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El Tribunal Supremo confirma el derecho a percibir íntegramente el «quebranto de moneda» independientemente de la jornada laboral
Para el TS, el importe del plus de quebranto de moneda no está estructurado en atención al tiempo de prestación del servicio, por lo que, salvo especificación por convenio, su configuración se hace en atención al manejo de moneda, no siendo relevante la duración de la jornada.
Un JS declara el derecho de una procuradora a la jubilación activa computando las cuotas a la Mutualidad anteriores a su alta en el RETA
Una sentencia concede la jubilación activa a una procuradora de 74 años, sumando sus aportaciones a la Mutualidad anteriores al alta en e el RETA, a pesar de no cumplir con la cotización mínima exigida.
El TS reconoce la pensión de viudedad por pareja de hecho no inscrita anterior a 2014
El TS admite la revisión de una pensión de viudedad por pareja de hecho no inscrita anterior a la STC 40/2014, tras el fallo del TEDH que considera que la denegación vulnera el CEDH.



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¿Cuánto pagarán las fortunas por Patrimonio y el nuevo impuesto en cada comunidad?

El impuesto solidario centra su recaudación en Madrid y Andalucía, pero también será aplicable en Galicia, Asturias, Cantabria, Cataluña y Murcia.

13 de abril Expansión

El inicio este martes de la Campaña del Impuesto de Patrimonio, en paralelo a la del IRPF, pone también en marcha la cuenta atrás para la liquidación del nuevo impuesto solidario a las grandes fortunas, que tendrá lugar en julio. Después de todo, el nuevo tributo diseñado por el Gobierno busca fundamentalmente ser aplicado allá donde las autonomías han rebajado o suprimido de facto el cobro de Patrimonio. El resultado, según los cálculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), es que el nuevo impuesto solo acabará cobrándose realmente en siete autonomías y arrojará un peaje mínimo de 5.000 euros para las fortunas de Madrid y Andalucía, las más afectadas.

En la práctica, ambos impuestos gravan fundamentalmente lo mismo, si bien Patrimonio se aplica desde los 700.000 euros en propiedad (descontando 300.000 de vivienda habitual) mientras que el nuevo impuesto se dirige a fortunas de más de tres millones, siendo exigible a partir de los 3,7 millones (o los 4 millones sin contar la residencia). Bajo estas reglas, el nuevo tributo aplica un tipo del 0% hasta los tres millones de euros de patrimonio; grava al 1,7% las cuantías desde ahí hasta los 5,34 millones de base liquidable; el 2,1% hasta los 10,69 millones y el 3,5% en adelante. Sin embargo, las cantidades efectivamente pagadas de Patrimonio son plenamente deducibles. En consecuencia, el tributo afecta fundamentalmente a las regiones que bonifican Patrimonio (Madrid y Andalucía, al 100%, y Galicia, al 25% en 2022 y al 50% en 2023), o cuentan con tipos regionales más bajos en ese tributo.

Como resultado, estima el REAF, un patrimonio de cuatro millones, prácticamente el primero que supera el corte de aplicación del nuevo tributo, sufrirá un peaje de 5.100 euros en Madrid o Andalucía y no sería abonado en ninguna otra región.

Para una fortuna de 40 millones de euros, el coste será de 230.672 euros en Madrid y Andalucía, de 140.795 euros en Galicia, 32.967 en Murcia, 16.107 en Asturias, 12.884 en Cantabria y 5.210 en Cataluña (si bien todas las fortunas acaban pagando 230.672 euros una vez sumado Patrimonio). En cualquier caso, la factura será aún mayor en el resto de las regiones donde no se cobrará el nuevo impuesto pero Patrimonio les costará de 237.000 euros en La Rioja a 271.131 euros en Extremadura.









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