A través de una
nota de 3 de abril de 2025, desde la Agencia Tributaria se aborda la posible
incidencia de la festividad del Lunes de Pascua (21 de abril de 2025) en el
plazo de presentación de autoliquidaciones a ingresar con orden de
domiciliación cuyo plazo genérico de ingreso concluye en esa fecha.
Según en ella se
indica, el hecho de que el día 21 de abril, al coincidir con el Lunes de
Pascua, sea festivo en algunas localidades de España parece estar generando
dudas en cuando al plazo del que dispondrán los contribuyentes para presentar
con domiciliación de pago aquellas autoliquidaciones cuyo vencimiento
genérico de presentación e ingreso finaliza ese mismo día. En tal
sentido, conviene tener presente que, dado que el día 20 de abril (que sería el
vencimiento ordinario) es domingo, se traslada al día hábil posterior.
A dicho
respecto, el artículo
3.2.b) de la Orden
EHA/1658/2009, de 12 de junio, establece lo siguiente en relación
con los plazos de presentación de autoliquidaciones a ingresar con
domiciliación del pago:
«b) No
obstante, cuando el último día del plazo para la presentación de una
autoliquidación, de acuerdo con lo establecido por su normativa reguladora, sea
inhábil, el plazo de domiciliación establecido en el anexo II, se ampliará el
mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de la
autoliquidación correspondiente.
Entre la
finalización del plazo de presentación de una autoliquidación con domiciliación
del pago y la finalización del plazo genérico de presentación e ingreso
voluntario de esa mima autoliquidación, deberá existir un mínimo de tres días
hábiles o cinco naturales.
A los efectos
de lo establecido en la presente letra, se considerarán días inhábiles los
sábados, los domingos, las festividades nacionales y las festividades
autonómicas o locales que afecten al municipio en el que radique el
Departamento de Informática de la Agencia Tributaria».
Así las cosas,
en la nota se dictamina lo siguiente:
- Supuesto de contribuyentes para los que el Lunes
de Pascua no es festivo (el ingreso debe producirse el 21 de abril).
El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación de pago
finaliza el 15 de abril. Desde el 17 de abril (Jueves Santo) hasta el 20
de abril (domingo) sería festivo, y entre el 15 y el 21 de abril no
existen tres días hábiles, por lo que debe acudirse al plazo de cinco días
naturales.
- Supuesto de contribuyentes para los que el Lunes
de Pascua es festivo (el plazo de ingreso se traslada al día 22 de abril).
El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación de pago
también finaliza el 15 de abril. Desde el 17 de abril (Jueves Santo) hasta
el 22 de abril (Lunes de Pascua) serían festivos, y entre el 15 y el 22 de
abril no existen tres días hábiles, por lo que también debe aplicarse el
plazo mínimo de cinco días naturales.
A modo de
conclusión, se determina que «el plazo de presentación de las
autoliquidaciones con domiciliación de pago anteriormente aludidas
concluirá en la fecha establecida en el anexo
II de la Orden EHA/1658/2009 de 12 de junio (es decir, el 15 de abril
de 2025), y ello con independencia de que el Lunes de Pascua sea o no
festivo para el contribuyente».
Fuente:
Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España.