selectiva. Para evaluar esto, es necesario compararla con el régimen tributario
"normal" del Estado miembro en cuestión.
La sentencia
dictamina que, en principio, una exención fiscal de carácter general y
abstracta, integrada en el régimen tributario normal, no es ayuda de Estado.
Esto se debe a que, al no conferir una ventaja selectiva por regla general se
considera inherente al propio sistema. El TJUE señala que una exención basada
en un criterio neutro que puede beneficiar a un grupo heterogéneo de
operadores, como la exención polaca del impuesto sobre bienes inmuebles para
infraestructura ferroviaria puesta a disposición de transportistas, no parece,
por sí sola, ser selectiva. Además, considera que perseguir objetivos
legítimos, como el medioambiental, puede ser relevante para evaluar la medida.
No obstante, el
Tribunal europeo con sede en Luxemburgo identifica situaciones en las que una
exención aparentemente general sí podría ser selectiva: si forma parte de un
régimen tributario manifiestamente discriminatorio o si los requisitos para
acogerse a ella están indisolublemente vinculados a características específicas
de las empresas beneficiarias.
Es fundamental
destacar que, si bien el Tribunal de Justicia de la Unión Europea proporciona
la interpretación del Derecho de la Unión, la decisión final sobre si la
exención concreta constituye una ayuda de Estado corresponde al órgano
jurisdiccional nacional.