Además de las deducciones comunes para todo el
país, existen otros gastos que pueden desgravarse sólo en determinadas
autonomías
13 de
abril GESTHA
La campaña de la declaración de la renta ya está en
marcha. Desde el pasado 11 de abril ya es posible solicitar el borrador y presentar el trámite en un solo clic. Sin embargo, es importante no
precipitarse. El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)
recomienda revisar a fondo el documento antes de presentarlo y comprobar que
están imputadas todas las rentas obtenidas y por la cuantía correcta.
Asimismo, es frecuente que los contribuyentes
pasen por alto algunas de las deducciones que les corresponden y que pueden marcar
la diferencia entre una declaración a pagar o a devolver. Existen conceptos que
pueden desgravarse en todo el país —a excepción de País Vasco y Navarra, que
cuentan con un régimen foral propio—. Además de ello, cada comunidad autónoma
ofrece una serie de deducciones exclusivas para sus habitantes.
Andalucía
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido su
vivienda habitual en Andalucía podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por inversión en
vivienda habitual que tenga la consideración de protegida y por las
personas jóvenes
- Por cantidades
invertidas en el alquiler de la vivienda habitual
- Por nacimiento,
adopción de hijos o acogimiento familiar de menores.
- Por adopción de
hijos en el ámbito internacional
- Para el padre o
madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de
75 años
- Para familia
numerosa
- Por gastos
educativos
- Para
contribuyentes con discapacidad
- Para
contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad
- Por asistencia a
personas con discapacidad
- Por ayuda
doméstica
- Por inversión en
la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de
acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las
sociedades mercantiles
- Para gastos de
defensa jurídica de la relación laboral
- Por donativos con
finalidad ecológica
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Aragón
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Aragón podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por nacimiento o
adopción del tercer hijo o sucesivos
- Por nacimiento o
adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100
- Por adopción
internacional de niños
- Por el cuidado
de personas dependientes
- Por donaciones
con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y
técnico
- Por adquisición
de vivienda habitual por víctimas del terrorismo
- Por inversión en
acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión
del Mercado Alternativo Bursátil
- Por inversión en
la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas
o de reciente creación
- Por adquisición
o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos
- Por adquisición
de libros de texto y material escolar
- Por
arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de
dación en pago
- Por
arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador)
- Para mayores de
70 años
- Por nacimiento o
adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000
habitantes
- Por gastos de
guardería de hijos menores de 3 años
- Por inversión en
entidades de la economía social
- Por acogimiento
de personas o familias ucranianas desplazadas con motivo del conflicto
armado
- Por ayudas de
carácter humanitario al pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado
en su país
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Principado de Asturias
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en el Principado de Asturias podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por acogimiento
no remunerado de mayores de 65 años
- Por adquisición
o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad
- Por adquisición
o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con los que
convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad
- Por inversión en
vivienda habitual que tenga la consideración de protegida
- Por
arrendamiento de vivienda habitual
- Por donaciones
de fincas rústicas a favor del Principado de Asturias
- Por adopción
internacional de menores
- Por partos
múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha
- Para familias
numerosas
- Para familias
monoparentales
- Por acogimiento
familiar de menores
- Por
certificación de la gestión forestal sostenible
- Por gastos de
descendientes en centros de cero a tres años
- Por adquisición
de libros de texto y material escolar
- Por nacimiento o
adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de
despoblación
- Para
contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o
autónomos en concejos en riesgo de despoblación
- Por gastos de
transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblación
- Por gastos de
formación en que hayan incurrido los contribuyentes que desarrollen
trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente
con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter
técnico
- Para
contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias
por motivos laborales para el desarrollo de trabajos especialmente
cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de
investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico
- Por adquisición
o rehabilitación de vivienda habitual en concejos en riesgo de
despoblación
- Por adquisición
de vehículos eléctricos
- Por el cuidado
de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad
- Por emancipación
de jóvenes de hasta 35 años de edad
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Baleares
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en las Islas Baleares podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por determinadas
inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual
- Por
arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de las Illes
Balears a favor de determinados colectivos
- Por determinadas
subvenciones y ayudas otorgadas por razón de una declaración de zona
afectada gravemente por una emergencia de protección civil
- Para compensar
el incremento del coste de los préstamos o créditos hipotecarios con tipo
de interés variable (deducción temporal)
- Por gastos de
adquisición de libros de texto
- Por gastos de
aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros
- Para cursar
estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual
- Por
arrendamiento de bienes inmuebles en el territorio de las Illes Balears
destinados a vivienda (deducción del arrendador)
- Por
arrendamiento de vivienda en el territorio de las Illes Balears derivado
del traslado temporal de residencia por motivos laborales
- Por donaciones a
determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo
