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Publicada la orden de la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026
El BOE del 30 de diciembre de 2025 hace pública la Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026. La nueva regulación será aplicable desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026.
El TS reitera doctrina sobre la imposibilidad de fijar una indemnización adicional en casos de despido improcedente
El TS consolidada su doctrina en torno a la indemnización por despido improcedente. Queda descartada, salvo reforma legislativa, cualquier vía judicial para obtener cantidades superiores a la tasada, por daño adicional, invocando tratados internacionales; sólo en despidos nulos por vulneración de derechos fundamentales cabe acudir a reparaciones superiores.
El Tribunal Supremo respalda la legalidad de las diferencias salariales por consolidación profesional
El TS avala el desigual trato retributivo justificado en un sistema de consolidación de niveles que aúna formación, experiencia y evaluación en cada uno de ellos con un plazo máximo de permanencia.



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El TSXG reconoce el derecho a prestaciones por desempleo de trabajadora en excedencia por cuidado de hijo

Fecha: 25/03/2024 IBERLEY

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado el derecho de una trabajadora en excedencia por cuidado de hijo a recibir prestaciones por desempleo tras ser despedida de un empleo temporal. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) había recurrido la decisión de primera instancia del Juzgado de lo Social número 6 de A Coruña, que ya reconocía este derecho. La trabajadora había sido despedida el 27 de junio de 2023 de un contrato temporal iniciado mientras estaba en excedencia desde el 28 de octubre de 2022.

A TENER EN CUENTA. La Sala de lo Social, que aplica la perspectiva de género, subraya que obligarla a reingresar en su trabajo, como pretendía el Servicio Público de Empleo, supondría «laminar su derecho a la conciliación».

El TSXG sostiene que la trabajadora se encuentra en situación legal de desempleo y que su derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar no se ve afectado por haber trabajado en otra empresa durante la excedencia. Además, el tribunal aplica una interpretación de la normativa con perspectiva de género, basándose en el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y destaca la importancia de los derechos de conciliación, que son de habitual ejercicio femenino.

La sentencia del TSXG incide en que obligar a la trabajadora a reincorporarse a su puesto anterior para poder recibir prestaciones por desempleo supondría una vulneración de sus derechos fundamentales, en particular los artículos 14, 18 y 39 de la Constitución Española, que protegen la igualdad, la privacidad y la familia. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Fuente: Comunicación Poder Judicial

 









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