Madrid 23 Septiembre 2021
El empleo
público es un asunto de gran importancia, muy bien conocido por quienes
trabajan en el Estado en todas sus formas y muy desconocido para el resto de la
población.
Funcionario y
empleado público son cosas distintas; todo funcionario es empleado público pero
no todo empleado público es funcionario.
La tesis de
este escrito: los procesos de acceso al empleo público varían desde la
limpieza total a la simple corrupción.
Hay una enorme
distancia moral entre una oposición libre sin trampas a nivel estatal para
muchos puestos funcionariales y la contratación a dedo de muchos empleados de
cualquier empresa pública; ambos son empleados públicos.
Empleados
públicos son los funcionarios, el personal de Administración y servicios PAS,
empleados de organismos públicos como fundaciones, institutos, empresas
públicas y otros.
El número de
funcionarios (mejor deberíamos hablar de empleados públicos) es un tema
recurrente de debate, La izquierda política siempre considera insuficiente su
número, sea cual sea; la derecha, excesivo.
En la línea
de las dos Españas, sin más argumentos, sin más conocimiento. Lo que
resulta imposible es conocer su número exacto.
Los sueldos
son cosa oculta, pero mucho más los costes laborales totales; por ejemplo,
es materialmente imposible calcular cuál es el coste final de un profesor de
literatura en una universidad determinada.
Seguramente,
nos asustaríamos si contabilizáramos calefacción, limpieza, amortización
edificio, gastos de secretaría, medios, etc. y este oscurantismo se debe al
sistema contable elegido, concebido para que nunca se conozcan estos costes; es
un secreto bien guardado.
En el sector privado
siempre aparecen con claridad y sin letra pequeña las horas anuales a
trabajar en cada sector (la media en España en 2019 fue de 1753 horas por año y
trabajador privado); en la Administración la cosa no es tan simple, y se dan
casos como el del PAS (Personal de Administración y Servicios) de universidades
que resultan insultantes.
Hace muchos años
me tomé la molestia de calcular ese valor y obtuve que en la Universidad de
Jaén el PAS trabajaba alrededor de 1450 horas-año.
Hoy comentaremos
el asunto del acceso para ser empleado público en uno de sus aspectos: la
calidad y limpieza previsible de los procesos de acceso; dejaremos otros
aspectos para ocasiones posteriores.
En la era del
conocimiento, la importancia de reclutar a los mejores es capital; las
consecuencias de contratar enchufados crean todo tipo de problemas.
El primero es su
incompetencia. Podría parecer que lo principal es el aspecto moral.
Nada más lejos
de la realidad. Lo peor que puede pasar a una organización es tener una
plantilla de torpes; si el torpe se fuera a casa y no estorbara, solo se
perdería su salario; el drama viene cuando el enchufado-torpe opina.
Vayamos
entonces al proceso de selección. Cuando es de calidad y limpio, el
resultado es siempre bueno.
Hoy tenemos
grandes ejemplos y el mejor de todos es el examen MIR para médicos. Se trata de
un examen único para todo el Estado con preguntas de test que corrige un
ordenador.
En ese
sistema no hay manera de enchufar a nadie, ni pasar el examen antes de
tiempo. Como resultado de la prueba, cada médico obtiene una puntuación; ésta
genera una lista ordenada; después, los futuros MIR eligen según ese orden Hospital
dentro de España, con lo que los primeros eligen los sitios más ventajosos, los
más avanzados.
En este caso, el
poder político decidió que con las cosas de la salud es mejor no jugar y se
premiaría a los que saben. Veremos que no es así en muchos otros casos.
Para ello, vamos
a describir cómo baja la calidad y limpieza del proceso y sus consecuencias.
A continuación,
veremos los casos más representativos.
1.-
FUNCIONARIO DE ACCESO LIBRE EN OPOSICIONES DE ÁMBITO ESTATAL Y TRIBUNAL ESTATAL
Ahí entrarían
oposiciones al cuerpo diplomático, jueces, fiscales, notarios, registradores de
la propiedad y abogados del estado. En este grupo las cosas funcionan bien,
porque es muy difícil o improbable que los miembros de un tribunal estatal se
compinchen para favorecer a algún candidato; además, la exposición es pública.