científico o tecnológico, o la innovación
- Por donaciones,
cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración
empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo
tecnológico y al consumo cultural
- Por donaciones,
cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración,
relativos al mecenazgo deportivo
- Por donaciones a
determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua
catalana
- Por donaciones a
entidades del tercer sector
- Por donaciones
para paliar los efectos del conflicto de Ucrania sobre las personas
- Para los
declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con
descendientes con esta condición
- Por gastos
relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos
de conciliación
- Por acogida de
personas desplazadas por el conflicto de Ucrania
- Por inversión en
la adquisición de acciones o de participaciones sociales de nuevas
entidades o de reciente creación
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Canarias
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en las Islas Canarias podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por donaciones
con finalidad ecológica
- Por donaciones
para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias
- Por donaciones y
aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia
- Por donaciones a
entidades sin ánimo de lucro
- Justificación
documental de las anteriores deducciones autonómicas por donativos
- Por cantidades
destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o
reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural
- Por gastos de
estudios
- Por gastos de
estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria
obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio
- Por trasladar la
residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una
actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica
- Por donaciones
en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la
adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual
- Por nacimiento o
adopción de hijos
- Por
contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años
- Por acogimiento
de menores
- Para familias
monoparentales
- Por gastos de
guardería
- Por familia
numerosa
- Por inversión en
vivienda habitual
- Por obras de
rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual
- Por obras de
adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad
- Por alquiler de
vivienda habitual
- Por
arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de
dación en pago
- Por gastos en
primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de
arrendamientos de vivienda (deducción del arrendador)
- Por
contribuyentes desempleados
- Por gasto de
enfermedad (general)
- Por familiares
dependientes con discapacidad
- Por mínimo
personal, familiar y por discapacidad para residentes en la isla de La
Palma
- Por desarraigo
por la erupción volcánica de la isla de La Palma
- Por la cesión de
uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en la isla de La Palma
- Por gastos de
enfermedad para residentes en la isla de La Palma
- Por el alza de
precios
- Límites comunes
y obligaciones formales para aplicar las deducciones
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Cantabria
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Cantabria podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por
arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con
discapacidad
- Por cuidado de
familiares
- Por obras de
mejora
- Por donativos a
fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones que persigan
entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad
- Por acogimiento
familiar de menores
- Por inversión en
la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades
o de reciente creación
- Por gastos de
enfermedad
- Por gastos de
guardería
- Para familias
monoparentales
- Por nacimiento y
adopción de hijos
- Por
arrendamiento de vivienda situada en zonas de Cantabria en riesgo de
despoblamiento que constituyan o vayan a constituir la vivienda habitual
del arrendatario
- Por gastos de
guardería para contribuyentes que tengan su residencia habitual en zonas
rurales de Cantabria en riesgo de despoblamiento
- Por los gastos
ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona de Cantabria en
riesgo de despoblamiento por motivos laborales por cuenta ajena o por
cuenta propia
- Por inversiones
o donaciones a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria
- Para mitigar el
impacto de la inflación en la adquisición de productos básicos en 2022
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Castilla-La Mancha
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Castilla-La Mancha podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por nacimiento o
adopción de hijos
- Por familia
numerosa
- Por familia
monoparental
- Por gastos en la
adquisición de libros de texto, por la enseñanza de idiomas y otros gastos
relacionados con la educación
- Por gastos de
guardería
- Por discapacidad
del contribuyente
- Por discapacidad
de ascendientes o descendientes
- Para
contribuyentes mayores de 75 años
- Por el cuidado
de ascendientes mayores de 75 años
- Por acogimiento
familiar no remunerado de menores
- Por acogimiento
no remunerado de mayores de 65 años o con discapacidad
- Por
arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años
- Por
arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de
dación en pago
- Por
arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas
- Por
arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales
- Por
arrendamiento de vivienda habitual por personas con discapacidad
- Por cantidades
donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades
para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas
con discapacidad
- Por donaciones
con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación
empresarial
- Por donaciones
de bienes culturales y contribuciones a favor de la conservación,
reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural
de Castilla-La Mancha, y para fines culturales, incluidos en el plan de
mecenazgo cultural de Castilla-La Mancha
- Por los gastos
en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera
vivienda habitual por menores de 40 años
- Por residencia
habitual en zonas rurales
- Por adquisición
o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales
- Por traslado de
vivienda habitual
- Para compensar
los efectos de la inflación
- Por inversión en
la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de
acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las
sociedades mercantiles
- Por inversión en
entidades de la economía social
