lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Caso Práctico: Si la empresa reconoce la improcedencia del despido en caso de incapacidad temporal, ¿el despido sería improcedente o nulo?
El despido de un trabajador en baja por incapacidad puede ser nulo si se demuestra discriminación, aunque la empresa reconozca su improcedencia.
El Supremo fija cómo calcular el tope del paro tras perder un empleo parcial
El Tribunal Supremo reitera que, en desempleo total tras perder un trabajo a tiempo parcial, la parcialidad solo se aplica a los topes del paro.
Cooperativas: incapacidad permanente y periodo de prueba tras Ley 1/2026
Novedades de la Ley 1/2026 sobre incapacidad permanente y período de prueba en cooperativas de trabajo asociado.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

El TSXG declara improcedente el despido de un camarero en A Coruña tras presentar su baja médica

4 de Junio Iberley

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Social que declara improcedente el despido de un camarero en A Coruña, ocurrido 40 minutos después de que este presentara su baja médica. La decisión del tribunal permite al trabajador optar entre la readmisión o recibir una indemnización de 408,92 euros, además del salario correspondiente durante el periodo no trabajado si no es readmitido.

El camarero, que comenzó a trabajar en septiembre de 2022 con una jornada de 25 horas semanales, presentó su baja médica el 9 de enero de 2023, siendo despedido poco después por razones disciplinarias. La empresa alegó comportamientos indebidos del trabajador como justificación del despido. Sin embargo, el TSXG sostiene que no existe evidencia de represalia por parte del empleador relacionada con la enfermedad del trabajador, indicando que la decisión de despido ya estaba contemplada previamente.

La STSJ de Galicia n.º 1324/2024, de 14 de marzo de 2024, ECLI:ES:TSJGAL:2024:2018, desestima el recurso de suplicación del trabajador, manteniendo la decisión de improcedencia del despido y rechazando la nulidad del mismo por no encontrarse pruebas de discriminación o represalia por enfermedad.

 









lasasesorias.com
Copyright © 2026

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)