Los trabajos realizados por los Profesionales en el ejercicio de sus actividades pueden generar responsabilidades frente a clientes y terceras personas. La responsabilidad profesional puede exigirse tanto a la Empresa como a todos los profesionales que prestan sus servicios o participan en un trabajo o proyecto determinado.
A diferencia de épocas anteriores en que no era frecuente la exigencia de responsabilidad civil a los Profesionales, en nuestros días debido sin duda a la mayor intensidad y complicación de las relaciones proliferan, como en otros ámbitos profesionales, las reclamaciones por los daños sufridos.
Tanto nuestro cliente como el tercero, empleado y la propia Administración ostentan legitimación activa suficiente, siempre que sean «perjudicados», para reclamar la correspondiente indemnización por el daño sufrido, solo porque piensen que es culpa nuestra, por nuestra actuación como Profesionales o como Titulares del Despacho. La responsabilidad civil a que se alude es de naturaleza contractual o extracontractual, distinción de interés en cuanto a intensidad de la culpa, plazo de prescripción, relación causal, etc.
Las posibles causas de reclamación tienen como fundamento:
- Daños Económicos como consecuencia de fallos cometidos en nuestra actuación.
- Daños Personales.
- Daños Materiales.
- Sanciones o perdidas de derechos, por fallos o errores en la tramitación.
- Daños Patrimoniales Puros.
Cualquier tercero que se sienta perjudicado por una actuación profesional realizada puede reclamar.
La mayor exigencia de los clientes o de la Administración, el incremento cada vez mayor del número de reclamaciones y el aumento de las cuantías reclamadas y finalmente indemnizadas. Además de que con carácter general, las reclamaciones se dirigen indiscriminadamente frente a todos los componentes del equipo o servicio, hacen imprescindible el tener este riesgo cubierto, pues nadie estamos exentos de un error directo o de persona de nuestro Despacho.
Debiendo tener presente, que aunque pueda ocurrir que la sentencia sea favorable para el Profesional o Despacho, bien por tratarse de una reclamación infundada, bien por determinarse que en su actuación no ha existido negligencia profesional alguna, aun así los costes legales de defensa pueden ser enormes, por los gastos judiciales a los que hay que hacer frente, mas la perdida de imagen ante nuestros clientes.
Por todo ello como Asociación, nos hemos preocupado por ofrecer a nuestros Asociados un cobertura de Responsabilidad Civil Profesional, amplia, clara y simple en su utilización, lo que ha sido posible gracias a contar con la colaboración de ANG Correduría Experta en Responsabilidad Civil Profesional, que nos permite poner a vuestra disposición una Póliza Colectiva (de emisión individual) que sin duda es la más completa de mercado por Garantías, a la vez de un sistema de tramitación de las reclamaciones, claro y que no obliga a la demanda judicial por nuestro cliente, cuando claramente se trate de un error cometido por el Despacho, combinado con un coste sin comparación, siendo la cobertura soportada por una de las principales compañías aseguradoras.
Donde tenemos, por ejemplo, coberturas como:
- Retroactividad (que nos cubre reclamaciones no conocidas, anteriores a la fecha de contratación de la Póliza)
- Infidelidad de Empleados.
- Inhabilitación Profesional etc.