Fecha última
revisión: 18/02/2026
Resumen:
Ejemplo práctico
de redacción de cartas de extinción de empleada de hogar según art. 11.2 del RD
1620/2011 y consecuencias de errores formales.
PLANTEAMIENTO
Doña Carmen
tiene contratada desde el 1 de marzo de 2020 a doña Elena como empleada de
hogar externa, 30 horas semanales, para limpieza y apoyo en el cuidado de dos
hijos menores, con salario mensual de 900 euros en 12 pagas. La relación está
correctamente formalizada y de alta en el Sistema Especial de Empleados de
Hogar.
En 2025
concurren distintas situaciones que llevan a Doña Carmen a plantearse la
extinción del contrato y a pedir asesoramiento sobre cómo redactar
correctamente la carta, sabiendo que, tras la reforma operada por el RDL
16/2022 en el art. 11 del RD 1620/2011, ya no existe el desistimiento libre y
debe justificar una de las causas específicas con indemnización reducida, o
acudir al régimen general de despido del ET:
- Escenario A (disminución de ingresos e incremento
de gastos): el esposo de Carmen pierde su empleo indefinido a jornada
completa en septiembre de 2025 y pasa a percibir únicamente prestación por
desempleo. Además, en octubre de 2025 se produce una avería grave en la
vivienda (humedades estructurales) que obliga a asumir un coste
extraordinario de reparación de 18.000 euros en varios meses.
- Escenario B (modificación sustancial de necesidades
de la unidad familiar): en enero de 2026 los dos hijos empiezan a acudir a
jornada completa al comedor del colegio y a actividades extraescolares
hasta las 18:00 horas, de forma estable, lo que reduce notablemente la
necesidad de cuidado en el domicilio. Paralelamente, se contrata un
servicio de limpieza semanal con una empresa externa por 2 horas/semana.
- Escenario C (pérdida de confianza): Carmen detecta,
mediante comprobación de recibos y conversación con una vecina, que Elena
ha estado utilizando de forma reiterada la tarjeta de puntos del
supermercado de la familia para canjear descuentos y productos para sí
misma sin autorización, y ha comentado en el portal detalles de
discusiones de pareja ocurridas en el domicilio. No existen hurtos ni
agresiones, pero Carmen considera quebrada la confianza.
- Escenario D (defectos formales): en un primer
intento apresurado, Carmen entrega a Elena un WhatsApp indicándole
simplemente «no podemos seguir contando contigo a partir del mes que
viene» sin carta escrita, sin expresión de causa y sin poner a disposición
indemnización alguna, pretendiendo «arreglarlo» en metálico el último día.
Carmen quiere
saber, de forma práctica y concreta, cómo debe redactar la carta de
extinción en cada uno de los escenarios A, B y C para ajustarse al art. 11.2
del RD 1620/2011 (con indemnización de 12 días/año), y qué ocurriría
jurídicamente si mantiene el proceder del escenario D. Desea ejemplos de
fórmulas de redacción y advertencias sobre los errores más habituales.
RESPUESTA
En los
escenarios A, B y C la carta debe redactarse como extinción al amparo del art.
11.2 del RD 1620/2011, indicando de forma clara y detallada la causa específica
(disminución de ingresos/incremento de gastos; modificación sustancial de
necesidades; pérdida de confianza), fijando la fecha de efectos, respetando el
preaviso (7 o 20 días) y poniendo simultáneamente a disposición la
indemnización de 12 días de salario por año de servicio (límite 6 mensualidades).
En el escenario D, la falta de carta escrita y de puesta a disposición de la
indemnización desplaza el régimen al despido del ET, con alto riesgo de calificación de improcedencia e
indemnización de 33 días/año.
1. Requisitos
formales comunes de la carta (art. 11.2 y 11.3 del RD 1620/2011)
Con
independencia de la causa concreta (letras a), b) o c) del art. 11.2 RD
1620/2011), la carta de extinción en el servicio del hogar debe cumplir SIEMPRE
los siguientes requisitos:
- Forma escrita: comunicación por escrito, con
fecha y firma de la persona empleadora.
- Identificación de las partes: nombre y
apellidos de empleadora y trabajadora, domicilio donde se presta el
servicio, fecha de inicio del contrato.
- Expresión clara e inequívoca de la voluntad
extintiva: debe constar que se da por finalizada la relación laboral.
- Concreción de la causa: debe indicarse
expresa y detalladamente si concurre:
- Disminución de ingresos o incremento de gastos
por circunstancia sobrevenida (letra a).
