Según informa el Poder Judicial, la Sala IV del Tribunal Supremo ha dictado sentencia en el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal en relación a la solicitud de una progenitora de familia monoparental que solicitaba una prestación por nacimiento y cuidado de hijo adicional a la que ya había disfrutado. Se pretendía que, en el caso de familias monoparentales, la indicada prestación tuviese una duración doble.
La Sala desestima la pretensión por entender que la configuración del Régimen Prestacional de la Seguridad Social corresponde exclusivamente al legislador, que recientemente rechazó en el Senado una enmienda que pretendía introducir en la Ley una modificación:
«(…) Es al legislador a quien corresponde determinar el alcance y contenido de la protección que debe dispensarse a este tipo de familias»
A pesar de que la sentencia (cuyo texto se publicará en los proxímos días) cuenta con un voto particular discrepante, parece poner fin a la controversia surgía a raíz de distintos fallos de los TSJ donde se permitía acumular el permiso del otro progenitor en caso de familias monoparentales (a modo de ej.: STSJ País Vasco n.º 1217/2020, de 6 de octubre, ECLI:ES:TSJPV:2020:396).
Prestación por nacimiento y cuidado de menor