lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


El Tribunal Supremo anula una suspensión de empleo y sueldo por dejar su fecha de cumplimiento a la voluntad unilateral de la empresa
El TS anula sanción de suspensión de empleo y sueldo por dejar su cumplimiento a decisión unilateral de la empresa, exigiendo fecha objetiva y seguridad jurídica.
El TS fija doctrina sobre el cálculo de rentas exentas en subsidio por desempleo tras despido colectivo pactado
El alto tribunal determina que solo la indemnización legal mínima queda exenta del cómputo de rentas, computando los importes superiores negociados colectivamente.
El Supremo reconoce el derecho de trabajadores de ETT a mejoras voluntarias en incapacidad temporal de las empresas usuarias
Los trabajadores contratados por ETT y puestos a disposición de empresas usuarias podrán reclamar las mismas mejoras voluntarias reconocidas en los convenios colectivos en caso de incapacidad temporal, siempre y cuando realicen iguales funciones en iguales condiciones.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Caso práctico: ¿Qué diferencia hay entre la cuota reducida para autónomos mayores de 65 años y la cuota de solidaridad?

Las diferencias clave entre la cuota reducida para autónomos mayores de 65 años y la cuota de solidaridad según la LGSS. Información esencial para autónomos.

03/09/2024 IBERLEY

PLANTEAMIENTO

¿Qué diferencia hay entre la cuota reducida para autónomos mayores de 65 años y la cuota de solidaridad?

RESPUESTA

La cuota de solidaridad (art. 310 de la LGSS) se establece para los caso de jubilación activa compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta propia (art. 214 de la LGSS) mientras la exoneración de cuotas a la Seguridad Social a partir de la edad de jubilación (art. 311 de la LGSS) se aplica a la jubilación demorada (una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación se prolonga la vida laboral con beneficios en la prestación de jubilación futura). 

La cuota de solidaridad es superior a la cuota reducida por jubilación demorada.










lasasesorias.com
Copyright © 2025

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)