De estos, hay
que excluir a los llamados jueces del cuatro turno, que fueron elegidos por
criterios “de idoneidad”, sin una prueba de oposición (Ya me ocuparé más
delante de ellos).
2.- FUNCIONARIO
INTERINO
Una plaza de
funcionario es el hueco creado oficialmente. Ésta puede estar ocupada por un
funcionario de oposición o por alguien interino porque esa plaza aún no haya
salido a concurso oposición. El interino es una persona que ocupa una
plaza de funcionario mientras esa plaza no sale a oposición.
Cuando entró por
algún método aceptaba que no adquiría derechos, y que su contrato se
extinguiría cuando esa plaza saliera a oposición. La realidad demuestra que los
interinos terminan en los puestos que ocupan por muy diferentes triquiñuelas:
oposiciones restringidas, se les da puntos por “haber estado en el puesto”, se
ajustan los temarios de las oposiciones, etc.
3.- FUNCIONARIO
DE COMUNIDAD AUTÓNOMA SELECCIONADO EN OPOSICIÓN RESTRINGIDA A PERSONAL
CONTRATADO INTERINO
Con tribunal
local del mismo organismo. Hay plazas que cuando salen a oposición ya tienen a
alguien ocupando esa plaza de forma interina.
En este caso,
cuando el organismo saca a oposición restringida, eso significa que solo se
pueden presentar personas que ya están dentro de la institución en la modalidad
de interinos.
Estos interinos
tienen puntos por antigüedad en el puesto y el temario suele ser muy retorcido
y coincidente con lo que vienen haciendo los interinos preexistentes; si a eso
le sumamos un tribunal de la misma institución, no hay que ser muy listo para
adivinar que nunca o casi nunca hay sorpresa.
Los interinos
suelen obtener plazas definitivas en oposiciones, que no son tales.
4.- FUNCIONARIO
DE COMUNIDAD AUTÓNOMA SELECCIONADO EN OPOSICIÓN LIBRE CON TRIBUNAL LOCAL DEL
MISMO ORGANISMO
Hay
convocatorias de oposiciones libres donde en principio se puede presentar
cualquier ciudadano que cumpla los requisitos académicos.
Lo normal es que
estas oposiciones ofrezcan varias plazas para libres, y otras para interinos, o
siendo todas libres dar puntos a los interinos, con lo que quienes tratan de
acceder desde la calle no lo consiguen casi nunca.
Volvemos a lo
del punto anterior: si hay interinos a la vista, el temario será retorcido y
coincidente con la actividad de quienes ya están dentro; si además el tribunal
es de ese organismo, verde y con asas: caldero; además, si el examen se prepara
el día de antes del examen. no hay garantías de nada.
No digo que se
pase a los enchufados; digo que no hay garantías, y un sistema sin garantías no
vale.
Si además
pensamos en autonomías como Castilla y León, Murcia, Extremadura u otras, la
cosa de agrava más, porque en estas se conoce todo el mundo.
5.- PROFESORES
Y CATEDRÁTICOS UNIVERSITARIOS
Igual que el
caso 2., pero con el tribunal formado mayoritariamente por personal, no ya de
su universidad, sino de su propio departamento.
El grado de
endogamia al que ha llegado la universidad española es sublime, por lo que en
puridad de la lengua española, lo de universitas debería cambiarse por
localitas.
6.- PERSONAL
LABORAL TEMPORAL
En este grupo
hay técnicos de tres niveles, cubriendo casi todas las profesiones, desde
carpinteros, albañiles hasta técnicos informáticos, arquitectos, y muchos
otros.
El método típico
de acceso es por tribunal local del propio organismo, con participación
sindical. Las garantías del proceso son simplemente inexistentes.
Por ejemplo, si
el examen es preparado el día anterior al día de la prueba, nadie garantiza que
no se pasen las preguntas a allegados. Nos sorprenderíamos de cómo a veces
familias enteras trabajan en el mismo organismo.
