Madrid 3
FEB 2022 CincoDias
A los ya conocidos problemas que acucian a la
justicia española, como son la falta de medios y la lentitud de esta, hay que
unir el trámite en la ejecución de sentencias de carácter económico, o a lo
mejor es una consecuencia de los dos primeras.
No basta con obtener una sentencia favorable, el siguiente paso es conseguir que la ejecución
sea una realidad y que las cantidades económicas derivadas de esa sentencia se
hagan efectivas.
Sin embargo, la realidad es bien distinta y muchas de estas sentencias no se
ejecutan e incluso se demoran más allá de lo que sería deseable.
Las cifras que arroja la justicia española son
demoledoras. Del total de
sentencias de ejecución dineraria, que suponen el 60% del total, tan sólo
llegan a buen fin el 25,4%.
Si tenemos en cuenta que el montante de dinero que
está depositado en los tribunales a la espera de ser liquidado en virtud de las
sentencias dictadas, asciende a 14.400 millones de euros y sólo se han resuelto
3.657 millones de euros, queda un remanente de 10.740 millones de euros al
margen de la actividad económica, de la masa monetaria y en consecuencia, se
trata de un capital no productivo y que para tener una idea de lo que supone,
es el equivalente una mensualidad del abono del conjunto de las pensiones
españolas.
Este ha sido el resultado del estudio “La ejecución de las sentencias judiciales”,
presentado por el Consejo General de Procuradores de España (CGPE) y Sigma Dos.
Entre sus conclusiones se puede extraer que España es uno de los países junto
con Grecia (que cuenta con una tasa de eficacia del 10%) que obtiene un menor
porcentaje de éxito en la ejecución de sentencias.
En concreto, del total de países analizados en el informe, destaca la eficacia
de Estonia que consigue ejecutar con éxito el 85% de sus sentencias, seguido de
Bélgica con una tasa entre el 60% y el 85% y la vecina Francia el 65%.
Países Bajos, Luxemburgo, Lituania se mueven en
tasas comprendidas entre el 45% y el 62%.
Tiempo medio
Otra de las variables que se desprenden de este trabajo
es el plazo medio que se tarda en un procedimiento de ejecución. Aquí España
tampoco obtiene resultados positivos y así permanece en el vagón de cola junto
a Grecia.
Mientras que en nuestro país se tarde de 6 a 12
meses en logras que la ejecución sea efectiva, Hungría es el país europeos de
los analizados en el que este plazo queda reducido a un máximo de 8 días. A continuación,
se sitúa Estonia con 15 días para el caso de ejecución voluntaria y 2 años para
ejecuciones no voluntarias.
En Lituania este plazo puede quedar reducido a 15
días en el mejor de los casos, a varios años. El estudio pone de relieve que
estos menores tiempos de ejecución se corresponden con aquellos que cuentan con
una mayor implantación de medios telemáticos y digitales. En Bélgica cuentan
con un plazo máximo de 2 meses, plazo parecido al que se viene alcanzando en
Francia, Luxemburgo o en Escocia.
Mayor presencia del procurador
A la vista de las negativas cifras que pone encima
de la mesa este estudio, con datos de 2019, desde el Consejo de Procuradores se
pide una mayor participación de este profesional de la justicia en estos
procesos. El objetivo no es otro que estos procedimientos de ejecución sean más
ágiles y rápidos para ir acortando las diferencias existentes con otros países
de nuestro entorno.
En España el proceso de ejecución de sentencias
requiere la participación de un juzgado, al que hay que solicitar la ejecución
de la sentencia, el importe, los intereses y las costas, siendo el juez quien
dicta un auto decretando la ejecución. El Letrado de la Administración de
Justicia es quien emite el decreto acordando las medidas, lo que según los
Procuradores alarga el proceso en exceso.