El boletín
Noticias RED n.º 06/2026, de 27 de abril de 2026, informa de varias
novedades operativas en el ámbito de la Seguridad Social y del Sistema RED.
Entre ellas, detalla los efectos de la Ley 1/2026, de 8 de abril,
en materia de empresas de inserción y bonificaciones, la regularización
administrativa extraordinaria prevista en el Real Decreto
316/2026, de 14 de abril, la gestión de la prestación por nacimiento y
cuidado de menor a través de TUSS Representantes y la futura
entrada en funcionamiento de la versión 5.0 del Fichero INSS Empresas
(FIE).
Contrato para la
transición al empleo ordinario en empresas de inserción
El boletín
explica que la Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la
economía social, en vigor desde el 10-04-2026, modifica
la Ley 44/2007, de 13 de diciembre. En concreto, deroga el
contrato temporal de fomento del empleo del artículo 15 y regula
un nuevo contrato para la transición al empleo ordinario en
el artículo 12.
Además, recuerda
el régimen transitorio previsto en la disposición transitoria cuarta: los
contratos vigentes a la entrada en vigor de la ley siguen sometidos a
la normativa vigente en el momento de su celebración.
Respecto de la
identificación en el sistema, los contratos celebrados desde el 10-04-2026
utilizarán los mismos códigos que venían empleándose para el contrato temporal
de fomento del empleo, ahora con nueva denominación: 452, para
tiempo completo, y 552, para tiempo parcial. El boletín precisa
también que los contratos 452 y 552 cuya fecha de inicio sea anterior al
10-04-2026 continuarán rigiéndose por la normativa anterior, pese al cambio de
denominación de los códigos.
Contrato para la transición al empleo ordinario (empresas de
inserción)
Bonificaciones y
nuevas claves de afiliación en el RDL 1/2023
El boletín
recoge también la modificación del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de
enero. Por un lado, se modifica el artículo 11.3 para
aclarar que las exclusiones previstas en el apartado anterior no se
aplicarán a las personas trabajadoras con discapacidad que presentan
mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo ni a las personas
en riesgo o situación de exclusión social, en los términos vinculados a los
grupos del artículo 6.c) y d).
Por otro lado,
se incorpora un nuevo apartado 3 en el artículo 20, relativo a la
bonificación por la contratación de personas trabajadoras mediante el contrato
de transición al empleo ordinario previsto en la Ley 44/2007. La bonificación
será de 73 euros al mes durante tres años, o de 147 euros
al mes durante tres años cuando la contratación se realice con
personas menores de treinta años o con personas menores de treinta y cinco años
con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Para aplicar
estas bonificaciones será necesaria la acreditación de factores de
vulnerabilidad y/o exclusión social por los servicios sociales u
órgano público competente. El boletín añade que se deroga la
disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 1/2023, cuyo contenido
pasa a integrarse en el nuevo artículo 20.3.
En el ámbito de
afiliación, la identificación de las altas a las que resulte de aplicación el
artículo 20.3 se realizará con los valores P y Q del
campo EXCLUIDO SOCIAL. Además, se fijan las condiciones para la aplicación de
las bonificaciones: tipo de contrato 452 o 552, condición de desempleo 1,
sistema especial distinto de 34 y expediente CASIA con contenido. El boletín
prevé también la posibilidad de corregir determinados supuestos cuando el SEPE
informe que la persona no figura inscrita en los servicios públicos de empleo,
así como la identificación mediante TPC 16, fracción cuota 01 y los
colectivos incentivados 1333, 1334 y 1335.
Junto a ello, se
recuerda que las empresas de inserción también podrán acceder a las
bonificaciones previstas para empresas ordinarias por contratación indefinida
de personas en riesgo o situación de exclusión social del artículo 20.1
del RDL 1/2023, con comunicación del valor N en el campo
EXCLUIDO SOCIAL y el cumplimiento de los requisitos indicados en el boletín.
En cuanto a la
implantación, se anuncia que próximamente se habilitarán los
nuevos valores P y Q y que, una vez operativos, dejarán de admitirse
determinados valores anteriores en función del tipo de contrato y de la fecha
de inicio de la relación laboral, cuando esta sea igual o posterior al
10-04-2026.
Regularización
administrativa extraordinaria y asignación automática del NSS
Sobre la regularización
administrativa extraordinaria del Real Decreto 316/2026, de 14
de abril, el boletín informa de que el Número de la Seguridad
Social (NSS/NAF) se asignará automáticamente durante
la tramitación de las solicitudes.