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Castilla y León
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Castilla y León podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por familia
numerosa
- Por nacimiento o
adopción de hijos
- Por partos o
adopciones múltiples
- Por cuidado de
hijos menores
- Por gastos de
adopción
- Por cuotas a la
Seguridad Social de empleados del hogar
- Para
contribuyentes afectados por discapacidad
- Por adquisición
o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales
- Por inversión en
instalaciones medioambientales y de adaptación a personas con discapacidad
en vivienda habitual
- Por inversión en
rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales
- Por alquiler de
vivienda habitual para jóvenes
- Para el fomento
de emprendimiento
- Por cantidades
invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural
de Castilla y León
- Por cantidades
donadas a Fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del
patrimonio histórico, cultural y natural
- Por cantidades
donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación
- Para el fomento
de la movilidad sostenible
- Por adquisición
de vivienda de nueva construcción para residencia habitual
- Orden de
aplicación de las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Cataluña
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Cataluña podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por el
nacimiento o adopción de un hijo
- Por alquiler de
la vivienda habitual
- Por el pago de
intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado
- Para contribuyentes
que hayan quedado viudos en los ejercicios 2020, 2021, 2022
- Por donativos a
entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana
- Por donativos a
entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la
innovación tecnológicos
- Por
rehabilitación de la vivienda habitual
- Por donaciones a
determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación
del patrimonio natural y de custodia del territorio
- Por inversión
por un ángel inversor para la adquisición de acciones o participaciones
sociales
- Tramo autonómico
de la deducción por inversión en vivienda habitual
- Por obligación
de presentar la declaración del IRPF en razón de tener más de un pagador
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Extremadura
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Extremadura podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por trabajo
dependiente
- Por partos
múltiples
- Por acogimiento
de menores
- Por cuidado de
familiares con discapacidad
- Por cuidado de
hijos menores de hasta 14 años inclusive
- Para
contribuyentes viudos
- Por adquisición
o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del
terrorismo
- Por
arrendamiento de vivienda habitual
- Por la compra de
material escolar
- Por inversión en
la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de
acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las
sociedades
- Por adquisición
o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales
- Por residir
habitualmente en municipios y entidades locales menores de Extremadura con
población inferior a 3.000 habitantes
- Por intereses de
financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Galicia
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en Galicia podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por nacimiento o
adopción de hijos
- Por familia
numerosa
- Por acogimiento
de menores
- Por cuidado de
hijos menores
- Por
contribuyentes con discapacidad, de edad igual o superior a 65 años, que
precisen ayuda de terceras personas
- Por alquiler de
la vivienda habitual
- Por gastos
dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos
- Por inversión en
la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas
o de reciente creación
- Por inversión en
la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas
o de reciente creación y su financiación
- Por inversión en
acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión
del mercado alternativo bolsista
- Por donaciones
con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación
tecnológica
- Por inversión en
instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen
energías renovables en la vivienda habitual y destinadas exclusivamente al
autoconsumo
- Por
rehabilitación de bienes inmuebles situados en centros históricos
- Por inversión en
empresas que desarrollen actividades agrarias
- Por determinadas
subvenciones y/o ayudas obtenidas a consecuencia de los daños causados por
los incendios que se produjeron en Galicia durante el mes de octubre del
año 2017
- Para paliar los
daños causados por la explosión de material pirotécnico que tuvo lugar en
Tui durante el mes de mayo del 2018
- Por obras de
mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas
unifamiliares
- Por las ayudas y
subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel de Galicia
- Por adquisición
y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Comunidad de Madrid
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en la Comunidad de Madrid podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por nacimiento o
adopción de hijos
- Por adopción
internacional de niños
- Por acogimiento
familiar de menores
- Por acogimiento
no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad
- Por
arrendamiento de la vivienda habitual
- Por donativos a
fundaciones y clubes deportivos
- Por el
incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en
vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés (no aplicable
2022)
- Por gastos
educativos
- Por cuidado de
hijos menores de 3 años
- Para familias
con dos o más descendientes e ingresos reducidos
- Por inversión en
la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades
o de reciente creación
- Para el fomento
del autoempleo de jóvenes menores de 35 años
- Por inversiones
realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Región de Murcia
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en la Región de Murcia podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por inversión en
vivienda habitual por jóvenes de edad igual o inferior a 35 años
- Régimen
transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual
- Por donativos
para la protección del patrimonio cultural de la Región de Murcia o la
promoción de actividades culturales y deportivas
- Por donativos
para la investigación biosanitaria
- Por gastos de
guardería
- Por inversiones
en dispositivos domésticos de ahorro de agua
- Por inversión en
instalaciones de recursos energéticos renovables
- Por inversión en
la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas
o de reciente creación
- Por inversión en
acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión
del mercado alternativo bursátil
- Por gastos en la
adquisición de material escolar y libros de texto
- Por nacimiento o
adopción
- Para
contribuyentes con discapacidad
- Por conciliación
- Por acogimiento
no remunerado de mayores de sesenta y cinco años y/o personas con
discapacidad
- Por
arrendamiento de vivienda habitual
- Para mujeres
trabajadoras
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
La Rioja
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en La Rioja podrán aplicar las siguientes deducciones
autonómicas:
- Por nacimiento y
adopción de hijos
- Por la
adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en
pequeños municipios de La Rioja
- Por gastos en
escuelas infantiles, centros de educación infantil o personal contratado
para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes que fijen su
residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja
- Por cada menor
en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente o
guarda con fines de adopción
- Por cada hijo de
0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma
a pequeños municipios de La Rioja en el periodo impositivo y la mantengan
durante un plazo de al menos 3 años consecutivos
- Por cada hijo de
0 a 3 años en escuelas infantiles o centros de educación infantil de
cualquier municipio de La Rioja
- Por adquisición
de vehículos eléctricos nuevos
- Por acceso a
Internet para los jóvenes emancipados
- Por suministro
de luz y gas de uso doméstico para los jóvenes emancipados
- Por inversión en
vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años
- Por
arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años
- Por adquisición
de bicicletas de pedaleo no asistido
- Por las
cantidades invertidas en obras de rehabilitación de la vivienda habitual
- Por cantidades
invertidas en adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes
- Por adquisición
o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural
- Por obras de
adecuación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad
- Por gastos para
contratación de personal para el cuidado de familiares afectados por la
COVID-19
- Por donaciones
irrevocables, puras y simples en materia de mecenazgo
- Por cantidades
destinadas a investigación, conservación, restauración, rehabilitación o
consolidación de bienes que formen parte del patrimonio histórico de La
Rioja
Puedes consultar los requisitos para desgravarse
cada uno de los gastos en este enlace.
Comunidad Valenciana
Los contribuyentes que durante 2022 hayan tenido
su vivienda habitual en la Comunidad Valenciana podrán aplicar las siguientes
deducciones autonómicas:
- Por nacimiento,
adopción o acogimiento familiar
- Por nacimiento o
adopción múltiples
- Por nacimiento o
adopción de hijos con discapacidad
- Por familia
numerosa o monoparental
- Por las
cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros
de primer ciclo de educación infantil de hijos o acogidos en la modalidad
de acogimiento permanente, menores de tres años
- Por conciliación
del trabajo con la vida familiar
- Por
contribuyentes con discapacidad, en grado igual o superior al 33 por 100,
de edad igual o superior a 65 años
- Por ascendientes
mayores de 75 años o mayores de 65 años con discapacidad
- Por contratar de
manera indefinida a personas afiliadas en el Sistema Especial de Empleados
de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social para el cuidado de
personas
- Por obtención de
rentas derivadas de arrendamientos de vivienda, cuya renta no supere el
precio de referencia de los alquileres privados de la Comunitat Valenciana
(deducción del arrendador)
- Por primera
adquisición de su vivienda habitual por contribuyentes de edad igual o
inferior a 35 años
- Por adquisición
de vivienda habitual por personas con discapacidad
- Por cantidades
destinadas a la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual,
procedentes de ayudas públicas
- Por
arrendamiento de la vivienda habitual
- Por
arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una
actividad, por cuenta propia o ajena, en distinto municipio
- Por inversiones
en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al
aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en las
viviendas de la Comunitat Valenciana, así como por la cuota de
participación en inversiones en instalaciones colectivas donde se ubicasen
las viviendas
- Por donaciones
con finalidad ecológica
- Por donaciones
de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
- Por donativos
para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del
Patrimonio Cultural Valenciano
- Por cantidades
destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración
de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano
- Por donaciones
destinadas al fomento de la Lengua Valenciana
- Por donaciones o
cesiones de uso o comodatos para otros fines de carácter cultural,
científico o deportivo no profesional
- Justificación
documental de determinadas deducciones autonómicas por donativos o
cesiones de uso o comodato
- Requisito
conjunto para determinadas deducciones autonómicas por donativos o
cesiones de uso o comodato
- Por
contribuyentes con dos o más descendientes
- Por el
incremento de los costes de la financiación ajena en la inversión de la
vivienda habitual
- Por cantidades
destinadas a la adquisición de material escolar
- Por obras de
conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la
vivienda habitual, efectuadas en el período
- Por obras de
conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la
vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015
- Por cantidades
destinadas a abonos culturales
- Por adquisición
de vehículos nuevos pertenecientes a las categorías incluidas en la Orden
5/2020, de 8 de junio
- Por inversión en
adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o
de reciente creación
- Por residir
habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento
- Por las
cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas
o centros autorizados
- Por cantidades
procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en virtud del
Decreto Ley 3/2020, de 10 de abril, a trabajadores y las trabajadoras
afectados por un ERTE y a los que han reducido la jornada laboral por
conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma
por la crisis sanitaria provocada por la COVID-19
- Por donaciones
dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y
desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y
prevención de las infecciones producidas por el COVID-19
- Por donaciones
para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis
sanitaria producida por la COVID-19