La Comisión
Europea lleva a la Justicia comunitaria la negativa del Gobierno a trasponer la
Directiva sobre el IVA franquiciado para los trabajadores por cuenta propia
tras la denuncia de ATA. El Ejecutivo pide sanciones para España.
11
MAR. 2026 Expansión
La Comisión
Europea ha decidido hoy dejar en manos de la Justicia comunitaria
la decisión de España de no trasponer por completo la Directiva que
permitiría a los autónomos con bajos ingresos -presumiblemente, menos
de 85.000 euros al año- dejar de retener y devengar IVA al Fisco.
En un comunicado
difundido este miércoles, el Ejecutivo de Ursula von
der Leyen afirma que "España ha indicado que no tiene
intención de aplicar la exención del IVA a las pymes establecida en la
Directiva, dado que su aplicación es opcional para los Estados miembros. Si
bien esto es posible, se espera que España transponga las disposiciones que
permiten a las pymes establecidas en España aplicar el régimen de exención en
otros Estados miembros. Para que una pyme establecida en España obtenga la
exención en cualquier otro lugar de la UE, primero debe registrarse ante las
autoridades españolas".
La decisión se
produce después de la denuncia que presentó a mediados de diciembre la Federación
Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), y
en medio de la polémica negativa del Ministerio de Hacienda que dirige María
Jesús Montero de aplicar este beneficio fiscal para los autónomos, que
supondría un ahorro estimado de 500 millones de euros para los trabajadores por
cuenta propia con menores ingresos.
"La falta
de transposición por parte de España de las disposiciones sobre el lugar de
prestación conlleva el riesgo de doble imposición o de no imposición, ya
que los otros 26 Estados miembros han transpuesto la Directiva y
aplicarán normas diferentes", argumentan desde la Comisión, añadiendo
que "la falta de transposición de las medidas relativas al régimen
especial del IVA para bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de
colección y antigüedades también puede causar distorsiones de la
competencia".
Según relatan
desde Bruselas, la Comisión envió dos cartas de requerimiento al
Gobierno tanto el 31 de enero de 2025 como el 17 de julio del año
pasado. Sin embargo, recuerdan, "España aún no ha notificado la
transposición de ambas Directivas a su legislación nacional. Es el
único Estado miembro que no lo ha hecho".
Por ello, el
Ejecutivo comunitario ha decidido llevar a España ante el Tribunal de
Justicia de la Unión Europea (TJUE), en calidad de demandante y solicitando
"la imposición de sanciones financieras al país".
Único país
sin aprobar un régimen de IVA franquiciado
España es el
único país de la UE que no ha puesto en marcha un sistema de IVA franquiciado
para autónomos tras la entrada en vigor de la Directiva que regula
este asunto, a pesar de los requerimientos de la Comisión y de las quejas del
colectivo de trabajadores por cuenta propia.
La entrada en
vigor del IVA franquiciado supondría que todos los autónomos persona
física que decidieran voluntariamente incorporarse al régimen no
tendrían que retener ni devengar a Hacienda trimestralmente el IVA de sus
ventas, siempre y cuando su facturación anual no supere un
límite que las asociaciones proponen fijar en 85.000 euros. Sin
embargo, tampoco podrían deducir el IVA de sus gastos, por lo que,
"dependiendo de la actividad a la que se dediquen, podría no suponer una
ventaja", señalan los asesores fiscales a EXPANSIÓN.
Sin embargo,
este límite podría variar y ser incluso más reducido, como ocurre en otros
Estados miembros. Por ejemplo, Alemania y Bélgica permiten a
sus autónomos no retener IVA si facturan menos de 25.000 euros anuales; Países
Bajos, si no alcanzan los 20.000 euros de ingresos al año; o Portugal,
si no llegan a los 15.000 euros de facturación bruta.
Sólo por las
ventas en otros países de la UE con IVA franquiciado
Fuentes del
Ministerio de Hacienda señalan que la reclamación de la Comisión Europea podría
resolverse mediante una enmienda a la Directiva DAC-8 que en este
momento se encuentra en tramitación parlamentaria, y que permitiría a los
autónomos y pymes aplicar la exención del IVA, pero sólo en los Estados
miembros que sí hayan aprobado el régimen de IVA franquiciado.
Según la
enmienda, presentada por el grupo parlamentario socialista en el Congreso de
los Diputados, "los empresarios o profesionales establecidos en el
territorio español de aplicación del Impuesto que deseen acogerse al régimen de
franquicia en otro Estado miembro donde no se encuentren establecidos podrán
optar por su aplicación siempre que su volumen anual de operaciones en
la UE no exceda de 100.000 euros", y también estaría limitada por los
topes impuestos en cada país.
Si la Cámara
Baja votase a favor, fuentes del colectivo consultadas por EXPANSIÓN consideran
que el recorrido para que la Comisión forzase al Gobierno a aplicar un
régimen de IVA franquiciado para los autónomos dentro del territorio nacional
sería reducido, si bien seguirá siendo una de las principales reclamaciones
de las y también una de las propuestas que el PP ha planteado en caso de llegar
al Gobierno.