La medida se incluye en la ley aprobada
definitivamente por el Congreso, que modifica la Ley General Tributaria para
trasponer varias directivas europeos.
18
de mayo Expansión
El Congreso de los Diputados ha
aprobado este jueves de forma definitiva el proyecto de ley que modifica
la Ley General Tributaria para trasponer varias directivas
europeas de ámbito tributario y de cooperación fiscal (DAC 7), que incluye un
nuevo procedimiento para que los contribuyentes puedan rectificar sus
declaraciones de impuestos de una forma más ágil respecto a la
existente hasta ahora.
La aprobación definitiva de la ley llega después
de que la Cámara Baja haya validado este jueves todas las enmiendas que habían
sido incorporadas al texto durante su tramitación en el Senado a iniciativa del
PSOE.
Unas de las principales novedades introducidas por
la nueva ley, por medio de una enmienda presentada por PSOE y Unidas Podemos al
texto original durante la tramitación en el Congreso, es la implantación de la
denominada autoliquidación rectificativa como sistema único
con el que permitir rectificar, completar o modificar una liquidación de
impuestos ya presentada, con independencia de su resultado.
La autoliquidación rectificativa sustituirá al
sistema vigente hasta ahora, que, dependiendo de si la intención del
contribuyente es modificar la declaración para pagar más o para pagar menos,
requiere realizar una declaración complementaria o realizar una solicitud de
rectificación, respectivamente.
CONTABILIDAD EN LAS COMPROBACIONES
Por otra parte, otra enmienda introducida por PSOE
y Unidas Podemos refuerza la labor de la Administración tributaria en las comprobaciones
limitadas, haciendo obligatorio de forma expresa que las compañías tengan
que aportar su contabilidad.
En concreto, se modifica el artículo 136 de la Ley
General Tributaria, referente a
las comprobaciones limitadas, en el que hasta ahora se excluía de forma expresa
la contabilidad mercantil de la documentación que la Administración Tributaria
podía requerir, aunque sí se reconocía la posibilidad de que el obligado
tributario la aportase sin haber requerimiento previo.
Ahora, la enmienda aprobada establece que, "en el procedimiento de comprobación
limitada, a los efectos de mejorar la efectividad de este, se reconoce la
facultad de la Administración tributaria de comprobar la contabilidad
mercantil. En concreto, la nueva redacción establecida por la enmienda señala
que "el examen de la contabilidad se limitará a constatar la coincidencia
entre lo que figure en la misma y la información que obre en poder de la
Administración Tributaria.
OTRAS MEDIDAS
Entre los aspectos que regula la trasposición de
la directiva comunitaria de cooperación fiscal, la conocida como DAC 7, se
encuentran las inspecciones conjuntas a nivel europeo y la introducción de un
nuevo marco de intercambio de información sobre plataformas digitales y de las
reglas para el intercambio de información entre los países de la OCDE.
Así, las plataformas tendrán que registrarse en el
censo, obtener ciertas
informaciones de sus "vendedores", como su identificación, los
precios cobrados y los tributos retenidos, y suministrar la información a la
Agencia Tributaria en enero del año siguiente, de manera que los datos se intercambiarán
con los Estados donde se encuentre la residencia del vendedor o arrendador del
inmueble.
La ley también regula el acceso de la
Administración a la información sobre titularidades reales; y libera a los asesores fiscales protegidos por
el secreto profesional de informar de su condición a otros intermediarios de
mecanismos transfronterizos de planificación.
Por último, entre los cambios añadidos por el
Senado y validados este jueves, se limitan las deducciones que los fondos de
titulización de activos y de hipotecas pueden aplicar en el Impuesto de
Sociedades por sus gastos financieros, de forma que ahora quedarán sujetos
al límite del 30% del beneficio operativo que se aplica a la mayoría de las
empresas.
Hasta ahora quedaban exentos de dicho límite tanto los fondos de titulización de activos como
los fondos de titulización hipotecaria, junto con las entidades de crédito y
aseguradoras, pero la nueva ley cambia esto debido a que la directiva europea
no lo permite al no estar incluidas en la definición de sociedad financiera