- Modificación sustancial de las necesidades de
la unidad familiar (letra b).
- Comportamiento de la trabajadora que fundamenta
razonable y proporcionadamente la pérdida de confianza (letra
c).
- Fecha de efectos: determinación de la fecha
final de la relación, respetando el preaviso:
- 20 días si la antigüedad supera 1 año.
- 7 días en los demás casos.
- Puesta a disposición simultánea de la
indemnización: 12 días de salario por año de servicio, con el límite
de 6 mensualidades, calculada sobre la retribución total (incluida
prorrata de pagas extra y, en su caso, manutención/alojamiento).
- Oferta de licencia de 6 horas semanales durante
el preaviso para búsqueda de empleo (si la jornada es a tiempo
completo).
- Conservación de justificante: copia firmada
por la trabajadora «a efectos de recepción» o burofax con acuse de recibo.
El art.
11.3 del RD 1620/2011 establece que, si se incumplen la forma escrita
o la puesta a disposición de la indemnización, se presume que se ha
optado por el régimen del despido del ET, con las consecuencias
indemnizatorias correspondientes (33 días/año por improcedencia, según doctrina
fijada, entre otras, por la STS n.º 720/2024, de 22 de mayo,
ECLI:ES:TS:2024:2899).
2. Escenario A:
carta por disminución de ingresos / incremento de gastos [art. 11.2.a) del RD
1620/2011]
Supuesto:
despido objetivo específico por pérdida del empleo del esposo y gastos
extraordinarios de reparación.
Redacción
orientativa de la carta (adaptable al formulario genérico):
«D.ª Carmen
[apellidos], con DNI [NÚM.], empleadora en el hogar sito en [domicilio], en
[localidad],
En
[LOCALIDADA], a [fecha de la carta]
A la atención
de D.ª Elena [apellidos], empleada de hogar, DNI [NÚM].
Muy señora
mía:
Por medio de
la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 11.2.a) del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, y en el art.
49 del Estatuto de los Trabajadores, vengo a comunicarle mi
decisión de extinguir la relación laboral que nos une desde el
día 1 de marzo de 2020, con efectos de [FECHA], por la
siguiente causa:
- Disminución de los ingresos de la unidad
familiar e incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.
En concreto:
- En fecha [FECHA] de septiembre
de 2025, mi esposo, D. [NOMBRE], ha visto extinguido su contrato
indefinido, pasando a percibir exclusivamente la prestación por
desempleo, con una reducción significativa de los ingresos mensuales del
hogar.
- Asimismo, en fecha [FECHA] de
octubre de 2025 se ha producido una avería estructural grave en la
vivienda (humedades en forjado y cubierta), que obliga a acometer obras
de reparación con un presupuesto total de 18.000 euros, a satisfacer en
varios pagos durante los próximos meses, como se acredita en los
presupuestos y facturas adjuntos.
- La combinación de ambos
factores hace económicamente inviable mantener el coste salarial y de
cotización derivado de su puesto de trabajo en las condiciones
actuales.»
Simultáneamente
a la entrega de esta comunicación, pongo a su disposición la indemnización
legal de [CANTIDAD] euros, equivalente a 12 días de
salario por año de servicio, con el límite de seis mensualidades, calculada
sobre su salario mensual de 900 euros en 12 pagas.
Habiendo
superado usted un año de servicios, se le concede un preaviso de 20
días, por lo que la fecha de efectos será el día [FECHA], computado desde
la recepción de esta carta. Durante dicho periodo y mientras se mantenga la
jornada completa, podrá disfrutar, si así lo solicita, de una licencia
retribuida de seis horas semanales para la búsqueda de un nuevo
empleo.
Le ruego
firme la copia adjunta de esta carta a los solos efectos de acreditar su
recepción, sin que ello suponga aceptación del contenido.
Atentamente,
[FIRMA]
Persona
empleadora».
Advertencias
prácticas:
- Acompañar, si es posible, documentación
económica (carta de despido del esposo, certificados de
prestación, presupuestos/facturas de obras) que prueben la disminución de
ingresos/incremento de gastos.
- Evitar fórmulas genéricas del tipo «no podemos
seguir contando con sus servicios» sin concretar los elementos económicos.
- Calcular con precisión la indemnización (salario
diario x 12 días x años), y entregar justificante de pago.
