lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


Ley 2/2026: Claves de la reforma de las mutualidades y la nueva pasarela al RETA
La Ley 2/2026 eleva prestaciones y cuotas, refuerza el control y permite transferir al RETA derechos acumulados en mutualidades alternativas.
Nuevo plazo de seis días para comunicar bajas y variaciones a la TGSS (BNR 10/2026)
Tras la publicación del RD 643/2026, que amplía a seis días naturales el plazo para comunicar bajas y variaciones, el BNR 10/2026 de la TGSS informa sobre los aspectos clave del nuevo plazo.
La DGT aclara que el IBI pagado durante años por un inmueble heredado no es deducible para calcular la ganancia en IRPF por venta
La DGT aclara que el IBI pagado durante la titularidad de un inmueble heredado no reduce la ganancia patrimonial por su venta.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Caso práctico: ¿El incumplimiento del registro de jornada puede implicar que la empresa deba pagar las horas extras reclamadas?

La falta de registro de jornada puede implicar que la empresa deba pagar horas extras, pero depende de los indicios presentados por el trabajador.

03/10/2024 Iberley

PLANTEAMIENTO

Si no hay registro de jornada, ¿la empresa deberá pagar la horas extras reclamadas por la persona trabajadora obligatoriamente?

RESPUESTA

En el contexto del derecho laboral español, la empresa está obligada a llevar un registro diario de la jornada laboral de sus trabajadores, tal como establece el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores

Por lo tanto, si no hay un registro de jornada, la empresa deberá pagar las horas extras reclamadas si el trabajador puede aportar algún indicio de su realización (STSJ de las Is. Canarias n.º 672/2023, de 11 de mayo del 2023, ECLI:ES:TSJICAN:2023:1414 y STSJ Madrid, n.º 454/2023, de 19 de mayo del 2023, ECLI:ES:TSJM:2023:6684). La carga de la prueba se traslada a la empresa, que deberá demostrar que las horas extras no se realizaron o que fueron debidamente compensadas.

 









lasasesorias.com
Copyright © 2026

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)