La asignación
será centralizada y se notificará a la persona interesada, por
lo que no será necesario acudir a una Administración de la TGSS para
solicitar el número de forma presencial ni presentar una solicitud específica.
Asimismo, se
recuerda que, una vez admitida a trámite la solicitud y hasta que se resuelva
el procedimiento, el real decreto prevé una autorización provisional
para residir y, si la persona está en edad laboral, para trabajar por cuenta
ajena y propia en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación
o sector de actividad. Si se inicia una actividad laboral y se cumplen los
requisitos legales, las altas en la Seguridad Social podrán tramitarse por los
canales habituales. El NSS asignado podrá consultarse a través del
servicio Consulta de NAF por IPF en la Oficina Virtual del
Sistema RED.
Regularización inmigrantes 2026
TUSS
Representantes y prestación por nacimiento y cuidado de menor
El boletín
recuerda a empresas y usuarios del Sistema RED que las prestaciones por nacimiento
y cuidado de menor pueden solicitarse en nombre de las personas
trabajadoras mediante el aplicativo TUSS Representantes.
Para ello, basta
con que la persona trabajadora autorice la representación mediante un
SMS. Esta funcionalidad no se limita a la solicitud inicial, sino que
permite también gestionar los períodos sucesivos de la
prestación.
Según el
boletín, esta vía permite una gestión más ágil, ya que el usuario del Sistema
RED puede comunicar la suspensión del contrato mediante RECEMA e,
inmediatamente después, formalizar la solicitud de la prestación. Con ello se
reducen incoherencias entre los datos comunicados por empresa y persona
trabajadora, se favorece la correcta conciliación en la liquidación de los
seguros sociales y se minimizan incidencias en la cotización. También se
subraya que la automatización del trámite facilita el acceso y cobro de la
prestación, siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos.
Prestación por nacimiento y cuidado de menor
Nueva versión
5.0 del Fichero INSS Empresas
El INSS informa
en el boletín de que está desarrollando la nueva versión 5.0 del
Fichero INSS Empresas (FIE), que entrará en funcionamiento el 16 de
junio de 2026. Desde esa fecha, los ficheros recibidos a través de SILTRA y
los descargados mediante el servicio FIER del Sistema RED
Online se ajustarán al nuevo diseño de registro.
La versión 5.0
introduce cambios en la estructura del fichero para mejorar la organización y
claridad de la información e incorpora dos nuevos segmentos: ITP,
para procesos de incapacidad temporal por contingencias profesionales, e ITB,
para la información específica de la base reguladora del proceso de IT.
Entre las
principales novedades, el segmento DIT no presenta
variaciones. En el segmento IT2, dejan de informarse los campos
fecha AT/EP, tipo de accidente y tipo de asistencia, que pasan al nuevo
segmento ITP, y también se trasladan al nuevo segmento ITB los campos relativos
a la base reguladora INSS. Además, se unifica en un único campo la fecha
de siguiente revisión médica; las fechas de agotamiento de 365 y
545 días de IT pasarán a comunicarse siempre en los procesos de IT; y
se incorpora un nuevo indicador de nueva baja que debe ser valorada por
el INSS, con valores diferenciados para los supuestos RAIM, RAIT y REIP.
El nuevo
segmento ITP incluirá la fecha AT/EP, el tipo de accidente y
el tipo de asistencia. Por su parte, el nuevo segmento ITB recogerá
la información relativa a la base reguladora del proceso de IT, incluyendo
un indicador de actualización, la base reguladora INSS y nuevos
campos para las bases reguladoras modificadas y sus fechas de efectos cuando
existan cambios durante la vigencia del proceso.
El
segmento ITD no presenta variaciones. En el segmento CIT se
eliminan los campos fecha de cumplimiento de 365 días y fecha de siguiente
revisión médica del parte de confirmación, que pasan al segmento IT2. Tampoco
presentan variaciones los segmentos DIP y JUB.
En el
segmento DOP se añaden nuevos campos para informar de la base
reguladora de la prestación, un indicador de madre biológica para
las prestaciones de nacimiento y cuidado de menor y un indicador NYCM
internacional para los supuestos en que el hecho causante se origine
en el extranjero. Finalmente, en el segmento NAC se incorpora
un nuevo campo para la fecha de fallecimiento de la persona trabajadora,
comunicada por el Registro Civil Central del Ministerio de Justicia.
Fuente: Boletín
Noticias RED n.º 5/2026, de 31 de marzo de 2026.