7.- PERSONAL
LABORAL FIJO
Seleccionado por
tribunal local del propio organismo, con participación sindical. Estas
selecciones son aparentemente libres, pero en la práctica son seleccionadas
personas con contrato laboral temporal previo.
Los temarios
vienen a coincidir con la actividad real de quienes ya están dentro, con lo que
las posibilidades de gente de fuera son bajísimas. Amén del asunto de las
garantías de las filtraciones de las preguntas.
8.- PERSONAL
DE LIBRE DESIGNACIÓN
Cualquier
autoridad puede designar a quien quiera sin dar más explicaciones, lo que reza
la ley al respecto es que regirán “principios de igualdad, mérito y capacidad”
que exige la Constitución Española.
Este es el
coladero de los últimos años, llegándose a casos extremos inauditos de los
miles de asesores que aparecen en organismos.
9.- PERSONAL
DE FUNDACIONES CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA
Las fundaciones
pueden reclutar a su personal con la ley de fundaciones y con sueldos libres.
La Fundación Juan March, y la Fundación Universidad Carlos III se rigen por la
misma ley, como debe ser.
Pero los empleados
de esta última son públicos, y se reclaman con lo mismo derechos del personal
del punto 1, es decir, me quedo con el mejor de los dos mundos, lo fijo del
Estado, y los sueldos privados.
10.- PERSONAL DE
COMPAÑÍAS PÚBLICAS PARTICIPADAS POR EL ESTADO
Ya sean
Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Diputados o Estado central. Lo mismo que
en el punto cinco. Este es el gran agujero de Andalucía.
11.- CASOS
ESPECIALES: JUECES
Jueces por
oposición tipo 1. Son las oposiciones más limpias que se puedan imaginar.
En paralelo han
existido los jueces del “cuarto turno”, quienes fueron nombrados por “su
trayectoria profesional”, que es una valoración subjetiva donde las haya.
Uno de los
casos más llamativos es el de María Teresa Fernández de la Vega,
actual presidenta del Consejo de Estado. Lleva años y años como juez por el
cuarto turno, y no ha celebrado ni un solo juicio.
En resumen,
se pretende meter en un mismo saco a: Un gerente de empresa pública designado
por razones políticas (por cuota de partido), un abnegado doctor de un hospital,
una secretaria de dirección de una fundación pública elegida a dedo, un
profesor de instituto con acceso por oposición rigurosa y limpia, y un profesor
de instituto interino que se ha presentado 10 veces a la oposición y la
suspende siempre.
Un agravante
es el de los honorarios del personal: son mucho más altos en las
fundaciones y empresas públicas que sus equivalentes en el Estado, con una
característica: a mayor transparencia menos sueldo, así, el mismo empleado gana
más en el siguiente orden: empresa pública, fundación pública, Comunidades
Autónomas, Estado Central.
Como podemos
suponer, el número de empleados públicos de dudosa u nula legitimidad es
mayor que quienes la tienen, pero eso da la razón a estos últimos, y lo que es
un respiro: el exceso en todas estas prácticas ha conseguido colapsar el
Estado.
Ciudadanos
españoles, europeos y autoridades europeas tienen ahora ese conocimiento, saben
con precisión que un gran problema es el tamaño del Estado, y por eso no
van a dar dinero salvo si se produce el desmantelamiento de este tinglado.
La razón no es
moral, ni falta que hace, es de eficiencia; quieren que les devolvamos sus
euros, y saben que con este montaje absurdo es imposible; por tanto, nos
obligan a desmantelar el tenderete.
La gran
trampa está en el término “empleados públicos”. La mayoría de los tipos
descritos se esconden detrás de los empleados ejemplares, especialmente de los
sanitarios, y fuerzas policiales nacionales (que no nacionalistas).
Por otra parte,
más pronto que tarde puede pasar lo mismo que con el franquismo, que se cayó,
por puro autoagotamiento; entonces, de la noche a la mañana todo el mundo dejó
de ser franquista.
Espero si se produce
esta nueva caída no salgan todos con la cantinela similar, “yo ya lo
decía”, “yo lo veía venir”, “nunca fui del PSOE”, “nunca fui del PP”, etc…,
porque el personal cada vez va sabiendo más y se va a partir de risa.