8
de Abril IBERLEY
El Tribunal Supremo, en su sentencia 457/2024 de fecha 12 de marzo, ha
confirmado la validez de la decisión empresarial que impone el uso de corbata
al personal de seguridad que trabaja de cara al público en un centro comercial
con aire acondicionado. La Sala Cuarta ha rechazado el recurso presentado por
el sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada,
manteniendo la sentencia previa de la Audiencia Nacional.
La resolución judicial establece que la medida no vulnera la dignidad de
los trabajadores y se ajusta a las condiciones de trabajo, considerando que la
exigencia se limita a aquellos empleados en contacto directo con el público y
que el centro comercial cuenta con aire acondicionado. Además, se respeta el
acuerdo previo con otros sindicatos y se alinea con lo estipulado en la Orden
del Ministerio de Interior 318/11, que otorga a la empresa la potestad de
determinar el uniforme de los vigilantes de seguridad, teniendo en cuenta la
adecuación a las condiciones laborales, la estación del año, y otros factores
funcionales, laborales o personales, así como la dignidad de los trabajadores y
la igualdad de género.
Fuente: Poder judicial