El Instituto
Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha publicado,
en febrero de 2026, la Guía
técnica para la prevención de los riesgos laborales en el servicio del hogar
familiar y el Protocolo
de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar
familiar, ambos elaborados en desarrollo del Real Decreto 893/2024,
de 10 de septiembre.
La guía técnica
se presenta expresamente como instrumento para facilitar la aplicación del
citado real decreto y ofrecer criterios técnicos y orientaciones
prácticas a personas empleadoras, trabajadoras y a quienes desarrollen
funciones preventivas en este ámbito. Por su parte, el protocolo concreta
pautas para prevenir, identificar y actuar ante situaciones de
violencia y acoso en el trabajo doméstico.
Desarrollo
del Real Decreto 893/2024
La documentación
publicada recuerda que el Real Decreto 893/2024 reconoció expresamente el
derecho de las personas trabajadoras del hogar a una protección eficaz
frente a los riesgos laborales, adaptada a las particularidades del hogar
familiar. En ese marco, la guía y el protocolo dan contenido práctico a las
previsiones de sus disposiciones adicionales.
La guía indica
que el trabajo doméstico presenta rasgos específicos, entre ellos su elevada
feminización y la importante presencia de trabajadoras de origen
extranjero, y subraya la incidencia de riesgos como los trastornos
musculoesqueléticos, los problemas de salud mental o la exposición a violencia
y acoso.
Qué aporta la
guía técnica del INSST
La guía
técnica desarrolla y comenta el articulado del Real Decreto 893/2024,
con orientaciones sobre evaluación de riesgos, adopción de medidas
preventivas, equipos de trabajo y de protección individual, información y
formación, riesgo grave e inminente, organización de la actividad preventiva y
vigilancia de la salud.
Además,
incorpora apéndices específicos sobre riesgos generales, tareas
de limpieza y cocina, otras tareas —como cuidado de
personas, jardinería, trato con mascotas o conducción— y movilización
de personas en el hogar familiar.
Entre otros
aspectos, la publicación insiste en que la persona empleadora debe realizar
una evaluación inicial de riesgos, revisarla cuando cambien las
condiciones de trabajo o se produzcan daños, y documentar por escrito las
medidas preventivas adoptadas, entregando copia a la persona trabajadora.
La guía también
recuerda el apoyo de la herramienta gratuita Prevencion10.es para
facilitar la identificación y evaluación de riesgos en el servicio del hogar
familiar, así como la existencia de formación preventiva a través de la Fundación
Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae), salvo en supuestos de
riesgos excepcionales.
Protocolo
frente a violencia y acoso
El protocolo
de actuación se dicta en cumplimiento de la disposición adicional
segunda del Real Decreto 893/2024 y se dirige a personas empleadoras y
trabajadoras del servicio del hogar familiar. Su finalidad es ofrecer pautas
para la prevención y para la respuesta frente a
conductas de violencia y acoso.
El documento
precisa que la protección alcanza a todas las personas que prestan
servicios en el ámbito del hogar familiar, cualquiera que sea la duración o
tipo de contrato, si el trabajo se realiza como personal interno o externo y
con independencia del lugar en que se presten los servicios vinculados al
trabajo.
Asimismo,
extiende esa protección al domicilio, a otros lugares a los que se acuda por
razón del trabajo, a los desplazamientos y a las comunicaciones
presenciales o digitales relacionadas con la actividad laboral.
El protocolo
describe distintas manifestaciones de violencia y acoso, incluido
el acoso sexual, el acoso por razón de sexo y el
acoso por razón de origen racial o étnico, nacionalidad, identidad u
orientación sexual, expresión de género o características sexuales.
Canales de
actuación y medidas de protección
En caso de
violencia o acoso, el protocolo contempla la posibilidad de acudir a un procedimiento
interno ante la persona empleadora —o la persona de su entorno
personal o familiar directo en quien delegue, cuando proceda— y también
la denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).
Entre las
medidas de protección inmediatas, el texto destaca la necesidad de evitar
la coincidencia entre la víctima y la presunta persona agresora,
adoptar actuaciones para detener la conducta y facilitar el acceso de la
persona trabajadora a recursos médicos, psicológicos, policiales o de
asesoramiento jurídico cuando resulte necesario.
También recuerda
que, si la situación supone un riesgo grave e inminente para
la vida o la salud, la persona trabajadora puede interrumpir su
actividad y abandonar el domicilio, sin que ello se considere dimisión ni
pueda ser causa de despido.
Modelos y
recursos prácticos
El protocolo
incorpora un modelo de compromiso con la tolerancia cero frente
a la violencia y el acoso, un formulario de denuncia interna y
el formulario de denuncia ante la ITSS. También reúne recursos de
apoyo como los servicios 016, 021 y 028,
además de referencias a atención sanitaria, orientación jurídica y justicia
gratuita.
Impacto
práctico
La publicación
conjunta de ambos documentos refuerza la aplicación del marco preventivo
del servicio del hogar familiar y ofrece pautas concretas para
cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud. Para personas
empleadoras y trabajadoras, supone contar con herramientas técnicas y
modelos de actuación especialmente relevantes en la evaluación de
riesgos y en la prevención y respuesta frente a la violencia y el acoso. No
obstante, en la práctica, existe el riesgo de que estas guías queden como
instrumentos bien elaborados pero de uso marginal, conocidos solo por
especialistas en prevención o por la propia Administración. Si no se acompaña
su publicación de campañas de divulgación sencillas, en lenguaje claro y
en varios idiomas, modelos realmente simplificados y operativos para el hogar
común y un refuerzo efectivo de la Inspección de Trabajo y de los canales
de denuncia y asesoramiento, la mejora normativa puede quedarse en un
cumplimiento meramente formal, sin transformar de verdad las condiciones de
trabajo en el hogar familiar.