La STSJ
de Asturias n.º 2026/2024, de 3 de diciembre de 2024, ECLI:ES:TSJAS:2024:3038, ha
concedido la incapacidad
permanente total a una ganadera de 63 años, afectada por una grave
cardiopatía, poliartralgias y un episodio depresivo severo. Este fallo ratifica
la decisión del Juzgado Social n.º 2 de Oviedo, que había determinado el
derecho de la demandante a percibir una pensión del 75% sobre una base
reguladora de 1.785,56 euros mensuales. Esta sentencia se produce tras una
larga batalla legal que comenzó cuando la mujer solicitó su incapacidad en
2022, la cual fue inicialmente rechazada.
A pesar de que
la demandante había presentado con anterioridad la solicitud de incapacidad por
motivos de enfermedad coronaria, el TSJ de Asturias desestimó en varias
ocasiones su petición. Sin embargo, la actual evaluación de su estado de salud
ha demostrado que su condición ha empeorado significativamente desde 2022. En
aquel momento, su diagnóstico era menos grave, con irregularidades no
significativas en las arterias coronarias. Sin embargo, en la actualidad, la
ganadera presenta un cuadro clínico complejo, el cual incluye medicaciones que
dificultan su capacidad para realizar trabajos que requieran un alto esfuerzo
físico.
La sala que
examinó el caso señalaba que el estado actual de salud de la demandante
requiere un régimen de tratamiento que incluye ansiolíticos, anticoagulantes y
medicación para la diabetes, el hipotiroidismo y la angina de pecho. Tales
condiciones han sido consideradas incompatibles con su labor como ganadera, que
demanda un esfuerzo físico considerable.
Los magistrados
del TSJ indicaron que su dolencia cardiaca no solo limita su
rendimiento en el trabajo, sino que además presenta riesgos que podrían llevar
a un empeoramiento de su condición, por lo que reconocieron la
vulnerabilidad de su situación laboral. «No podemos sino señalar la
inhabilitación resultante y reconocer la situación de invalidez cuestionada»,
afirmó el tribunal.
La resolución
concluye que, debido a su actual estado de salud, la mujer no es capaz de
llevar a cabo su trabajo con la eficacia y el rendimiento necesarios,
confirmando así que los criterios establecidos para la declaración de
incapacidad permanente han sido cumplidos. Este caso pone de relieve no solo la
evolución de la salud de la trabajadora, sino también la importancia de un
análisis minucioso de las condiciones de salud frente a la capacidad laboral.
El proceso había
enfrentado una serie de obstáculos legales, ya que en 2022, tras la primera
desestimación, la demanda fue recurrida. Sin embargo, el TSJ ha mantenido que el
reconocimiento de la incapacidad permanente debe basarse en la evaluación
continua del estado de salud y sus efectos en la capacidad laboral. Además,
se enfatizó que la incapacidad no debe verse como un impedimento absoluto para
realizar otras actividades laborales, sino que debe centrarse en la capacidad
de desempeñar las tareas fundamentales de la profesión habitual del individuo.
Fuente: Poder
Judicial.