La nueva ley supone un cambio importante en los
alicientes fiscales para que los propietarios pongan sus viviendas en alquiler.
21
de abril Expansión
Por un lado, el descuento ahora vigente en el IRPF, del 60% con
carácter general, en los rendimientos netos del alquiler se reducirá en
10 puntos porcentuales hasta el 50%. Es decir, la bonificación disminuye
para el conjunto de los arrendadores.
A cambio, la ley amplía las deducciones para algunos arrendadores:
aquellos que sean personas físicas y alquilen en las zonas declaradas
como tensionadas. Esto supone que si, por ejemplo, en Madrid no
se declaran las zonas tensionadas -como ha asegurado Gobierno de Isabel
Díaz Ayuso en varias ocasiones- los arrendadores no se beneficiarán de
las rebajas tributarias. Sin embargo, en Barcelona donde la
Administración es favorable a ley, sí podrán aplicar estas reducciones.
Cuadro publicado por CincoDias
Además, las ventajas fiscales que incluye la ley
se dan en unos supuestos muy concretos. En primer lugar, la
bonificación llegará al 90% cuando el arrendador rebaje más de un
5% la renta en una zona tensionada.
Por su parte, será del 70% cuando se
alquile por primera vez una vivienda y el inquilino tenga entre
18 y 35 años, sea una Administración Pública o entidad sin fines lucrativos.
Y, finalmente, la deducción será del
60% cuando el piso se haya rehabilitado en los dos años
anteriores a la fecha de la celebración del contrato de arrendamiento.
En el mejor de los casos: 500 euros de ahorro
fiscal
El Consejo General de Economistas ha
hecho un simulacro para ver cuánto supone esta rebaja fiscal en la práctica y
los resultados evidencian que el ahorro no es tan alto según el perfil del
contribuyente.
Así, un propietario de una
vivienda valorada en 300.000 euros, que la ponga en alquiler en una zona
tensionada por 1.000 euros al mes y con un descuento del 6%, se
podrá aplicar una reducción del 90% (la máxima permitida por
la ley) pero su ahorro depende de sus ingresos.
Si tiene un salario de 18.000 euros netos,
el ahorro fiscal real es de 75 euros. Esto es
resultado de la diferencia entre los 720 euros que deja de ingresar por la
rebaja y la reducción de 795 euros por la bonificación del 90%.
Si el arrendador tiene un salario de
26.000 euros, el beneficio sube a 285 euros (diferencia
entre la reducción del pago de IRPF de 1.005 euros y la rebaja del alquiler de
720 euros).
Finalmente, si el propietario tiene un sueldo de 60.000 euros, el ahorro
neto asciende a 520 euros (diferencia entre la reducción de
1.240 euros en el pago del IRPF y los 720 que deja de ingresas por rentas).