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Caso práctico: ¿Se considera accidente de trabajo in itinere, el accidente de tráfico sufrido por el trabajador ya despedido que vuelve del acto de conciliación que pone fin a la relación laboral?
¿Se considera accidente de trabajo in itinere, el accidente de tráfico sufrido por el trabajador —ya despedido— que vuelve del acto de conciliación que pone fin a la relación laboral?
¿Es posible someter la eficacia o validez de un convenio colectivo a su ratificación por la plantilla mediante referéndum?
La vinculación de la validez del acuerdo negociado a la ratificación de los trabajadores en asamblea se considera jurídicamente válida porque los órganos legitimados para negociar y concluir el convenio tienen plena libertad para establecer, voluntariamente, las condiciones de eficacia del pacto alcanzado. Si los representantes legitimados deciden condicionar la validez del convenio a su ratificación por la asamblea de trabajadores, están ejerciendo una facultad que les otorga la autonomía negocial, sin que exista norma legal que les prohíba establecer tal condicionamiento.
El TS fija doctrina sobre el plazo de retroactividad en la revisión de la prestación de incapacidad temporal por infracotización
Para el TS, es posible retrotraer los efectos económicos al momento de reconocimiento inicial de una prestación, si la revisión se solicita tempestivamente tras conocerse judicialmente la infracotización.



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El TSXG reconoce el derecho a prestaciones por desempleo de trabajadora en excedencia por cuidado de hijo

Fecha: 25/03/2024 IBERLEY

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado el derecho de una trabajadora en excedencia por cuidado de hijo a recibir prestaciones por desempleo tras ser despedida de un empleo temporal. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) había recurrido la decisión de primera instancia del Juzgado de lo Social número 6 de A Coruña, que ya reconocía este derecho. La trabajadora había sido despedida el 27 de junio de 2023 de un contrato temporal iniciado mientras estaba en excedencia desde el 28 de octubre de 2022.

A TENER EN CUENTA. La Sala de lo Social, que aplica la perspectiva de género, subraya que obligarla a reingresar en su trabajo, como pretendía el Servicio Público de Empleo, supondría «laminar su derecho a la conciliación».

El TSXG sostiene que la trabajadora se encuentra en situación legal de desempleo y que su derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar no se ve afectado por haber trabajado en otra empresa durante la excedencia. Además, el tribunal aplica una interpretación de la normativa con perspectiva de género, basándose en el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y destaca la importancia de los derechos de conciliación, que son de habitual ejercicio femenino.

La sentencia del TSXG incide en que obligar a la trabajadora a reincorporarse a su puesto anterior para poder recibir prestaciones por desempleo supondría una vulneración de sus derechos fundamentales, en particular los artículos 14, 18 y 39 de la Constitución Española, que protegen la igualdad, la privacidad y la familia. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Fuente: Comunicación Poder Judicial

 









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