Madrid
13 ABRIL 2022 CincoDias
El Ministerio de Trabajo y Economía Social y el
Instituto de las Mujeres dieron a conocer ayer la herramienta para la
valoración de puestos de trabajo y su guía de uso para dar cumplimiento a la
ley de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. El objetivo de esta
herramienta es facilitar un modelo voluntario del procedimiento para realizar
esta valoración.
En la norma se señala “la obligación que tienen los poderes públicos de
garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajos, no
solo iguales, sino de igual valor” y es precisamente en este último aspecto
donde incide el instrumento presentado ayer.
La valoración que se realice utilizando dicha
herramienta respeta los
requisitos formales del procedimiento y ha sido desarrollada y acordada en el
seno de una mesa de diálogo social, en la que han participado la dirección
general de trabajo, el Instituto de las Mujeres, las organizaciones sindicales
CC OO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.
El procedimiento de valoración de puestos de
trabajo permite realizar una
estimación objetiva de los requerimientos necesarios para llevar a cabo cada
uno de los puestos de trabajo de la empresa atendiendo al contenido de la
prestación laboral que desarrollan. Como resultado, se les asigna una
puntuación numérica que permite comparar el valor de los distintos puestos de
trabajo que permite clasificarlos en agrupaciones de puestos de trabajo de
igual valor.
La valoración de puestos de trabajo es necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones de las
empresas que elaboren planes de igualdad de realizar una auditoría retributiva
como parte del diagnóstico de este y de recoger en su registro retributivo
adicionalmente la media aritmética y la mediana de las percepciones salariales
de los puestos de trabajo de igual valor.
El contraste de la valoración de puestos de
trabajo con la política retributiva de la empresa ha de servir para identificar
las diferencias en las retribuciones de los distintos puestos de trabajo que
puedan resultar discriminatorias, cuando esas retribuciones no se correspondan
con el valor de los puestos.
Se convierte así en una herramienta clave para
combatir la discriminación
directa e indirecta que sufren muchas mujeres y para avanzar hacia la correcta
aplicación del principio de igualdad de retribución por trabajos de igual
valor.
También puede servir de base a las comisiones
negociadoras de los convenios colectivos en la configuración de las tablas
salariales. El artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores señala que un
trabajo tiene igual valor que otro cuando sean equivalentes la naturaleza de
las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas,
las condiciones profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, o los
factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones
laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo.
ASÍ SE VALORAN LOS
TRABAJOS
El procedimiento de valoración de los puestos de
trabajo propuestos y la herramienta destinada para su análisis se han elaborado
desde una perspectiva de género. El procedimiento, según Trabajo es sencillo,
didáctico, transparente y normalizado, de manera que puede ser empleado por la
generalidad de las empresas facilitando el cumplimiento de sus obligaciones
legales. El procedimiento requiere determinar todos los puestos de trabajo
presentes en la plantilla de la empresa y evaluar para cada uno de ellos la
totalidad la totalidad de los factores que se han incluido en la herramienta
conforme a una escala.