lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


El TS se pronuncia sobre la atribución de los rendimientos de un negocio hostelero explotado en local privativo tras disolverse la sociedad ganancial
El Tribunal Supremo reconoce la deuda de la sociedad ganancial frente al esposo por el alquiler del local privativo en el que se explota el negocio familiar hostelero.
Dirección y control de la actividad laboral: poder de dirección del empresario
El poder de dirección podría definirse como la potestad del empresario de alterar, de forma unilateral, los límites de la prestación laboral, siempre que no supongan modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. El poder disciplinario y sancionador, por su parte, le permite sancionar a aquellos trabajadores que no cumplan con sus deberes laborales.
El TS avala la decisión de una empresa que exige el uso de corbata cuando el centro de trabajo tiene aire acondicionado
El Tribunal Supremo avala la decisión de una empresa que exige el uso de corbata al personal de seguridad destinado en un centro comercial provisto de aire acondicionado



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

Más de 10.700 millones de euros quedan al margen de la economía por las sentencias no ejecutadas

Madrid 3 FEB 2022 CincoDias

A los ya conocidos problemas que acucian a la justicia española, como son la falta de medios y la lentitud de esta, hay que unir el trámite en la ejecución de sentencias de carácter económico, o a lo mejor es una consecuencia de los dos primeras.

No basta con obtener una sentencia favorable, el siguiente paso es conseguir que la ejecución sea una realidad y que las cantidades económicas derivadas de esa sentencia se hagan efectivas.
Sin embargo, la realidad es bien distinta y muchas de estas sentencias no se ejecutan e incluso se demoran más allá de lo que sería deseable. 

Las cifras que arroja la justicia española son demoledoras. Del total de sentencias de ejecución dineraria, que suponen el 60% del total, tan sólo llegan a buen fin el 25,4%.

Si tenemos en cuenta que el montante de dinero que está depositado en los tribunales a la espera de ser liquidado en virtud de las sentencias dictadas, asciende a 14.400 millones de euros y sólo se han resuelto 3.657 millones de euros, queda un remanente de 10.740 millones de euros al margen de la actividad económica, de la masa monetaria y en consecuencia, se trata de un capital no productivo y que para tener una idea de lo que supone, es el equivalente una mensualidad del abono del conjunto de las pensiones españolas.

Este ha sido el resultado del estudio “La ejecución de las sentencias judiciales”, presentado por el Consejo General de Procuradores de España (CGPE) y Sigma Dos. Entre sus conclusiones se puede extraer que España es uno de los países junto con Grecia (que cuenta con una tasa de eficacia del 10%) que obtiene un menor porcentaje de éxito en la ejecución de sentencias.
En concreto, del total de países analizados en el informe, destaca la eficacia de Estonia que consigue ejecutar con éxito el 85% de sus sentencias, seguido de Bélgica con una tasa entre el 60% y el 85% y la vecina Francia el 65%.

Países Bajos, Luxemburgo, Lituania se mueven en tasas comprendidas entre el 45% y el 62%.

Tiempo medio

Otra de las variables que se desprenden de este trabajo es el plazo medio que se tarda en un procedimiento de ejecución. Aquí España tampoco obtiene resultados positivos y así permanece en el vagón de cola junto a Grecia.

Mientras que en nuestro país se tarde de 6 a 12 meses en logras que la ejecución sea efectiva, Hungría es el país europeos de los analizados en el que este plazo queda reducido a un máximo de 8 días. A continuación, se sitúa Estonia con 15 días para el caso de ejecución voluntaria y 2 años para ejecuciones no voluntarias.

En Lituania este plazo puede quedar reducido a 15 días en el mejor de los casos, a varios años. El estudio pone de relieve que estos menores tiempos de ejecución se corresponden con aquellos que cuentan con una mayor implantación de medios telemáticos y digitales. En Bélgica cuentan con un plazo máximo de 2 meses, plazo parecido al que se viene alcanzando en Francia, Luxemburgo o en Escocia.

Mayor presencia del procurador

A la vista de las negativas cifras que pone encima de la mesa este estudio, con datos de 2019, desde el Consejo de Procuradores se pide una mayor participación de este profesional de la justicia en estos procesos. El objetivo no es otro que estos procedimientos de ejecución sean más ágiles y rápidos para ir acortando las diferencias existentes con otros países de nuestro entorno.

En España el proceso de ejecución de sentencias requiere la participación de un juzgado, al que hay que solicitar la ejecución de la sentencia, el importe, los intereses y las costas, siendo el juez quien dicta un auto decretando la ejecución. El Letrado de la Administración de Justicia es quien emite el decreto acordando las medidas, lo que según los Procuradores alarga el proceso en exceso.









lasasesorias.com
Copyright © 2024

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)