3. Escenario B:
carta por modificación sustancial de las necesidades familiares [art. 11.2.b)
del RD 1620/2011]
Supuesto:
reducción real y estable de la necesidad de cuidado en el domicilio y
externalización parcial de la limpieza.
Redacción
orientativa:
«D.ª Carmen
[APELLIDOS], con DNI [NÚM.], empleadora en el hogar sito en [domicilio], en
[localidad],
En
[LOCALIDAD], a [FECHA].
A la atención
de D.ª Elena [APELLIDOS], empleada de hogar, DNI [NÚM.].
Muy señora
mía:
Por medio de
la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 11.2.b) del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, y en el art.
49 del Estatuto de los Trabajadores, le comunico mi decisión
de extinguir su contrato de trabajo con efectos de [fecha],
por la siguiente modificación sustancial de las necesidades de la
unidad familiar:
- Desde el mes de enero de 2026, mis dos hijos
menores, D. [NOMBRE] y D. [NOMBRE], han pasado a utilizar el servicio de
comedor escolar y actividades extraescolares hasta las 18:00 horas, de
forma indefinida, lo que implica que la necesidad de cuidado en
el domicilio en horario de tarde ha desaparecido casi por completo.
- Asimismo, a partir de [mes/año] he contratado
un servicio de limpieza semanal con la empresa [NOMBRE],
por 2 horas/semana, que cubre las tareas básicas de limpieza general de
la vivienda.
- En estas circunstancias, la carga de
trabajo doméstico y de cuidado que justificó la contratación
inicial de un puesto de 30 horas semanales se ha visto reducida de manera
relevante y estable, de forma que la unidad familiar ya no precisa sus
servicios en el volumen actual.
En
consecuencia, y al amparo del art. 11.2.b) citado, procedo a la extinción de la
relación laboral.
Simultáneamente
a la entrega de esta carta, pongo a su disposición la indemnización
legal de [importe] euros, equivalente a 12 días de
salario por año de servicio, con el límite de seis mensualidades.
Dado que su
antigüedad supera el año, se fija un preaviso de 20 días, por lo
que la fecha de efectos será el día [FECHA]. Durante el periodo de preaviso,
manteniendo su jornada completa, podrá disfrutar, si así lo solicita, de
una licencia retribuida de seis horas semanales para la
búsqueda de empleo.
Le ruego
firme la copia para acreditar la recepción.
[FIRMA]
Persona
empleadora».
Advertencias
prácticas:
- Es esencial que la modificación de necesidades
sea real, objetiva y estable (no un cambio puntual).
- Conviene poder acreditar el cambio (certificados
escolares, contrato con empresa de limpieza, etc.) en caso de impugnación.
- No debe utilizarse esta causa como «pantalla» para
encubrir motivos disciplinarios o discriminatorios (edad, enfermedad,
embarazo, etc.), pues podría derivar en despido nulo.
4. Escenario C:
carta por pérdida de confianza [art. 11.2.c) del RD 1620/2011]
Supuesto:
uso reiterado sin autorización de la tarjeta de puntos del supermercado y
difusión de intimidad familiar.
Redacción
orientativa:
«D.ª Carmen
[APELLIDOS], con DNI [NÚM.], empleadora en el hogar sito en [domicilio], en
[localidad],
En
[LOCALIDAD], a [FECHA].
A la atención
de D.ª Elena [APELLIDOS], empleada de hogar, DNI [NÚM.].
Muy señora
mía:Por medio de la presente, y de conformidad con lo dispuesto en el art.
11.2.c) del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, y en el art.
49 del Estatuto de los Trabajadores, le comunico mi decisión
de extinguir la relación laboral que nos une desde el 1 de
marzo de 2020, con efectos de [FECHA], por pérdida de
confianza, basada en los siguientes hechos:
- En diversas ocasiones, y al menos desde el mes
de [MES] de 2025, usted ha utilizado sin autorización la
tarjeta de puntos del supermercado [NOMBRE], de titularidad de esta
familia, para canjear descuentos y productos en su propio beneficio,
conducta confirmada por los extractos de la tarjeta y las manifestaciones
de la empleada de caja/vecina D.ª [NOMBRE].
- Además, he tenido conocimiento, a través de la
vecina D.ª [NOMBRE], de que usted ha comentado a terceros detalles
de discusiones íntimas mantenidas en el domicilio entre mi marido y yo,
vulnerando la confidencialidad y reserva que se espera
en una relación de servicio del hogar familiar.»
