Como adelantamos en nuestra noticia del 12/05/2021: "Aprobada la «Ley Rider»: tres meses para convertir a repartidores de plataformas digitales en asalariados", la nueva regulación (Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo) ha supuesto mayor precisión del derecho de información de la representación de personas trabajadoras en el entorno laboral digitalizado.
En concreto, y como novedad más significativa, se ha modificado el artículo 64 ET, relativo a los derechos de información y consulta de la representación legal de las personas trabajadoras añadiendo un nuevo párrafo d) a su apartado 4, en el que se reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.
Derechos de información y consulta de Comités de empresa y Delegados de personal.