Fecha: 01/04/2026
La
AEAT habilita la prórroga masiva de autorizaciones de despacho aduanero,
permitiendo al apoderado prorrogar poderes mediante declaración responsable.
La
Agencia Tributaria informa de que ha habilitado un nuevo servicio
para la prórroga masiva de autorizaciones de despacho aduanero.
En concreto, se ha habilitado la posibilidad de que el apoderado de
una autorización de despacho aduanero pueda prorrogar los poderes que constan a
su favor mediante la suscripción de una declaración responsable en
la que declara que dichos poderes están vigentes por no haber sido revocados
por el poderdante.
Según la nota
publicada, este nuevo trámite se encuentra disponible en
la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
En general,
duración de las autorizaciones de despacho
Las
autorizaciones de despacho inscritas en el Registro de autorizaciones de
despacho para presentar declaraciones en aduana por cuenta de terceros por
medio de internet tienen un período máximo de vigencia de cinco años para
los poderes inscritos desde el 2 de abril de 2021.
En el caso de
las autorizaciones de despacho otorgadas o recibidas antes
del 2 de abril de 2021, estas pueden ser prorrogadas
sucesivamente por el poderdante por un plazo máximo de cinco años. Si no se
prorrogan, perderán su efectividad el 2 de abril de 2026.
Los
apoderamientos de autorizaciones de despacho se podrán prorrogar de manera
individual, para cada apoderado, en cualquier momento y con el límite
máximo de 5 años de vigencia desde el día que se solicite la prórroga. En el
caso de prórrogas colectivas (varios apoderados al mismo tiempo), esta opción
estará disponible para el poderdante dos meses antes de la caducidad del
apoderamiento. La prórroga se concede automáticamente una vez ha sido
solicitada.
Cómo pueden
prorrogarse los poderes otorgados en una autorización de despacho
Según indica la
Agencia Tributaria, las autorizaciones de despacho pueden ser prorrogadas por
el poderdante a través de la ruta habilitada en la sede
electrónica de la AEAT para la consulta, prórroga y revocación de
autorizaciones de despacho.
También está
disponible una opción para realizar simultáneamente la prórroga de
todos los poderes que vayan a caducar en los próximos dos meses.
Por otra parte,
y como antes se señaló, a mayores se ha habilitado la posibilidad de que el
apoderado pueda prorrogar por sí mismo todos los poderes que constan inscritos
a su favor en autorizaciones de despacho aduanero mediante la suscripción de
una declaración responsable.
Consecuencias
de no prorrogar
La falta de
prórroga dentro del plazo máximo de vigencia determina que las autorizaciones
inscritas en el Registro queden sin efecto. Para las otorgadas
antes del 2 de abril de 2021, el límite es el 2 de abril de 2026;
para las otorgadas en fecha o con posterioridad a esa fecha, el plazo es
de cinco años desde su inscripción.
No obstante,
transcurrido el plazo máximo de vigencia sin haberse prorrogado la autorización
inscrita en el Registro, se podrán seguir presentando declaraciones en aduana
por cuenta de terceros por medio de internet siempre que se utilicen
autorizaciones por operación (para la presentación por internet de una
única declaración aduanera).
Fuente:
Agencia Estatal de Administración Tributaria (01/04/2026).