Estos
comportamientos, valorados en conjunto, quiebran la confianza necesaria
para mantener una relación laboral de especial proximidad e intimidad como es
el servicio del hogar familiar, fundamentando de manera razonable y
proporcionada la pérdida de confianza a que se refiere el art. 11.2.c) del RD
1620/2011.
Simultáneamente
a la entrega de esta carta, pongo a su disposición la indemnización de [importe] euros,
equivalente a 12 días de salario por año de servicio, con el límite de seis
mensualidades.
Se le concede
un preaviso de 20 días, con fecha de efectos el día [FECHA].
Le ruego
firme la copia adjunta a efectos de recepción.
Atentamente,
[FIRMA]
Persona
empleadora».
Advertencias
prácticas:
- La pérdida de confianza debe basarse en hechos
concretos y comprobables, no en apreciaciones genéricas.
- Es recomendable conservar prueba documental
y testifical (extractos de tarjeta, testigos, mensajes, etc.)
ante una eventual demanda, siguiendo la lógica de la reciente doctrina
(por ejemplo, STSJ Madrid n.º 577/2024, de 12 de septiembre, sobre pérdida
de confianza en empleadas de hogar).
- Si los hechos constituyeran un incumplimiento
muy grave (hurtos, agresiones, etc.), podría valorarse el despido
disciplinario al amparo del ET, sin indemnización, aplicando la remisión del
art. 11 RD 1620/2011 a la normativa común.
5. Escenario D:
consecuencias de la falta de carta escrita y de indemnización (desplazamiento
al ET)
Supuesto:
comunicación por WhatsApp genérico, sin causa, sin carta, sin
indemnización puesta a disposición.
Conforme
al art. 11.3 RD 1620/2011:
«De
incumplirse los requisitos relativos a la forma escrita de la comunicación de
extinción o la puesta a disposición de la indemnización [...] se presumirá que
la persona empleadora ha optado por la aplicación del régimen extintivo
del despido regulado en el ET. Esta presunción no resultará aplicable por
la no concesión del preaviso o el error excusable en el cálculo de la
indemnización.»
En la práctica,
esto supone que:
- La extinción se califica como despido sujeto
al ET (arts. 54 a 56), no como extinción específica
del art. 11.2.
- Si no se acredita una causa disciplinaria u
objetiva suficiente, o se han vulnerado las formas (sin carta, sin
fechas, sin hechos), el despido será improcedente y la
indemnización será de 33 días de salario por año (límite
24 mensualidades), calculada sobre el salario real, según la doctrina
unificada (STS 720/2024, entre otras).
- El WhatsApp genérico no
cumple el requisito de «comunicación por escrito con expresión de la
causa» exigido por el art. 11.2, y la falta de indemnización simultánea
activa la presunción del art. 11.3.
Por tanto, si
Carmen mantiene el proceder del escenario D y Elena demanda, lo más probable es
que:
- Se declare improcedente el
despido.
- Se condene a Carmen a abonar la indemnización de 33
días/año (muy superior a los 12 días/año), o, en teoría, a readmitir
(opción que en la práctica suele descartarse en el hogar familiar).
6. Errores
frecuentes y pautas finales
Errores
habituales en la práctica:
- No indicar ninguna causa («despido sin más»).
- Utilizar causas genéricas («motivos personales»,
«pérdida de confianza» sin hechos).
- No entregar la indemnización de 12 días/año en el
mismo acto de la carta.
- No respetar el preaviso de 7 o 20 días, ni ofrecer
su compensación económica.
- Comunicar el cese solo por vía verbal o mensajería
instantánea, sin documento firmado o burofax.
Pautas
prácticas:
- Utilizar un modelo base adaptando
el cuerpo central a la causa concreta (a, b o c del art. 11.2).
- Describir los hechos con fechas, importes y
cambios objetivos, evitando fórmulas vagas.
- Preparar y entregar en el mismo acto:
- Carta firmada en duplicado.
- Justificante de pago de indemnización (recibo,
transferencia).
- Liquidación/finiquito (salarios pendientes,
vacaciones, pagas extra prorrateadas).
- Conservar siempre una copia firmada por
la trabajadora «recibí» o acreditar el envío por burofax con
certificación de contenido.
De este modo,
Carmen minimizará el riesgo de impugnación exitosa y, en caso de demanda,
contará con una base sólida para defender la procedencia de la extinción con
indemnización de 12 días por año conforme al art. 11.2 del RD 1620/2011.